Norma Legal Oficial del día 27 de marzo del año 2015 (27/03/2015)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 8

549546

El Peruano Viernes 27 de marzo de 2015

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Credito Suplementario para la continuidad de proyectos de inversion publica y actividades vinculadas a la prevencion, mitigacion y adecuada preparacion para la respuesta ante situaciones de desastre durante el Ano Fiscal 2015
DECRETO SUPREMO Nº 066-2015-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el numeral 1 de la Septuagesima MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, con el fin de garantizar la continuidad de proyectos de inversion publica durante el ano 2015, a cargo de, entre otros, los pliegos Gobiernos Locales, autoriza al Poder Ejecutivo para que mediante Decreto Supremo, hasta el 31 de marzo de 2015, incorpore en dichas entidades los creditos presupuestarios de la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios asignados en el Ano Fiscal 2014 no devengados al 31 de diciembre de dicho ano, para la ejecucion de los referidos proyectos; Que, la mencionada disposicion establece que la incorporacion solo comprende los recursos para proyectos de inversion, que se encuentren certificados al 30 de noviembre de 2014, disponiendo, a su vez, que la determinacion del monto a ser incorporado considera como base de calculo el presupuesto institucional modificado al 30 de noviembre de 2014; asimismo, precisa que lo dispuesto en el citado numeral es aplicable siempre que dicho financiamiento no MORDAZA sido considerado en el presupuesto institucional del ano fiscal 2015 por parte del respectivo pliego, para el mismo proyecto de inversion publica; Que, de igual forma, el numeral 2 de la Septuagesima MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 30281, con el fin de garantizar la continuidad de las actividades vinculadas a la prevencion, mitigacion y adecuada preparacion para la respuesta ante situaciones de desastre a cargo de los pliegos correspondientes, se autoriza, hasta el 31 de marzo de 2015, al Poder Ejecutivo para que mediante Decreto Supremo refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y del Ministro de Economia y Finanzas, a solicitud de la Presidencia del Consejo de Ministros, incorpore en el presupuesto institucional del presente ano fiscal de los pliegos Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, previa opinion favorable de la Direccion General de Presupuesto Publico, los recursos no devengados correspondientes a los recursos autorizados por la Ley N° 30191, Ley que establece medidas para la prevencion, mitigacion y adecuada preparacion para la respuesta ante situaciones de desastre, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios; Que, en el MORDAZA de lo establecido en los numerales 1 y 2 de la Septuagesima MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, diversos Gobiernos Locales y el Gobierno Regional del Departamento de MORDAZA han efectuado sus requerimientos de recursos para la continuidad de proyectos de inversion publica y actividades vinculadas a la prevencion, mitigacion y adecuada preparacion para la respuesta ante situaciones de desastre en el MORDAZA de la Ley N° 30191, por lo que, teniendo en cuenta el cumplimiento de los criterios establecidos en la mencionada Disposicion Complementaria Final, y contando con la opinion favorable de la Direccion General de Presupuesto Publico, resulta necesario autorizar un Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, hasta por la suma de CUARENTA Y NUEVE MILLONES CUARENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 49 046 996,00), en tanto que dicho financiamiento no ha sido considerado en

el presupuesto institucional del ano fiscal 2015, por parte de los pliegos Gobiernos Locales y del pliego Gobierno Regional del Departamento de MORDAZA, para los mismos fines MORDAZA senalados; De conformidad con lo establecido por la Septuagesima MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015; DECRETA: Articulo 1º.- Objeto 1.1 Autorizase la incorporacion de recursos via Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, hasta por la suma de CUARENTA Y NUEVE MILLONES CUARENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 49 046 996,00), para la continuidad de la ejecucion de proyectos de inversion publica y actividades vinculadas a la prevencion, mitigacion y adecuada preparacion para la respuesta ante situaciones de desastre en el MORDAZA de la Ley N° 30191, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente MORDAZA, de acuerdo a lo siguiente:
INGRESOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO (En Nuevos Soles) 1 : Recursos Ordinarios TOTAL INGRESOS GASTOS 49 046 996,00 ------------------49 046 996,00 =========== (En Nuevos Soles)

SECCION MORDAZA : INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS PLIEGO 463 : Gobierno Regional del Departamento de MORDAZA FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios PLIEGOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO : Gobiernos Locales 1 : Recursos Ordinarios 46 335 231,00 46 335 231,00 ------------------49 046 996,00 =========== 49 046 996,00 =========== 2 711 765,00 2 711 765,00

GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisicion de Activos no Financieros TOTAL INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS TOTAL GASTOS

1.2 Los pliegos Gobiernos Locales habilitados en el numeral 1.1 del presente articulo y los montos de transferencia por pliego, se detallan en el Anexo "Credito Suplementario para la Continuidad de Proyectos de Inversion Publica ­ Ano Fiscal 2015 ­ Gobiernos Locales", que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual sera publicado en el MORDAZA institucional del Ministerio de Economia y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de publicacion de la presente MORDAZA en el Diario Oficial "El Peruano". Articulo 2º.- Procedimiento para la aprobacion institucional 2.1 Los titulares de los pliegos habilitados en el presente Credito Suplementario, aprueban mediante Resolucion, la desagregacion de los recursos autorizados en el articulo 1 de la presente MORDAZA, a nivel programatico, dentro de los cinco (05) dias calendario de la vigencia del presente Decreto Supremo. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (05) dias calendario de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23 del Texto Unico Ordenado por la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicitara a la Direccion General de Presupuesto Publico las codificaciones que

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.