Norma Legal Oficial del día 27 de marzo del año 2015 (27/03/2015)
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TEXTO DE LA PÁGINA 19
El Peruano Viernes 27 de marzo de 2015
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de Planeamiento y Racionalizacion de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de la Produccion, asi como con la documentacion a que se refiere el articulo 12 de los Lineamientos para elaboracion y aprobacion del MORDAZA, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM; Que, por lo expuesto en los considerandos precedentes, resulta necesario aprobar el MORDAZA MORDAZA del Ministerio de la Produccion conforme a lo establecido en los articulos 37 y 38 de la Ley del Procedimiento Administrativo General; y, De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado; la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; y, el Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM, que aprueba los Lineamientos para la elaboracion y aprobacion del MORDAZA y establece disposiciones para el cumplimiento de la Ley del Silencio Administrativo; DECRETA: Articulo 1.- Aprobacion de procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad Apruebense los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad senalados en el Anexo 1 del presente Decreto Supremo, con sus requisitos, plazos y derechos de tramitacion, los mismos que se encuentran detallados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion. Articulo 2.- Aprobacion del MORDAZA Apruebese el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA del Ministerio de la Produccion, el mismo que en Anexo 2 forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Articulo 3.- Aprobacion de Formularios Apruebense los Formularios correspondientes a los procedimientos del Texto Unico de Procedimientos Administrativos MORDAZA del Ministerio de la Produccion, los cuales se encuentran comprendidos en el Anexo 2 que forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Articulo 4.- Publicacion Publiquese el presente Decreto Supremo en el Diario Oficial "El Peruano". Asimismo, deben publicarse sus anexos en el MORDAZA Institucional de Servicios al Ciudadano y Empresas PSCE (www.serviciosalciudadano.gob.pe) y en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion (www.produce.gob.pe), en la misma fecha de publicacion del presente Decreto Supremo. Articulo 5.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de la Produccion. DISPOSICION COMPLEMENTARIA MODIFICATORIA Unica.- Modifiquese el primer parrafo del numeral 37.1 del articulo 37, el numeral 38.2 del articulo 38 y el numeral 138.1 del articulo 138 del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, los cuales quedan redactados de la siguiente forma: "Articulo 37.- Plazo de autorizacion de Incremento de flota 37.1 La autorizacion de incremento de flota para la construccion o adquisicion de embarcaciones pesqueras tendra vigencia por un plazo de dieciocho (18) meses, contados desde la notificacion de la resolucion directoral correspondiente. (...)" "Articulo 38.- Indivisibilidad de las autorizaciones de incremento de flota, permisos de pesca y de los recursos hidrobiologicos a los que otorgan acceso (...) 38.2 La utilizacion de los saldos de capacidad de bodega que se reconozcan a partir de la vigencia de este Reglamento solo podra solicitarse dentro del plazo de noventa (90) dias calendario contado a partir de
Anticorrupcion Descentralizado del Distrito Judicial de MORDAZA, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros FREDY OTAROLA PENARANDA Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1217508-8
PRODUCE
Aprueban Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA del Ministerio de la Produccion
DECRETO SUPREMO Nº 010-2015-PRODUCE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2009PRODUCE se aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA del Ministerio de la Produccion, el mismo que ha sido modificado por los Decretos Supremos N° 012-2009-PRODUCE, N° 004-2010-PRODUCE, N° 003-2011-PRODUCE, N° 010-2011-PRODUCE y las Resoluciones Ministeriales Nº 328-2009-PRODUCE, N° 514-2009-PRODUCE, N° 126-2010-PRODUCE, N° 270-2010-PRODUCE, N° 307-2010-PRODUCE, Nº 0962011-PRODUCE; N° 097-2011-PRODUCE, N° 094-2012PRODUCE, N° 045-2013-PRODUCE y N° 015-2014PRODUCE; Que, el articulo 37 de la Ley del Procedimiento Administrativo General dispone que el Texto Unico de Procedimientos Administrativos MORDAZA comprende todos los procedimientos de iniciativa de parte requeridos por los administrados para satisfacer sus intereses o derechos, ademas de la descripcion MORDAZA y taxativa de todos los requisitos exigidos, su calificacion, la evaluacion que corresponda y el pago del derecho de tramite en caso proceda, para cada procedimiento administrativo; Que, los numerales 38.1 y 38.5 del articulo 38 de la Ley precitada disponen que el MORDAZA o toda modificacion de este que implique la creacion de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitacion o requisitos, es aprobado por Decreto Supremo del sector para el caso de entidades del Poder Ejecutivo; Que, en merito a lo establecido en la Ley N° 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, el Ministerio de la Produccion ha venido efectuando la actualizacion y optimizacion del MORDAZA vigente, planteandose la modificacion de procedimientos y servicios, derechos de tramitacion y requisitos que solo pueden ser objeto de aprobacion mediante Decreto Supremo; Que, en el numeral 11.1 del articulo 11 de los Lineamientos para elaboracion y aprobacion de MORDAZA, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 079-2007PCM, establece que para el caso de los MORDAZA de los Ministerios, previamente a su aprobacion, deberan contar con la opinion de la Secretaria de Gestion Publica de la Presidencia del Consejo de Ministros; asimismo, conforme al articulo 12 de dichos lineamientos para la revision y aprobacion del proyecto del MORDAZA o de su modificatoria, debera presentar, entre otros documentos, con el Informe Tecnico de la Oficina de Planeamiento o quien haga sus veces y los formatos de sustentacion legal y tecnica de los procedimientos administrativos; Que, el proyecto de MORDAZA del Ministerio de la Produccion cuenta con el Informe favorable de la Oficina