Norma Legal Oficial del día 28 de marzo del año 2015 (28/03/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 95

El Peruano Sabado 28 de marzo de 2015

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insumos y nuevas unidades necesarias para la continuidad y sostenibilidad del Programa, declarado como de interes publico de conformidad al Acuerdo de Concejo Nº 052014/CDL, de fecha 30 de enero de 2014. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1217101-1

y emergencias pre hospitalarias (Ambulancia MORDAZA II en el Distrito) mediante la implementacion de unidades medicas equipadas; Que, el Gerente de Asesoria Juridica a traves del Informe Nº 068-2015-MDLCH/GAJ, emite opinion favorable para la aprobacion de la Ordenanza respectiva; Que, la presente propuesta, garantiza fomentar no solo los lineamientos de politica sanitaria, sino ademas que su implementacion servira para amparar y salvaguardar la MORDAZA de nuestra poblacion en situaciones de emergencia, brindandoles los servicios basicos de atencion inmediata sin discriminacion de raza, sexo, religion, condicion social o economica, apoyandonos en los principios de calidad y solidaridad satisfaciendo las necesidades emergentes de cada individuo en forma oportuna y eficaz; Que, siendo una de las prioridades de nuestra Entidad MORDAZA, proporcionar un acceso pleno y de calidad a los servicios de salud, y viendo la necesidad de fortalecer dichos servicios en nuestro Distrito, resulta necesario dictar una MORDAZA que otorgue la posibilidad de la atencion pre hospitalaria en la Municipalidad Distrital Lurigancho Chosica, de acuerdo al Reglamento de Transporte Asistido de Pacientes por via terrestre ­ Resolucion Ministerial Nº 343-2005/MINSA; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto por los numerales 8) y 9) de los articulos 9º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, y contando con el MORDAZA unanime de los regidores y con la dispensa de la lectura y tramite de aprobacion del Acta, se aprobo la siguiente Ordenanza: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA IMPLEMENTACION DEL SERVICIO DE ATENCION PRE HOSPITALARIA Y SOCIAL EN LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL LURIGANCHO CHOSICA. Articulo 1º.- Aprobar la implementacion del Programa de Atencion Pre Hospitalaria y Social de la Municipalidad Distrital Lurigancho Chosica, el cual contara con modulos de atencion del Primer Nivel de Salud y Ambulancias de MORDAZA II que permita el traslado de pacientes y reciban la atencion pre-hospitalaria; cuyo sustento tecnico se encuentra contenido en el Estudio de "Necesidades de Atencion Inmediata en Salud mediante la Implementacion de Ambulancias MORDAZA II en el Distrito de Lurigancho Chosica", que como anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo 2º.- Disponer la implementacion de la Botica Municipal con su respectiva area de almacen de medicamentos, materiales e insumos a cargo de la Sub Gerencia de Salud Publica, que garantice el abastecimiento logistico necesario para la eficacia y eficiencia operativa del Programa. Articulo 3º.- Declarar que el Programa de Atencion Pre Hospitalaria y Servicio de Ambulancias Municipales, cuyo Estudio de Necesidades se aprueba, es totalmente gratuito para los residentes en el casco MORDAZA y demas zonas, incluyendo las rurales en toda la extension del Distrito Lurigancho Chosica, que necesiten en caso de emergencia un sistema de atencion pre hospitalario. Articulo 4º.- Encargar a la Gerencia Municipal a traves de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Gerencia de Administracion y Finanzas, Sub Gerencia de Logistica y Servicios Generales el cumplimiento de la presente MORDAZA y su correcta difusion y publicacion a Secretaria General. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- El MORDAZA del Distrito Lurigancho Chosica mediante Decreto de Alcaldia, podra emitir las Disposiciones Reglamentarias que permitan el cumplimiento de la presente norma. Segunda.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. DISPOSICION TRANSITORIA Unica.- Dispongase las acciones administrativas y/o de urgencia que MORDAZA necesarias para que la Gerencia de Administracion y Finanzas a traves de la Sub Gerencia de Logistica y Servicios Generales, garanticen de manera eficaz y en cumplimiento de la Ley, la adquisicion de

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO
Aprueban Propuesta Metodologica y el Cronograma de Actividades del MORDAZA del Presupuesto Participativo Basado en Resultados del Ano Fiscal 2016 en el distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 005-2015-A/MDSJL San MORDAZA de Lurigancho, 20 de marzo de 2015 VISTO el Memorandum Nº 0431-2015-GM/MDSJL del 20 de marzo de 2015, emitido por la Gerencia Municipal y el Informe Nº 041-2015-GP/MDSJL de fecha 16 de marzo de 2015, de la Gerencia de Planificacion, respecto al Proyecto de Decreto de Alcaldia que aprueba la Propuesta Metodologica y el Cronograma del MORDAZA del Presupuesto Participativo Basado en Resultados del ano fiscal 2016 en el distrito de San MORDAZA de Lurigancho; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado modificada por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, establece que las municipalidades provinciales y distritales son organos de gobierno local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, siendo la Alcaldia el organo ejecutivo de la Municipalidad, con las funciones y atribuciones que la ley le senala; Que, la Ordenanza Nº 289-MDSJL de fecha 27 de febrero del 2015, publicada en el Diario Oficial El Peruano el dia 12 de Marzo del 2015, en su articulo primero aprueba el Reglamento que Regula el MORDAZA de Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2016 en el Distrito de San MORDAZA de Lurigancho, el mismo que en su articulo 12 numeral 1) establece que, el equipo tecnico propone la metodologia y cronograma de trabajo del MORDAZA participativo, por cada fase y actividad, fechas de ejecucion, mecanismos de registro y responsabilidades de los agentes participantes, responsables de cada accion y los recursos que se requiera; asimismo, su numeral 2) dispone que, corresponde al MORDAZA aprobar mediante Decreto de Alcaldia la metodologia y cronograma de trabajo del MORDAZA participativo concertado, disponiendo su publicacion correspondiente; Que, bajo el MORDAZA normativo precitado, mediante Informe Nº 041-2015-GP/MDSJL de fecha 16 de marzo de 2015, la Gerencia de Planificacion remite la Propuesta de Decreto de Alcaldia que aprueba el Cronograma de Trabajo y la Propuesta Metodologica del MORDAZA de Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el 2016; por lo que corresponde aprobar dicho instrumento de gestion a efectos de garantizar una adecuada participacion de la sociedad civil en dicho proceso; Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 6) del articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.- APROBAR la Propuesta Metodologica y el Cronograma de Actividades del MORDAZA

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