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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE MARZO DEL AÑO 2015 (24/03/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 20

El Peruano Martes 24 de marzo de 2015 549266 Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público, y la Municipalidad Provincial de Chincheros, mediante el cual se establecen los términos y condiciones para el traspaso de los recursos provenientes de la operación de endeudamiento interno aprobada por el Decreto Supremo N° 331-2014-EF y del servicio de la deuda derivada de la misma. El mecanismo de pago a cargo la Municipalidad Provincial de Chincheros a favor del Ministerio de Economía y Finanzas, en el marco de la citada operación de endeudamiento interno, será mediante asignaciones fi nancieras a que se refi ere la Décimo Sexta Disposición Complementaria y Transitoria del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2014-EF Artículo 2.- Autorícese al Director General de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público a suscribir, en representación del Ministerio de Economía y Finanzas el Convenio de Traspaso de Recursos que se aprueba en el artículo precedente, así como toda la documentación necesaria para su implementación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALONSO SEGURA VASI Ministro de Economía y Finanzas 1215510-3 Aprueban la Directiva “Preparación y Presentación de la Información Financiera, Presupuestaria y Complementaria Mensual, Trimestral y Semestral por las Empresas y Entidades de Tratamiento Empresarial del Estado”, y sus formatos RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 004 -2015-EF/51.01 Lima, 19 de marzo de 2015 Visto: El Memorando Nº 017-2015-EF/51.06 de la Dirección de Empresas Públicas de la Dirección General de Contabilidad Pública, referente a la aprobación de la Directiva “Preparación y Presentación de Información Financiera, Presupuestaria, Complementaria Mensual, Trimestral y Semestral por las Empresas y Entidades de Tratamiento Empresarial del Estado”. CONSIDERANDO: Que, los incisos a) y b) del artículo 7º de la Ley Nº 28708, Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad, señalan como atribuciones de la Dirección General de Contabilidad Pública, entre otras, la de aprobar las normas y procedimientos de contabilidad que deben regir en el sector público; y elaborar la Cuenta General de la República; Que, con Resolución Directoral N° 011-2012- EF/51.01 se aprobó la Directiva N° 002-2012-EF/51.01, “Preparación y Presentación de la Información Financiera, Presupuestaria y Complementaria Trimestral y Semestral por las Empresas y Entidades de Tratamiento Empresarial del Estado” y su modifi catoria la Resolución Directoral N° 006-2013-EF/51.01; Que, con la Resolución Directoral N° 001-2013- EF/51.01, se dispone la obligación de registrar y transmitir la información fi nanciera y presupuestaria en forma mensual por las Empresas y Entidades de Tratamiento Empresarial del Estado y su modifi catoria la Resolución Directoral N° 002-2013-EF/51.01; Que, con la Resolución N° 055-2014-EF/30 del Consejo Normativo de Contabilidad, se ofi cializó la versión 2014 de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIC, NIIF, CINIIF y SIC), así como el Marco Conceptual para la Información Financiera; Que, por lo indicado en los considerandos precedentes, es conveniente aprobar la Directiva “Preparación y Presentación de Información Financiera, Presupuestaria y Complementaria Mensual, Trimestral y Semestral por las Empresas y Entidades de Tratamiento Empresarial del Estado”, a fi n de lograr que la información requerida constituya un avance para obtener una información confi able y oportuna para la elaboración de la Cuenta General de la República; Estando a lo propuesto por la Dirección de Empresas Públicas, la Dirección de Análisis y Consolidación Contable y con la visación de la Dirección de Normatividad; y En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 42º de la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público y el artículo 7º de la Ley Nº 28708, Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Directiva y su vigencia Aprobar la Directiva N° 002-2015-EF/51.01 “Preparación y Presentación de la Información Financiera, Presupuestaria y Complementaria Mensual, Trimestral y Semestral por las Empresas y Entidades de Tratamiento Empresarial del Estado”, y sus formatos, que forman parte de la presente Resolución; y establecer su vigencia a partir del Primer Trimestre del ejercicio fi scal 2015. Artículo 2°.- Derogatorias 2.1 Deróguese la Directiva N° 002-2012-EF/51.01 “Preparación y Presentación de Información Financiera, Presupuestaria y Complementaria Trimestral y Semestral por las Empresas y Entidades de Tratamiento Empresarial del Estado”, aprobada mediante Resolución Directoral N° 011-2012-EF/51.01 y su modifi catoria la Resolución Directoral N° 006-2013-EF/51.01. 2.2 Deróguese la Resolución Directoral N° 001- 2013-EF/51.01, que dispone la obligación de registrar la información fi nanciera y presupuestaria en forma mensual por las Empresas y Entidades de Tratamiento Empresarial del Estado y su modifi catoria la Resolución Directoral N° 002-2013-EF/51.01. Artículo 3°.- Difusión de la Resolución, Directiva y formatos Difundir la presente Resolución Directoral, la Directiva N° 002-2015-EF/51.01 y sus respectivos formatos, en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas: http://www.mef.gob.pe, en la misma fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR A. PAJUELO RAMÍREZ Director General Dirección General de Contabilidad Pública 1215279-1 EDUCACION Delegan en el Jefe del Área de Administración de la Unidad Ejecutora 113: APROLAB II, la facultad de aprobar y modificar los estudios definitivos o expedientes técnicos de obra que correspondan a la ejecución del Proyecto “Apoyo a la Formación Profesional para la Inserción Laboral en el Perú: APROLAB II: Consolidación y Ampliación” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 198-2015-MINEDU Lima, 23 de marzo de 2015 VISTO: El Informe N° 39-2015-MINEDU/VMGP-DIGESUTP, y;