Norma Legal Oficial del día 17 de marzo del año 2015 (17/03/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano Martes 17 de marzo de 2015

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en los asuntos de su competencia, tal como lo senala el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, concordante con los Articulos I y II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972; Que, el "Reglamento Interno del Concejo Municipal de la Provincia Mariscal MORDAZA - Moquegua", ha sido aprobado por Ordenanza Municipal Nº 004-2012-MPMN del 18-062012 y modificado por Ordenanza Municipal Nº 011-2013MPMN de fecha 18-09-2013; Que, se ha podido apreciar del precitado Reglamento algunos errores materiales al momento de especificar las Comisiones Ordinarias del Concejo Municipal, los que no concuerdan con la distribucion Organica del Organigrama Estructural de la Institucion aprobado con Ordenanza Municipal Nº 017-2007-MUNIMOQ de fecha 28-092007, las mismas que para una correcta adecuacion e implementacion de funciones necesitan ser modificadas; Que, el Inciso c) del Articulo 6º de la Ley Nº 27658, establece que en el diseno de la estructura organica publica prevalece el MORDAZA de especialidad, debiendose integrar las funciones y competencias afines, en ese sentido el Concejo Municipal ha adoptado la decision de modificar la Constitucion de las Comisiones Ordinarias; Que, el Inciso a) del Articulo 5º de la Ley Nº 27783, regula el MORDAZA de competencias claramente definidas, precisando que se debe tener una distribucion MORDAZA y precisa de funciones entre los niveles de Gobierno Local, con el fin de determinar la responsabilidad administrativa y funcional; Que, el Inciso 8) del Articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, establece que son atribuciones del Concejo Municipal, aprobar, modificar o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los Acuerdos; POR CUANTO: El Concejo Provincial de Mariscal MORDAZA, en uso de las facultades concedidas por el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru promulgada el 29-12-1993 y modificada por Ley Nº 27680 del 06-03-2002, al MORDAZA de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 de fecha 26-05-2003 y Ley Nº 8230 del 03-04-1936, ha aprobado en "Sesion Extraordinaria" del 11-02-2015, la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO MUNICIPAL DE LA PROVINCIA MARISCAL MORDAZA - MORDAZA Articulo Primero.- MODIFICACION. Modifiquese el Titulo X, Capitulos del II al XI, en los Articulos 103º, 105º, 106º, 107º, 108º, 109º, 110º, 111º, 112º y 113º del "Reglamento Interno del Concejo Municipal de la Provincia Mariscal MORDAZA - Moquegua" aprobado por la Ordenanza Municipal Nº 004-2012-MPMN y modificado por la Ordenanza Municipal Nº 011-2013-MPMN, en el extremo referido a la denominacion y conformacion de las Comisiones Ordinarias y sus respectivas funciones; quedando redactados de la siguiente manera: CAPITULO II DE LAS COMISIONES ORDINARIAS "Articulo 103º.- Las Comisiones Ordinarias del Concejo son las siguientes: a) Comision de Desarrollo Economico, Social y Turistico. b) Comision de Desarrollo MORDAZA Ambiental y Acondicionamiento Territorial. c) Comision de Infraestructura Publica, Supervision y Liquidacion de Obras. d) Comision de Servicios a la MORDAZA, Seguridad Ciudadana y Defensa Civil. e) Comision de Administracion Tributaria. f) Comision de Administracion y Control Institucional. g) Comision de Planeamiento y Presupuesto. h) Comision de Asuntos Legales y Judiciales. i) Comision de Unidades Operativas y EPS Moquegua.

favorable de la Subgerencia de Iniciativas Publicas, Privadas y Cooperacion. Las modificaciones que MORDAZA introducidas, segun lo dispuesto en el presente literal, deberan respetar cuando menos la naturaleza del Contrato, las condiciones economicas y tecnicas contractualmente convenidas y el equilibrio financiero de las prestaciones a cargo de las partes". (...) "DISPOSICIONES FINALES (...) SEGUNDA.- Designacion de la OPIP. Designese a la Subgerencia de Iniciativas Publicas, Privadas y Cooperacion como instancia Tecnica del organismo Promotor de la Inversion Privada de la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA, en adelante OPIPSURCO, para la conduccion del MORDAZA de promocion de la inversion privada. La OPIP-SURCO debera informar permanentemente, todas las etapas y/o hitos al Concejo Municipal respecto de los procesos de Inversion privada a que se refiere la presente ordenanza". (...) Articulo Segundo.- PUBLICAR presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, y encargar a la Gerencia de Tecnologias de la Informacion, la publicacion en el MORDAZA del Estado Peruano www.peru.gob.pe, en el MORDAZA Institucional (www.munisurco.gob.pe) y en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas www. serviciosalcuidadano.gob.pe, dentro del dia siguiente de su aprobacion, conforme prescribe el Articulo 15° de la Directiva N° 001-2010-PCM/SGP aprobada mediante Resolucion Ministerial N° 200-2010-PCM. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Administracion Municipal, la difusion y cumplimiento de la presente ordenanza. Articulo Cuarto.- LA PRESENTE Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Registrese, publiquese, comuniques y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1212060-1

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MARISCAL MORDAZA
Modifican Reglamento Interno del Concejo Municipal de la Provincia Mariscal MORDAZA - MORDAZA
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 002-2015-MPMN MORDAZA, 16 de febrero de 2015 EL MORDAZA PROVINCIAL DE "MARISCAL NIETO" VISTO: En "Sesion Extraordinaria" del 11-02-2015, el Dictamen Nº 001-2015-COPPYR/MPMN de Registro Nº 006315-2015, sobre Modificacion del "Reglamento Interno del Concejo Municipal de la Provincia Mariscal MORDAZA - Moquegua". CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son los Organos de Gobierno Local con autonomia politica, economica y administrativa

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