Norma Legal Oficial del día 27 de marzo del año 2015 (27/03/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano Viernes 27 de marzo de 2015

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de Planeamiento y Racionalizacion de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de la Produccion, asi como con la documentacion a que se refiere el articulo 12 de los Lineamientos para elaboracion y aprobacion del MORDAZA, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM; Que, por lo expuesto en los considerandos precedentes, resulta necesario aprobar el MORDAZA MORDAZA del Ministerio de la Produccion conforme a lo establecido en los articulos 37 y 38 de la Ley del Procedimiento Administrativo General; y, De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado; la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; y, el Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM, que aprueba los Lineamientos para la elaboracion y aprobacion del MORDAZA y establece disposiciones para el cumplimiento de la Ley del Silencio Administrativo; DECRETA: Articulo 1.- Aprobacion de procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad Apruebense los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad senalados en el Anexo 1 del presente Decreto Supremo, con sus requisitos, plazos y derechos de tramitacion, los mismos que se encuentran detallados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion. Articulo 2.- Aprobacion del MORDAZA Apruebese el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA del Ministerio de la Produccion, el mismo que en Anexo 2 forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Articulo 3.- Aprobacion de Formularios Apruebense los Formularios correspondientes a los procedimientos del Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA del Ministerio de la Produccion, los cuales se encuentran comprendidos en el Anexo 2 que forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Articulo 4.- Publicacion Publiquese el presente Decreto Supremo en el Diario Oficial "El Peruano". Asimismo, deben publicarse sus anexos en el MORDAZA Institucional de Servicios al Ciudadano y Empresas ­ PSCE (www.serviciosalciudadano.gob.pe) y en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion (www.produce.gob.pe), en la misma fecha de publicacion del presente Decreto Supremo. Articulo 5.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de la Produccion. DISPOSICION COMPLEMENTARIA MODIFICATORIA Unica.- Modifiquese el primer parrafo del numeral 37.1 del articulo 37, el numeral 38.2 del articulo 38 y el numeral 138.1 del articulo 138 del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, los cuales quedan redactados de la siguiente forma: "Articulo 37.- Plazo de autorizacion de Incremento de flota 37.1 La autorizacion de incremento de flota para la construccion o adquisicion de embarcaciones pesqueras tendra vigencia por un plazo de dieciocho (18) meses, contados desde la notificacion de la resolucion directoral correspondiente. (...)" "Articulo 38.- Indivisibilidad de las autorizaciones de incremento de flota, permisos de pesca y de los recursos hidrobiologicos a los que otorgan acceso (...) 38.2 La utilizacion de los saldos de capacidad de bodega que se reconozcan a partir de la vigencia de este Reglamento solo podra solicitarse dentro del plazo de noventa (90) dias calendario contado a partir de

Anticorrupcion Descentralizado del Distrito Judicial de MORDAZA, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros FREDY OTAROLA PENARANDA Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1217508-8

PRODUCE
Aprueban Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA del Ministerio de la Produccion
DECRETO SUPREMO Nº 010-2015-PRODUCE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2009PRODUCE se aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA del Ministerio de la Produccion, el mismo que ha sido modificado por los Decretos Supremos N° 012-2009-PRODUCE, N° 004-2010-PRODUCE, N° 003-2011-PRODUCE, N° 010-2011-PRODUCE y las Resoluciones Ministeriales Nº 328-2009-PRODUCE, N° 514-2009-PRODUCE, N° 126-2010-PRODUCE, N° 270-2010-PRODUCE, N° 307-2010-PRODUCE, Nº 0962011-PRODUCE; N° 097-2011-PRODUCE, N° 094-2012PRODUCE, N° 045-2013-PRODUCE y N° 015-2014PRODUCE; Que, el articulo 37 de la Ley del Procedimiento Administrativo General dispone que el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA comprende todos los procedimientos de iniciativa de parte requeridos por los administrados para satisfacer sus intereses o derechos, ademas de la descripcion MORDAZA y taxativa de todos los requisitos exigidos, su calificacion, la evaluacion que corresponda y el pago del derecho de tramite en caso proceda, para cada procedimiento administrativo; Que, los numerales 38.1 y 38.5 del articulo 38 de la Ley precitada disponen que el MORDAZA o toda modificacion de este que implique la creacion de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitacion o requisitos, es aprobado por Decreto Supremo del sector para el caso de entidades del Poder Ejecutivo; Que, en merito a lo establecido en la Ley N° 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, el Ministerio de la Produccion ha venido efectuando la actualizacion y optimizacion del MORDAZA vigente, planteandose la modificacion de procedimientos y servicios, derechos de tramitacion y requisitos que solo pueden ser objeto de aprobacion mediante Decreto Supremo; Que, en el numeral 11.1 del articulo 11 de los Lineamientos para elaboracion y aprobacion de MORDAZA, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 079-2007PCM, establece que para el caso de los MORDAZA de los Ministerios, previamente a su aprobacion, deberan contar con la opinion de la Secretaria de Gestion Publica de la Presidencia del Consejo de Ministros; asimismo, conforme al articulo 12 de dichos lineamientos para la revision y aprobacion del proyecto del MORDAZA o de su modificatoria, debera presentar, entre otros documentos, con el Informe Tecnico de la Oficina de Planeamiento o quien haga sus veces y los formatos de sustentacion legal y tecnica de los procedimientos administrativos; Que, el proyecto de MORDAZA del Ministerio de la Produccion cuenta con el Informe favorable de la Oficina

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