Norma Legal Oficial del día 24 de marzo del año 2015 (24/03/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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APHIS, United States Department of Agriculture -USDA y otros, el Assistant Deputy Administrator Phytosanitary Issues Management Office of the Deputy Administrator Plant Protection and Quarantine, propone el dia 26 o 27 de marzo de 2015, como fecha tentativa para sostener una reunion tecnica bilateral con el Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA de la Republica del Peru, a llevarse a cabo en sus instalaciones ubicadas en la MORDAZA de Riverdale, Maryland, Estados Unidos de America; Que, con el correo electronico de fecha 26 de febrero de 2015, el Trade Director for South MORDAZA USDA APHIS, confirma que la reunion tecnica bilateral con el Servicio Nacional de Sanidad Agraria se llevara a cabo el dia 26 de marzo de 2015, en la MORDAZA de Riverdale, Maryland, Estados Unidos de America; Que, la participacion en dicha reunion bilateral tiene por objetivo, entre otros, facilitar y mejorar las condiciones de intercambio comercial de plantas y productos vegetales entre la Republica del Peru y los Estados Unidos de America; Que, con Oficio Nº 0107-2015-MINAGRI-SENASA de fecha 13 de marzo de 2015, el Jefe del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA comunica que, para participar como representantes del SENASA en la reunion bilateral con el Animal and Plant Health Inspection Service - APHIS de los Estados Unidos de MORDAZA, se ha designado a la ingeniera MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, especialista de la Subdireccion de Analisis de Riesgo y Vigilancia Fitosanitaria; asi como, a los ingenieros MORDAZA MORDAZA Mostajo Ocola, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Enne MORDAZA MORDAZA Esquerre, Director, Especialista en Exportaciones y Especialista en Importaciones de la Subdireccion de Cuarentena Vegetal, respectivamente, todos de la Direccion de Sanidad Vegetal del Servicio Nacional de Sanidad Agraria; Que, siendo de interes sectorial la participacion en la mencionada reunion bilateral de representantes del Servicio Nacional de Sanidad Agraria, por cuanto permitira, entre otros, fortalecer las relaciones entre autoridades fitosanitarias de la Republica del Peru con los Estados Unidos de America; asi como, fortalecer la imagen de transparencia y confianza del sistema de dicho Servicio Nacional y de los procesos de certificacion fitosanitaria, que a su vez redundara en la agilizacion de los plazos de acceso de los productos vegetales peruanos al MORDAZA norteamericano, resulta procedente autorizar el viaje de los citados profesionales; Que, los gastos por concepto de viaticos seran asumidos con cargo al Pliego Presupuestal 160: Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, segun lo indicado en el Memorandum Nº 0095-2015-MINAGRI-SENASAOPDI de fecha 12 de marzo de 2015, emitido por el Director General de la Oficina de Planificacion y Desarrollo Institucional del Servicio Nacional de Sanidad Agraria, en el que adjunta la Certificacion de Credito Presupuestario contenida en la Nota Nº 0000000067; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, modificada por la Ley Nº 28807, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley Nº 30048; su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0082014-MINAGRI; y, la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015; SE RESUELVE: Articulo 1.- Autorizar el viaje de la ingeniera MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, especialista de la Subdireccion de Analisis de Riesgo y Vigilancia Fitosanitaria, asi como de los ingenieros MORDAZA MORDAZA Mostajo Ocola, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Enne MORDAZA MORDAZA Esquerre, Director, Especialista en Exportaciones y Especialista en Importaciones, respectivamente, de la Subdireccion de Cuarentena Vegetal, todos de la Direccion de Sanidad Vegetal del Servicio Nacional de Sanidad Agraria SENASA, a la MORDAZA de Riverdale, Maryland, Estados Unidos de MORDAZA, del 25 al 27 de marzo de 2015, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion.

El Peruano Martes 24 de marzo de 2015

Articulo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion Suprema, seran con cargo a los recursos presupuestales asignados al Pliego 160: Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, de acuerdo al siguiente detalle: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pasajes Viaticos Total US$ US$ US$ 2,214.60 880.00 3,094.60

MORDAZA MORDAZA MOSTAJO OCOLA Pasajes Viaticos Total US$ US$ US$ 2,214.60 880.00 3,094.60

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pasajes Viaticos Total US$ US$ US$ 2,214.60 880.00 3,094.60

ENNE MORDAZA MORDAZA ESQUERRE Pasajes Viaticos Total US$ US$ US$ 2,214.60 880.00 3,094.60

Articulo 3.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje autorizado, los citados comisionados deberan presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendicion de cuentas por los viaticos entregados. Articulo 4.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominacion. Articulo 5.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Agricultura y Riego. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura y Riego 1215683-7

CULTURA
Designan Director de Sistema Administrativo III - Directora de la Oficina de Abastecimiento del Ministerio de Cultura
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 094-2015-MC MORDAZA, 23 de marzo de 2015 VISTO, el Informe N° 00116-2015-OGRH-SG/MC de fecha 20 de marzo de 2015, de la Oficina General de Recursos Humanos; CONSIDERANDO: Que, por Ley N° 29565 se creo el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo, con personeria juridica de derecho publico; Que, a traves del Decreto Supremo N° 005-2013-MC, se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Cultura, que establece que la Oficina de Abastecimiento es la unidad organica dependiente

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