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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE MARZO DEL AÑO 2015 (27/03/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 20

El Peruano Viernes 27 de marzo de 2015 549558 la notifi cación de la resolución que reconoce el saldo correspondiente. Vencido dicho plazo, el derecho de utilización de los saldos caducará de pleno derecho para el armador, sin que sea necesaria notifi cación al titular por parte del Ministerio de la Producción. (…)” “Artículo 138.- Pago de Multas 138.1 El importe de la multa se abonará en la cuenta bancaria del Ministerio de la Producción indicada en la resolución de sanción, dentro de los quince (15) días hábiles contados a partir de la fecha de notifi cación de la misma. En el caso de multas impuestas por las Comisiones Regionales de Sanciones, el importe se abonará en la cuenta bancaria del Gobierno Regional indicada en la Resolución de Sanción. (…)” DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA Única.- Derogación Deróguese el Decreto Supremo Nº 008-2009- PRODUCE y sus modifi catorias, así como el artículo 120 del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis días del mes de marzo del año dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República PIERO GHEZZI SOLÍS Ministro de la Producción 1217508-5 Designan miembro del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Calidad en representación de Ministerio de la Producción RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 004-2015-PRODUCE Lima, 26 de marzo de 2015 CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad, dispone que el Instituto Nacional de Calidad - INACAL es un Organismo Público Técnico Especializado adscrito al Ministerio de la Producción, con personería jurídica de derecho público, con competencia a nivel nacional y autonomía administrativa, funcional, técnica, económica y fi nanciera; además también, que es el ente rector y máxima autoridad técnico - normativa del Sistema Nacional para la Calidad; Que, el artículo 13 de la Ley N° 30224 dispone que el Consejo Directivo es el órgano máximo del INACAL y está integrado por ocho (8) miembros, entre ellos un representante del Ministerio de la Producción, quien lo presidirá; además, que los perfi les, mecanismos y procedimientos de designación de los representantes ante el Consejo Directivo serán establecidos en el Reglamento de Organización y Funciones del INACAL; asimismo, el citado artículo señala que el representante del Ministerio de la Producción en el Consejo Directivo es el Presidente Ejecutivo del INACAL; Que, el artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del INACAL, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2015-PRODUCE y modifi cado por Decreto Supremo N° 008-2015-PRODUCE, precisa que los representantes del Sector Público que integran el Consejo Directivo del INACAL son designados mediante resolución suprema refrendada por el Titular del Sector por un período de cuatro (4) años, pudiendo ser ratifi cados sólo por un período adicional; Que, los artículos 10 y 16 del Reglamento de Organización y Funciones del INACAL establecen los requisitos que deben cumplir los miembros del Consejo Directivo, así como el Presidente Ejecutivo, respectivamente; Que, atendiendo a lo expuesto, corresponde dictar el acto de administración por el cual se designa al representante del Ministerio de la Producción ante el Consejo Directivo del INACAL, quien lo presidirá y, además, se desempeñará como Presidente Ejecutivo; Con el visado del Viceministro de MYPE e Industria y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 30224 - Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad; el Reglamento de la Ley N° 30224, aprobado por Decreto Supremo N° 004- 2015-PRODUCE y modifi cado por Decreto Supremo N° 008-2015-PRODUCE; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Resolución Ministerial N° 343-2012-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar a la señora ROCÍO INGRED BARRIOS ALVARADO como miembro del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Calidad en representación del Ministerio de la Producción, quien lo presidirá y se desempeñará como Presidenta Ejecutiva de la citada entidad. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de la Producción. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República PIERO GHEZZI SOLÍS Ministro de la Producción 1217508-9 Aprueban la conformación de la Comisión para la Programación y Formulación Anual del Presupuesto del Sector Público, con una perspectiva de Programación Multianual del Pliego 038: Ministerio de la Producción RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 079-2015-PRODUCE Lima, 25 de marzo de 2015 VISTOS: El Informe N° 124-2015-PRODUCE/OGPP- OP de la Ofi cina de Presupuesto, el Memorando N° 0337-2015-PRODUCE/OGPP de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N° 00045- 2015-PRODUCE/OGAJ-enunez de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 13 de la Ley N° 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público y modifi catorias, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 3 y 4 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, establece que la Dirección General de Presupuesto Público es el órgano rector y constituye la más alta autoridad técnico- normativa del Sistema Nacional de Presupuesto, dicta normas y establece procedimientos relacionados a su competencia; Que, el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto aprobado por Decreto Supremo N° 304- 2012-EF, establece que la Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces, es responsable de conducir el Proceso Presupuestario de la Entidad, sujetándose a las disposiciones que emita la Dirección General de Presupuesto Público, para cuyo efecto, organiza,