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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE MARZO DEL AÑO 2015 (11/03/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 31

El Peruano Miércoles 11 de marzo de 2015 548365 de Normalización: a) Tecnología pecuaria y b) Cacao y chocolate, de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Comités Técnicos de Normalización antes señalado; Que, de conformidad con lo solicitado por los Comités citados, se evaluó la necesidad de dejar sin efecto 07 Normas Técnicas Peruanas; Estando a lo recomendado por la Secretaría Técnica, de conformidad con el Decreto Legislativo 1030, el Decreto Legislativo 1033, el Decreto Supremo 081-2008-PCM y la Resolución 048-2008/CNB-INDECOPI, la Comisión con el acuerdo unánime de sus miembros. RESUELVE DEJAR SIN EFECTO las siguientes Normas Técnicas Peruanas: NTP 209.110:1981 ALIMENTOS BALANCEADOS PARA ANIMALES. Alimentos para gallinas. Requisitos NTP 209.112:1975 ALIMENTOS BALANCEADOS PARA ANIMALES. Alimentos para porcinos. Requisitos NTP 209.113:1975 ALIMENTOS BALANCEADOS PARA ANIMALES. Alimentos para pavos. Requisitos NTP 209.114:1975 ALIMENTOS BALANCEADOS PARA ANIMALES. Alimentos para patos. Requisitos NTP 209.118:1975 ALIMENTOS BALANCEADOS PARA ANIMALES. Alimentos para vacunos de leche. Requisitos NTP 209.202:1985 ALIMENTOS BALANCEADOS PARA ANIMALES. Alimento para vacunos de carne. Requisitos NTP 208.014:1999 CACAO Y CHOCOLATE. Dulce de manteca de cacao. Requisitos Con la intervención de los señores miembros: Jaime Miranda Sousa Díaz, Ítalo Laca Ramos y Eldda Bravo Abanto. JAIME MIRANDA SOUSA DÍAZ Vicepresidente de la Comisión de Normalización y de Fiscalización de Barreras Comerciales No Arancelarias 1208937-3 ORGANISMO TÉCNICO DE LA ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SANEAMIENTO Modifican la denominación de la Directiva N° 001-2014-OTASS/CD, por la de “Directiva para la selección, designación, remoción y vacancia de los miembros del directorio de las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento - EPS Municipales” y varias de sus disposiciones RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 002-2015-OTASS/CD Lima, 23 de febrero de 2015 VISTOS: El Informe Técnico No. 006-2015-OTASS-DPGC de la Dirección de Políticas y Gobierno Corporativo del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento – OTASS y el Informe N° 008-2015- OTASS/OAJ de la Ofi cina de Asesoría Jurídica del OTASS, y; CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 3 de la Ley No. 30045, Ley de Modernización de los Servicios de Saneamiento, se crea el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento – OTASS, como Organismo Público Especializado adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, encargado de cautelar la correcta ejecución de la política del Estado en materia de administración para la prestación de los servicios de saneamiento de las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento – EPS Municipal; Que, el literal a) del numeral 2 del artículo 4 de la citada Ley, dispone que es función del OTASS emitir normas relacionadas con la composición de los Directorios, requisitos y causales de vacancia para la Alta Dirección de las EPS, entre otros; Que, asimismo, el numeral 1 del artículo 12 establece que los Directores y Gerentes de las EPS son designados conforme a los requisitos, procedimientos, plazos y demás reglas que para el efecto apruebe el OTASS, en ejercicio de las competencias asignadas por dicha Ley; Que, en el marco de las normas referidas, el 1 de diciembre de 2014, se publicó la Resolución de Consejo Directivo No. 001-2014-OTASS/CD, que aprobó la Directiva N° 001-2014-OTASS/CD “Directiva para la selección y designación de los miembros del Directorio de las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento – EPS Municipales”; Que, con documento de Vistos, la Dirección de Políticas y Gobierno Corporativo propone la modifi cación de la denominación de la Directiva No. 001-2014-OTASS/ CD y de los artículos 1, 2, 4, 6, 7, 8 y del 10 al 12, así como la incorporación de los artículos 13, 14, 15, 16 y 17 y de una (1) Disposición Complementaria Final, de la Directiva No. 001-2014-OTASS/CD, en el marco de lo dispuesto en el literal a) del numeral 2 del artículo 4 de la Ley No. 30045 – Ley de Modernización de los Servicios de Saneamiento, es función del OTASS emitir normas relacionadas con la composición de los Directorios, requisitos y causales de vacancia para la Alta Dirección de las EPS, rendición de cuentas y desempeño y buen gobierno corporativo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley No. 30045, Ley de Modernización de los Servicios de Saneamiento, en el Reglamento de la Ley No. 30045, aprobado por Decreto Supremo No. 015-2013-VIVIENDA, y estando a lo acordado en el Sesión No. 002-2015-CD/OTASS del Consejo Directivo del OTASS, realizada el 23 de febrero de 2015; En uso de las facultades conferidas en el literal b) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones – ROF del OTASS, aprobado mediante Decreto Supremo No. 017-2014-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modifi car la denominación de la Directiva No. 001-2014-OTASS/CD, por la de “Directiva para la selección, designación, remoción y vacancia de los miembros del directorio de las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento – EPS Municipales”. Artículo 2.- Modifi car los artículos 1, 2, 4, 6, 7, 8 y del 10 al 12 de la Directiva No. 001-2014-OTASS/CD “Directiva para la selección, designación, remoción y vacancia de los miembros del directorio de las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento – EPS Municipales”, conforme el siguiente texto: “Artículo 1.- Objetivo La presente Directiva tiene como objetivo establecer el procedimiento de selección, designación, remoción y vacancia de los miembros del Directorio de las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento – EPS Municipales. Artículo 2.- Alcance La presente Directiva es de cumplimiento obligatorio de todas las EPS Municipales constituidas como Sociedades Anónimas, incluyendo las Sociedades Anónimas Cerradas, que cuenten con Directorio.