Norma Legal Oficial del día 27 de marzo del año 2015 (27/03/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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El Peruano Viernes 27 de marzo de 2015

Autorizan viaje de funcionarios Japon, en comision de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0222/RE-2015 MORDAZA, 25 de marzo de 2015 CONSIDERANDO:

a

Articulo 3. Dentro de los quince (15) dias calendario, posteriores a su retorno al MORDAZA, los citados funcionarios, presentaran al Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado. Articulo 4. La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA REINEL Ministro de Relaciones Exteriores 1217154-1

Que, en el Plan Anual de Control 2015, del Organo de Control Institucional del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Resolucion de Contraloria Nº 598-2014/CG, de 23 de diciembre de 2014, se considero efectuar una Auditoria de Cumplimiento "Procesos de gestion administrativa y operativa de la Embajada del Peru en Japon; asi como, procesos de administracion de los recursos asignados y de la recaudacion y rendicion de los ingresos consulares en el Consulado General del Peru en Tokio", periodo 2013 y 2014, cuyos procedimientos comprenden la verificacion y control de las operaciones en la citada sede diplomatica; Que, en consecuencia, es necesaria la visita de dos auditores responsables de la ejecucion del citado examen, a la MORDAZA de Tokio, Japon, del 30 de marzo al 8 de MORDAZA de 2015; Teniendo en cuenta la Hoja de Tramite (GAC) Nº 1147, del Despacho Viceministerial de 10 de marzo de 2015; y los Memorandos (OCI) Nº OCI0078/2015, del Organo de Control Institucional, de 5 de marzo de 2015, (OPP) Nº OPP0392/2015, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, de 20 de marzo de 2015, (OCI) Nº OCI0096/2015, de Organo de Control Institucional, de 20 de marzo de 2015; y (OPR) Nº OPR0080/2015, de la Oficina de Programacion y Presupuesto, de 20 de marzo de 2015, que otorga certificacion de credito presupuestario al presente viaje; De conformidad con lo prescrito en el literal f) y g) del articulo 17 del Reglamento de los Organos de Control Institucional, aprobado por Resolucion de Contraloria Nº 459-2008-CG, publicada el 30 de octubre de 2008 y actualizada por la Resolucion de Contraloria Nº 2202011-CG, de 18 de agosto de 2011; lo senalado en el sub numeral 6.1.2 de las Disposiciones Especificas de la Directiva Nº 009-2014-CG/PEC "Directiva de Programacion, Ejecucion y Evaluacion del Plan Anual de Control 2015 de los Organos de Control Institucional", aprobada por Resolucion de Contraloria Nº 546-2014-CG, de 12 de noviembre de 2014; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, modificada por la Ley Nº 28807; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 056-2013PCM; la Ley Nº 29357, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores y su reglamento; y el numeral 10.1 del articulo 10 de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015; SE RESUELVE: Articulo 1. Autorizar el viaje, en comision de servicios, de los siguientes funcionarios, a la MORDAZA Tokio, Japon, del 30 de marzo al 8 de MORDAZA de 2015, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion: · CPC. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, auditor del Organo de Control Institucional; y · Abogado Fredy MORDAZA Inchicaqui, especialista legal, del Organo de Control Institucional. Articulo 2. Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comision de servicios seran cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0000537: Control y Auditoria, debiendo presentar la rendicion de cuentas en un plazo no mayor de quince (15) dias al termino del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:
Pasaje Clase Economica US$ 3 146,00 3 146,00 Viaticos Total Nº de por dia Viaticos dias US$ US$ 500 500 10+2 6 000,00 10+2 6 000,00

SALUD
Aprueban Reglamento del Observatorio Nacional de Infraestructura y Equipamiento de los Establecimientos de Salud a que se refiere el articulo 6° del Decreto Legislativo N° 1155 y crean la Comision Multisectorial de Naturaleza Permanente del Observatorio Nacional de Infraestructura y Equipamiento de los Establecimientos de Salud
DECRETO SUPREMO Nº 004-2015-SA EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1155, se dictan medidas destinadas a mejorar la calidad del servicio en materia de salud y declara de interes publico el mantenimiento de la infraestructura y el equipamiento en los establecimientos de salud a nivel nacional. Que, segun lo dispuesto en el articulo 2° del referido Decreto Legislativo, el mismo sera de aplicacion al Ministerio de Salud, sus Organismos Publicos adscritos, los establecimientos de salud de los Gobiernos Regionales, del Seguro Social de Salud (ESSALUD), la sanidad de la Policia Nacional del Peru del Ministerio del Interior y las sanidades de las Fuerzas Armadas del Ministerio de Defensa; Que, el articulo 6° del Decreto Legislativo N° 1155, establece que el Ministerio de Salud implementara y administrara el Observatorio Nacional de Infraestructura y Equipamiento de los Establecimientos de Salud, como una herramienta de seguimiento de gestion sanitaria, con la finalidad de establecer un mecanismo de transparencia que contendra informacion de las compras realizadas por las entidades del sector salud, asi como el seguimiento al cumplimiento de los planes multianuales de mantenimiento de la infraestructura y equipamiento de los establecimientos de salud a nivel nacional, el cual se financiara con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Salud, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Publico; del mismo modo, el articulo 7° senala que mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Salud, se dictaran las disposiciones reglamentarias para la implementacion de lo dispuesto en el articulo 6° MORDAZA citado; Que, asimismo, el numeral 3 del articulo 36° de la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, establece que las Comisiones Multisectoriales del Poder Ejecutivo de naturaleza permanente, son creadas con fines especificos para cumplir funciones de seguimiento, fiscalizacion, o emision de informes tecnicos; se crean formalmente mediante decreto supremo refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y los titulares de los Sectores involucrados; y, cuentan con un Reglamento Interno aprobado por Resolucion Ministerial del Sector al cual estan adscritas; Que, en tal sentido, resulta necesaria la aprobacion del Reglamento del Observatorio Nacional de

Nombres y Apellidos MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fredy MORDAZA Inchicaqui

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