Norma Legal Oficial del día 17 de marzo del año 2015 (17/03/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano Martes 17 de marzo de 2015

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enfrentar la inseguridad, la violencia y el delito en el MORDAZA, siendo de aplicacion obligatoria en los tres niveles de gobierno y de todas las entidades que integran el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC); Que, el Articulo 13º de la Ley Nº 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, senala que los Comites Regionales, Provinciales y Distritales son los encargados de formular los planes, programas, proyectos y directivas de la seguridad ciudadana, asi como ejecutar los mismos en sus jurisdicciones, en el MORDAZA de la politica nacional disenada por el CONASEC. Igualmente supervisan y evaluan su ejecucion; Que, el Articulo 17º de la Ley Nº 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana establece que los Comites Regionales, Provinciales y Distritales de Seguridad Ciudadana tiene entre sus funciones ejecutar los planes, programas y proyectos de Seguridad Ciudadana dispuestos por el Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana; Que, la Resolucion Ministerial Nº 10-2015-IN, aprueba la directiva Nº 001-2015-IN de fecha 15 de enero de 2015, la misma que regula los "Lineamientos para la formulacion, aprobacion, ejecucion y evaluacion de los planes de seguridad Ciudadana, Supervision y evaluacion de los comites de Seguridad Ciudadana"; Que, segun lo dispuesto en el Articulo 30º del Decreto Supremo Nº 011-2014-In, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 27933, Ley del Sistema de Seguridad Ciudadana, la Gerencia de Seguridad Ciudadana de la Municipalidades con competencia distrital, asume las funciones de Secretaria Tecnica de los CODISEC, cuyo cargo es indelegable bajo responsabilidad siendo uno de sus funciones presentar al concejo municipal Distrital el Plan de Seguridad Ciudadana aprobada por el CODISEC para su ratificacion; Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 093-2015MDPP-ALC de fecha 03 de Febrero del 2015 se conforma el Comite Distrital de Seguridad Ciudadana 2015 de la Municipalidad Distrital de MORDAZA Piedra; Que, mediante acta de fecha 23 de Enero del 2015 el Comite de Seguridad Ciudadana del Distrito de MORDAZA Piedra- CODISEC aprobo por unanimidad el Plan de Seguridad Ciudadana 2015; Que, el plan de Seguridad Ciudadana deber ser ratificado por el concejo municipal para efectos de su obligatorio cumplimiento como politica distrital de acuerdo a lo establecido en el articulo 47º del Reglamento de la Ley Nº 27933, Ley del Sistema de Seguridad Ciudadana aprobado mediante Decreto Supremo Nº 011-2014-In; Que, mediante Informe Nº 73-2015-GAJ/MDPP la Gerencia de Asesoria Juridica es de la opinion favorable para la ratificacion del Plan Estrategico Distrital de Seguridad Ciudadana 2015 aprobado por el Comite Distrital de Seguridad Ciudadana de MORDAZA MORDAZA, por lo que se recomienda proseguir con el tramite correspondiente para su ratificacion por el concejo municipal conforme a lo prescrito en los articulos 30º y 47º del Reglamento de la Ley Nº 27933; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades contenidas en el numeral 8 del Articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el MORDAZA UNANIME de los (as) Senores (as) Regidores (as), con la dispensa de la lectura y aprobacion del acta se ha dado la siguiente; ORDENANZA: Articulo Primero.- Ratificar el Plan de Seguridad Ciudadana del Ano 2015 del Distrito de MORDAZA MORDAZA aprobado por el Comite Distrital de Seguridad Ciudadana ­CODISEC, cuyo anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- Encargar el cumplimiento del presente acuerdo a la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Fiscalizacion. Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Secretaria General la publicacion del Texto de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Informatica y Gobierno Electronico la publicacion del texto

y Gobierno Electronico, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza, y a la Secretaria General su publicacion. Articulo Tercero.- La presente ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1212041-1

Ratifican el Plan de Seguridad Ciudadana del Ano 2015 del Distrito, aprobado por el Comite Distrital de Seguridad Ciudadana - CODISEC
ORDENANZA Nº 256-MDPP MORDAZA MORDAZA, 9 de marzo del 2015 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha, 09 de Marzo del 2015, El Informe Nº 003-2015-GSCFMDPP que contiene el Informe Nº 002-2015-GSCFMDPP de la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Fiscalizacion, solicita la ratificacion de la aprobacion del Plan de Seguridad Ciudadana del Distrito de MORDAZA MORDAZA ­ 2015, el Informe Nº 294-2015-SGPPGAFP/MDPP de la Subgerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 073-2015- GAJ/ MDPP de la Gerencia de Asesoria Juridica, y CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, en concordancia con el Articulo II del Titulo Preliminar de La Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Esta autonomia de las municipalidades radica en la facultad de ejercer gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, el literal e) del Articulo 43º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, establece que la Seguridad Ciudadana es competencia compartida de las municipalidades. Asimismo el Articulo 85 de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, senalan que los Gobiernos Locales tienen competencia en materia de Seguridad Ciudadana, respectivamente; Que, mediante Ley Nº 27933, se crea el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana ­ SINASEC y el Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana ­ CONASEC, reglamentada por Decreto Supremo Nº 011-2014-IN, MORDAZA en sus articulos pertinentes la organizacion y funcionamiento de los Comites de Seguridad Ciudadana en las corporaciones municipalidades del MORDAZA, cuyas competencias sobre seguridad ciudadana estan establecidas en el articulo 85º numeral 3.1 de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades; Que, el Articulo 2º de la Ley Nº 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, senala que la esta es la accion integrada que desarrolla el Estado, con la colaboracion de la ciudadania, destinada a asegurar su convivencia pacifica, la erradicacion de la violencia y la utilizacion pacifica de las vias y espacio publicos. Del mismo modo, contribuir a la prevencion de la comision de delitos y faltas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2013-IN se aprobo el Plan Nacional de Seguridad Ciudadana 20132018 como Politica Nacional del Estado Peruano, principal instrumento orientador en esta materia, que establece la vision, las metas, los objetivos y las actividades para

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