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El Peruano Sábado 28 de marzo de 2015 549709 y emergencias pre hospitalarias (Ambulancia Tipo II en el Distrito) mediante la implementación de unidades médicas equipadas; Que, el Gerente de Asesoría Jurídica a través del Informe Nº 068-2015-MDLCH/GAJ, emite opinión favorable para la aprobación de la Ordenanza respectiva; Que, la presente propuesta, garantiza fomentar no sólo los lineamientos de política sanitaria, sino además que su implementación servirá para amparar y salvaguardar la vida de nuestra población en situaciones de emergencia, brindándoles los servicios básicos de atención inmediata sin discriminación de raza, sexo, religión, condición social o económica, apoyándonos en los principios de calidad y solidaridad satisfaciendo las necesidades emergentes de cada individuo en forma oportuna y efi caz; Que, siendo una de las prioridades de nuestra Entidad Edil, proporcionar un acceso pleno y de calidad a los servicios de salud, y viendo la necesidad de fortalecer dichos servicios en nuestro Distrito, resulta necesario dictar una norma que otorgue la posibilidad de la atención pre hospitalaria en la Municipalidad Distrital Lurigancho Chosica, de acuerdo al Reglamento de Transporte Asistido de Pacientes por vía terrestre – Resolución Ministerial Nº 343-2005/MINSA; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto por los numerales 8) y 9) de los artículos 9º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y contando con el voto unánime de los regidores y con la dispensa de la lectura y trámite de aprobación del Acta, se aprobó la siguiente Ordenanza: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA IMPLEMENTACIÓN DEL SERVICIO DE ATENCIÓN PRE HOSPITALARIA Y SOCIAL EN LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL LURIGANCHO CHOSICA. Artículo 1º.- Aprobar la implementación del Programa de Atención Pre Hospitalaria y Social de la Municipalidad Distrital Lurigancho Chosica, el cual contará con módulos de atención del Primer Nivel de Salud y Ambulancias de Tipo II que permita el traslado de pacientes y reciban la atención pre-hospitalaria; cuyo sustento técnico se encuentra contenido en el Estudio de “Necesidades de Atención Inmediata en Salud mediante la Implementación de Ambulancias Tipo II en el Distrito de Lurigancho Chosica”, que como anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 2º.- Disponer la implementación de la Botica Municipal con su respectiva área de almacén de medicamentos, materiales e insumos a cargo de la Sub Gerencia de Salud Pública, que garantice el abastecimiento logístico necesario para la efi cacia y efi ciencia operativa del Programa. Artículo 3º.- Declarar que el Programa de Atención Pre Hospitalaria y Servicio de Ambulancias Municipales, cuyo Estudio de Necesidades se aprueba, es totalmente gratuito para los residentes en el casco urbano y demás zonas, incluyendo las rurales en toda la extensión del Distrito Lurigancho Chosica, que necesiten en caso de emergencia un sistema de atención pre hospitalario. Artículo 4º.- Encargar a la Gerencia Municipal a través de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Gerencia de Administración y Finanzas, Sub Gerencia de Logística y Servicios Generales el cumplimiento de la presente norma y su correcta difusión y publicación a Secretaría General. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- El Alcalde del Distrito Lurigancho Chosica mediante Decreto de Alcaldía, podrá emitir las Disposiciones Reglamentarias que permitan el cumplimiento de la presente norma. Segunda.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. DISPOSICIÓN TRANSITORIA Única.- Dispóngase las acciones administrativas y/o de urgencia que sean necesarias para que la Gerencia de Administración y Finanzas a través de la Sub Gerencia de Logística y Servicios Generales, garanticen de manera efi caz y en cumplimiento de la Ley, la adquisición de insumos y nuevas unidades necesarias para la continuidad y sostenibilidad del Programa, declarado como de interés público de conformidad al Acuerdo de Concejo Nº 05- 2014/CDL, de fecha 30 de enero de 2014. Regístrese, publíquese y cúmplase. LUIS FERNANDO BUENO QUINO Alcalde 1217101-1 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Aprueban Propuesta Metodológica y el Cronograma de Actividades del proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados del Año Fiscal 2016 en el distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 005-2015-A/MDSJL San Juan de Lurigancho, 20 de marzo de 2015 VISTO el Memorándum Nº 0431-2015-GM/MDSJL del 20 de marzo de 2015, emitido por la Gerencia Municipal y el Informe Nº 041-2015-GP/MDSJL de fecha 16 de marzo de 2015, de la Gerencia de Planifi cación, respecto al Proyecto de Decreto de Alcaldía que aprueba la Propuesta Metodológica y el Cronograma del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados del año fi scal 2016 en el distrito de San Juan de Lurigancho; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Estado modifi cada por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, establece que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, siendo la Alcaldía el órgano ejecutivo de la Municipalidad, con las funciones y atribuciones que la ley le señala; Que, la Ordenanza Nº 289-MDSJL de fecha 27 de febrero del 2015, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el día 12 de Marzo del 2015, en su artículo primero aprueba el Reglamento que Regula el Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2016 en el Distrito de San Juan de Lurigancho, el mismo que en su artículo 12 numeral 1) establece que, el equipo técnico propone la metodología y cronograma de trabajo del proceso participativo, por cada fase y actividad, fechas de ejecución, mecanismos de registro y responsabilidades de los agentes participantes, responsables de cada acción y los recursos que se requiera; asimismo, su numeral 2) dispone que, corresponde al Alcalde aprobar mediante Decreto de Alcaldía la metodología y cronograma de trabajo del proceso participativo concertado, disponiendo su publicación correspondiente; Que, bajo el marco normativo precitado, mediante Informe Nº 041-2015-GP/MDSJL de fecha 16 de marzo de 2015, la Gerencia de Planifi cación remite la Propuesta de Decreto de Alcaldía que aprueba el Cronograma de Trabajo y la Propuesta Metodológica del proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el 2016; por lo que corresponde aprobar dicho instrumento de gestión a efectos de garantizar una adecuada participación de la sociedad civil en dicho proceso; Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR la Propuesta Metodológica y el Cronograma de Actividades del proceso