Norma Legal Oficial del día 27 de marzo del año 2015 (27/03/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano Viernes 27 de marzo de 2015

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Observatorio Nacional de Infraestructura y Equipamiento de los Establecimientos de Salud. b) Realizar acciones de seguimiento a las actividades de fortalecimiento de capacidades de gestion del mantenimiento de la infraestructura y equipamiento, en las entidades comprendidas en el ambito de aplicacion del Decreto Legislativo N° 1155. c) Realizar el seguimiento a la implementacion y operacion del Observatorio Nacional de Infraestructura y Equipamiento de los Establecimientos de Salud. d) Emitir informes y recomendaciones de mejora continua relacionadas a los Planes Multianuales de Mantenimiento y al Observatorio Nacional de Infraestructura y Equipamiento de los Establecimientos de Salud. Articulo 5.- Secretaria Tecnica de la Comision Multisectorial de Naturaleza Permanente del Observatorio Nacional de Infraestructura y Equipamiento de los Establecimientos de Salud La Secretaria Tecnica de la Comision Multisectorial de Naturaleza Permanente es ejercida por la Direccion General de Infraestructura, Equipamiento y Mantenimiento del Ministerio de Salud. Articulo 6.- Acreditacion de representantes ante la Comision Multisectorial de Naturaleza Permanente del Observatorio Nacional de Infraestructura y Equipamiento de los Establecimientos de Salud Las entidades senaladas en el articulo 3°, acreditaran a sus representantes, mediante comunicacion escrita dirigida al/la Ministro (a) de Salud, en un plazo de cinco (5) dias habiles contados a partir del dia siguiente de la publicacion del presente Decreto Supremo. Articulo 7.- Instalacion de la Comision Multisectorial de Naturaleza Permanente del Observatorio Nacional de Infraestructura y Equipamiento de los Establecimientos de Salud La Comision Multisectorial de Naturaleza Permanente se instalara en el plazo MORDAZA de cinco (5) dias habiles contados a partir del vencimiento del plazo para la acreditacion de los representantes. Articulo 8.- De la Cooperacion de otras instituciones a la Comision Multisectorial de Naturaleza Permanente del Observatorio Nacional de Infraestructura y Equipamiento de los Establecimientos de Salud La Comision Multisectorial de Naturaleza Permanente podra invitar a representantes de otras instituciones a participar de la reuniones de la Comision para que colaboren, en la promocion y consolidacion de la politica de transparencia de las compras efectuadas por las entidades del sector salud, asi como el seguimiento de los planes de mantenimiento destinados a la mejora de la calidad del servicio. Articulo 9.- Del Financiamiento de la Comision Multisectorial de Naturaleza Permanente del Observatorio Nacional de Infraestructura y Equipamiento de los Establecimientos de Salud El cumplimiento de las funciones de la Comision Multisectorial de Naturaleza Permanente y de su Secretaria Tecnica, se financia con cargo a los recursos del presupuesto institucional de las entidades correspondientes de acuerdo a sus competencias, en el MORDAZA de las Leyes Anuales de Presupuesto, conforme a la normatividad vigente, y sin demandar recursos adicionales al Tesoro Publico. Articulo 10.- Del Reglamento Interno de la Comision Multisectorial de Naturaleza Permanente del Observatorio Nacional de Infraestructura y Equipamiento de los Establecimientos de Salud Mediante Resolucion Ministerial, el Ministerio de Salud aprueba el Reglamento Interno de la Comision Multisectorial de Naturaleza Permanente del Observatorio Nacional de Infraestructura y Equipamiento de los Establecimientos de Salud, a propuesta de dicha Comision, la misma que se realizara dentro de un plazo no mayor a treinta (30) dias habiles posteriores a la instalacion de la referida Comision. Articulo 11.- Acronimo Apruebese el uso del termino ONIEES como acronimo del Observatorio Nacional de Infraestructura

Infraestructura y Equipamiento de los Establecimientos de Salud, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1155, asi como la creacion de una Comision Multisectorial de Naturaleza Permanente, adscrita al Ministerio de Salud, encargada de realizar funciones de seguimiento y emision de informes sobre los procesos referidos a la implementacion de los Planes Multianuales de Mantenimiento y a las compras de equipos realizadas por las entidades del Sector Salud, vinculados al Observatorio Nacional de Infraestructura y Equipamiento de los Establecimientos de Salud; De conformidad con lo establecido en el numeral 8 del articulo 118° de la Constitucion Politica del Peru; en la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud; y en el Decreto Legislativo N° 1155, que dicta medidas destinadas a mejorar la calidad del servicio en materia de salud y declara de interes publico el mantenimiento de la infraestructura y el equipamiento en los establecimientos de salud a nivel nacional; DECRETA: Articulo 1.Aprobacion del Reglamento del Observatorio Nacional de Infraestructura y Equipamiento de los Establecimientos de Salud Apruebese el Reglamento del Observatorio Nacional de Infraestructura y Equipamiento de los Establecimientos de Salud, que contiene VII Titulos y catorce (14) articulos, los mismos que forman parte integrante del presente Decreto Supremo. Articulo 2.- Creacion de la Comision Multisectorial de Naturaleza Permanente del Observatorio Nacional de Infraestructura y Equipamiento de los Establecimientos de Salud Crease la Comision Multisectorial de Naturaleza Permanente del Observatorio Nacional de Infraestructura y Equipamiento de los Establecimientos de Salud, adscrita al Ministerio de Salud, encargada de realizar funciones de seguimiento y emision de informes de los procesos referidos a la implementacion de los Planes Multianuales de Mantenimiento y a las compras de equipos realizadas por las entidades del Sector Salud. Articulo 3.- Conformacion de la Comision Multisectorial de Naturaleza Permanente del Observatorio Nacional de Infraestructura y Equipamiento de los Establecimientos de Salud La Comision Multisectorial de Naturaleza Permanente esta conformada por los siguientes integrantes: - Un representante del Ministerio de Salud, quien ejercera la presidencia. - Un representante del Instituto Gestion de Servicios de Salud - IGSS. - Un representante de la Superintendencia Nacional de Salud ­ SUSALUD. - Un representante de cada uno de los Gobiernos Regionales. - Un representante del Seguro Social de Salud EsSalud. - Un representante de la Sanidad de la Policia Nacional del Peru del Ministerio del Interior. - Un representante de la Sanidad de la Fuerza Aerea del Peru del Ministerio de Defensa. - Un representante de la Sanidad de la MORDAZA de MORDAZA del Peru del Ministerio de Defensa. - Un representante de la Sanidad del Ejercito del Peru del Ministerio de Defensa. El ejercicio del cargo de los integrantes de la Comision es Ad Honorem. Articulo 4.- Funciones de la Comision Multisectorial de Naturaleza Permanente del Observatorio Nacional de Infraestructura y Equipamiento de los Establecimientos de Salud La Comision Multisectorial de Naturaleza Permanente tiene las siguientes funciones: a) Proponer mecanismos de gestion sanitaria relacionados con la aprobacion e implementacion de los Planes Multianuales de Mantenimiento de la infraestructura y equipamiento de los establecimientos de salud y el

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