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El Peruano Martes 17 de marzo de 2015 548779 en el Gasto Público que deben tener todas las entidades del Estado, siendo que en el artículo 10° se señala las medidas en materia de bienes y servicios, indicando en el numeral 10.1 que se encuentra prohibido los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, excepto los casos establecidos entre otros, señalados en su literal c), concerniente a los Titulares de los organismos constitucionalmente autónomos, los altos funcionarios y autoridades del Estado a que se refi ere la Ley N° 28212; asimismo indica que en los casos de los presidentes regionales, consejeros regionales, alcaldes y regidores, las autorizaciones se aprueban mediante Acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal, según corresponda; siendo obligatorio que en todos los casos, la resolución o acuerdo se publique en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, mediante Ley N° 27619, y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, modifi cados por Decreto Supremo N° 005-2006-PCM y Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, se regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos o representantes del Estado que irroguen gastos al Tesoro Público, y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley de Presupuesto del Sector Público; Que, el artículo 5° del Decreto Supremo N° 047-2002- PCM, modifi cado por el Decreto Supremo N° 056-2013- PCM, prescribe que los gastos por concepto de viáticos que ocasionen los viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos, serán calculados conforme a la Escala de Viáticos por Zonas Geográfi cas, los cuales deberán ser autorizados mediante Resolución del Titular de la Entidad, debidamente publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, mediante Acuerdo de Concejo N° 027-2015 de fecha 11 de marzo del 2015, se autorizó el viaje hacia las Ciudades de Bogotá, Medellín e Itagüí en la República de Colombia, al señor Alcalde Juan Carlos Martín Zurek Pardo Figueroa, para que asista en representación ofi cial de la Municipalidad de La Molina, al evento denominado “Visita Técnica Especializada Municipal sobre Desarrollo Local Sostenible, Planeación y Proyectos Innovadores Municipales en Educación”, organizado por la Organización para el Desarrollo de América Latina y el Caribe - ONWARD Internacional, durante los días 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24 y 25 de Marzo del 2015; toda vez que dicho evento constituye un espacio internacional de alta capacitación municipal, el cual se desarrollará a través de las siguientes actividades: realización de Visitas Técnicas a los principales modelos de Desarrollo Urbano y ordenamiento territorial de Bogotá; Proyectos Integrados de Transporte Urbano Público Colectivo y Ordenamiento Vial; Programa de Transporte Urbano de Bogotá - Transmilenio; Gestión, Diseño, Financiamiento e Implementación de Ciclovías Urbanas; Construcción de Políticas Medioambientales y de conservación; Innovación de ciudades - experiencia de Medellín como Ciudad Innovadora; análisis de los principales elementos para la innovación en la resolución de problemas urbanos y territoriales; Red de Bibliotecas de Medellín, aprovechando las nuevas tecnologías para fomentar la educación y la cultura; Diseño, fi nanciamiento, gestión e implementación de sistemas integrados, movilidad urbana y transporte colectivo; y las Agencias de Desarrollo Local y su importancia en la promoción y desarrollo de los territorios; en tal sentido, dichas actividades constituyen temas de gran importancia y coadyuvarán a continuar con el desarrollo del Distrito de La Molina, refl ejado en una mejor prestación de los servicios públicos; Que, la Subgerencia de Logística y Servicios Generales con Informe N° 241-2015-MDLM-GAF/SGLSG, y la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional mediante Informe N° 032-2015-MDLM- GPPDI, remitieron el detalle del gasto y la disponibilidad presupuestal, respectivamente, que requiere el viaje y participación del Alcalde de La Molina en el evento Internacional precitado; asimismo, la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe N° 080-2015-MDLM- GAJ, emitió opinión favorable sobre el mencionado viaje ofi cial; siendo ratifi cada dicha opinión legal por la Gerencia Municipal con Memorando N° 0242-2015-MDLM-GM; Estando a lo expuesto, de conformidad con lo previsto en el numeral 6) y 15) del artículo 20° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972; RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR, el egreso de S/.16,281.76 (Dieciséis Mil Doscientos Ochenta y Uno y 76/100 Nuevos Soles), para cubrir los gastos que irroguen el viaje que en representación ofi cial de la Municipalidad de La Molina, realizará el señor Alcalde Juan Carlos Martín Zurek Pardo Figueroa, a las Ciudades de Bogotá, Medellín e Itagüí en la República de Colombia, a fi n de participar en el evento denominado “Visita Técnica Especializada Municipal sobre Desarrollo Local Sostenible, Planeación y Proyectos Innovadores Municipales en Educación” organizado por la Organización para el Desarrollo de América Latina y el Caribe - ONWARD Internacional, durante los días 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24 y 25 de Marzo del 2015, de acuerdo al siguiente detalle: • Pasaje Aéreo (tarifa económica) S/. 1,835.76 Lima - Bogotá - Lima • Costo Capacitación S/. 5,270.00 • Viáticos (08 días) S/. 9,176.00 ------------------- TOTAL S/. 16,281.76 Nuevos Soles. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Administración y Finanzas y a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución; así como a la Secretaría General la publicación de la misma en el Diario Ofi cial El Peruano, y a la Gerencia de Tecnologías de Información, su publicación en la página Web de la Municipalidad: www.munimolina.gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JUAN CARLOS ZUREK P.F. Alcalde 1212131-2 MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA Fijan Tasa de Interés Moratorio aplicable a las deudas tributarias correspondientes a los tributos administrados y/o recaudados por la Municipalidad ORDENANZA Nº 254-MDPP Puente Piedra, 9 de marzo del 2015 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUENTE PIEDRA VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha; 09 de Marzo del 2015; el Proyecto de Ordenanza que establece la tasa de interés moratorio para las obligaciones tributarias para el ejercicio 2015, estando con los informes técnicos de las áreas competentes mediante el Informe Nº 125 -2015-GAT/MDPP de la Gerencia de Administración Tributaria, el Informe Legal Nº 067-2015-GAJ/ MDPP de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú en concordancia con