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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE MARZO DEL AÑO 2015 (17/03/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 49

TEXTO PAGINA: 41

El Peruano Martes 17 de marzo de 2015 548783 favorable de la Subgerencia de Iniciativas Públicas, Privadas y Cooperación. Las modifi caciones que sean introducidas, según lo dispuesto en el presente literal, deberán respetar cuando menos la naturaleza del Contrato, las condiciones económicas y técnicas contractualmente convenidas y el equilibrio fi nanciero de las prestaciones a cargo de las partes”. (…) “DISPOSICIONES FINALES (…) SEGUNDA.- Designación de la OPIP. Desígnese a la Subgerencia de Iniciativas Públicas, Privadas y Cooperación como instancia Técnica del organismo Promotor de la Inversión Privada de la Municipalidad de Santiago de Surco, en adelante OPIP- SURCO, para la conducción del proceso de promoción de la inversión privada. La OPIP-SURCO deberá informar permanentemente, todas las etapas y/o hitos al Concejo Municipal respecto de los procesos de Inversión privada a que se refi ere la presente ordenanza”. (…) Artículo Segundo.- PUBLICAR presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano, y encargar a la Gerencia de Tecnologías de la Información, la publicación en el portal del Estado Peruano www.peru.gob.pe, en el Portal Institucional (www.munisurco.gob.pe) y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas www. serviciosalcuidadano.gob.pe, dentro del día siguiente de su aprobación, conforme prescribe el Artículo 15° de la Directiva N° 001-2010-PCM/SGP aprobada mediante Resolución Ministerial N° 200-2010-PCM. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Administración Municipal, la difusión y cumplimiento de la presente ordenanza. Artículo Cuarto.- LA PRESENTE Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. POR TANTO: Regístrese, publíquese, comuniques y cúmplase. ROBERTO GOMEZ BACA Alcalde 1212060-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MARISCAL NIETO Modifican Reglamento Interno del Concejo Municipal de la Provincia Mariscal Nieto - Moquegua ORDENANZA MUNICIPAL Nº 002-2015-MPMN Moquegua, 16 de febrero de 2015 EL ALCALDE PROVINCIAL DE “MARISCAL NIETO” VISTO: En “Sesión Extraordinaria” del 11-02-2015, el Dictamen Nº 001-2015-COPPYR/MPMN de Registro Nº 006315-2015, sobre Modifi cación del “Reglamento Interno del Concejo Municipal de la Provincia Mariscal Nieto - Moquegua”. CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son los Órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, tal como lo señala el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con los Artículos I y II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972; Que, el “Reglamento Interno del Concejo Municipal de la Provincia Mariscal Nieto - Moquegua”, ha sido aprobado por Ordenanza Municipal Nº 004-2012-MPMN del 18-06- 2012 y modifi cado por Ordenanza Municipal Nº 011-2013- MPMN de fecha 18-09-2013; Que, se ha podido apreciar del precitado Reglamento algunos errores materiales al momento de especifi car las Comisiones Ordinarias del Concejo Municipal, los que no concuerdan con la distribución Orgánica del Organigrama Estructural de la Institución aprobado con Ordenanza Municipal Nº 017-2007-MUNIMOQ de fecha 28-09- 2007, las mismas que para una correcta adecuación e implementación de funciones necesitan ser modifi cadas; Que, el Inciso c) del Artículo 6º de la Ley Nº 27658, establece que en el diseño de la estructura orgánica pública prevalece el principio de especialidad, debiéndose integrar las funciones y competencias afi nes, en ese sentido el Concejo Municipal ha adoptado la decisión de modifi car la Constitución de las Comisiones Ordinarias; Que, el Inciso a) del Artículo 5º de la Ley Nº 27783, regula el principio de competencias claramente defi nidas, precisando que se debe tener una distribución clara y precisa de funciones entre los niveles de Gobierno Local, con el fi n de determinar la responsabilidad administrativa y funcional; Que, el Inciso 8) del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece que son atribuciones del Concejo Municipal, aprobar, modifi car o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los Acuerdos; POR CUANTO: El Concejo Provincial de Mariscal Nieto, en uso de las facultades concedidas por el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú promulgada el 29-12-1993 y modifi cada por Ley Nº 27680 del 06-03-2002, al amparo de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 de fecha 26-05-2003 y Ley Nº 8230 del 03-04-1936, ha aprobado en “Sesión Extraordinaria” del 11-02-2015, la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO MUNICIPAL DE LA PROVINCIA MARISCAL NIETO - MOQUEGUA Artículo Primero.- MODIFICACIÓN. Modifíquese el Título X, Capítulos del II al XI, en los Artículos 103º, 105º, 106º, 107º, 108º, 109º, 110º, 111º, 112º y 113º del “Reglamento Interno del Concejo Municipal de la Provincia Mariscal Nieto - Moquegua” aprobado por la Ordenanza Municipal Nº 004-2012-MPMN y modifi cado por la Ordenanza Municipal Nº 011-2013-MPMN, en el extremo referido a la denominación y conformación de las Comisiones Ordinarias y sus respectivas funciones; quedando redactados de la siguiente manera: CAPÍTULO II DE LAS COMISIONES ORDINARIAS “Artículo 103º.- Las Comisiones Ordinarias del Concejo son las siguientes: a) Comisión de Desarrollo Económico, Social y Turístico. b) Comisión de Desarrollo Urbano Ambiental y Acondicionamiento Territorial. c) Comisión de Infraestructura Pública, Supervisión y Liquidación de Obras. d) Comisión de Servicios a la Ciudad, Seguridad Ciudadana y Defensa Civil. e) Comisión de Administración Tributaria. f) Comisión de Administración y Control Institucional. g) Comisión de Planeamiento y Presupuesto. h) Comisión de Asuntos Legales y Judiciales. i) Comisión de Unidades Operativas y EPS Moquegua.