Norma Legal Oficial del día 28 de marzo del año 2015 (28/03/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 81

El Peruano Sabado 28 de marzo de 2015

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ii. El importe total de creditos del cliente relacionados con el proyecto en la empresa (antes de la sindicacion o la reventa) es, como minimo, de US$ 25 millones. d) Credito MORDAZA destinado al financiamiento de un proyecto que requiera una inversion total estimada que supere los US$ 10 millones. e) Credito corporativo por encima de US$ 10 millones destinado a proveedores primarios de un proyecto. Asimismo, deben aplicarse las disposiciones del presente reglamento cuando se brinden los servicios MORDAZA senalados mediante fideicomisos. Ademas, la empresa puede aplicar disposiciones similares o identicas a las del presente reglamento cuando ofrezca otros servicios no mencionados en el presente articulo. Articulo 5º.- Responsabilidad del Directorio El Directorio de la empresa es responsable de definir la politica general para la gestion del riesgo social y ambiental, la cual debe considerar como minimo los siguientes aspectos: a) Asignar los recursos necesarios para la adecuada gestion del riesgo social y ambiental, a fin de contar con la infraestructura, metodologia y personal apropiados. b) Aprobar el manual de gestion del riesgo social y ambiental que, por lo menos, contemple las disposiciones establecidas en el presente reglamento. c) Establecer un sistema adecuado de delegacion de facultades y de segregacion de funciones relacionadas a la gestion del riesgo social y ambiental a traves de toda la organizacion. d) Asegurar que la empresa cuenta con una efectiva gestion del riesgo social y ambiental, y que los principales riesgos identificados se encuentran bajo control dentro de los limites que han establecido. e) Definir, como parte de las politicas de admision de riesgos, los requisitos minimos que deben cumplir los clientes en materia social y ambiental. En concordancia con el articulo 11º del Reglamento de la Gestion Integral de Riesgos, aprobado por Resolucion SBS Nº 037-2008 y sus normas modificatorias, el Directorio puede constituir un comite que asuma las responsabilidades MORDAZA senaladas o delegar estas a un comite existente. Articulo 6º.- Responsabilidad de la Gerencia La Gerencia General de la empresa tiene la responsabilidad de implementar la politica para la gestion del riesgo social y ambiental conforme a las disposiciones del Directorio. Los gerentes de las unidades organizativas de negocios o de apoyo tienen la responsabilidad de gestionar el riesgo social y ambiental en su ambito de accion, dentro de las politicas, limites y procedimientos establecidos. Articulo 7º.- Funciones de la Unidad de Riesgos La Unidad de Riesgos de la empresa o, de ser el caso, la unidad especializada en la gestion del riesgo social y ambiental, debera cumplir con las siguientes funciones: a) Proponer al Directorio politicas para la gestion del riesgo social y ambiental. b) Participar en el diseno y la actualizacion permanente del manual de gestion del riesgo social y ambiental. c) Desarrollar la metodologia para la gestion del riesgo social y ambiental. d) Apoyar y asistir a las demas unidades de la empresa en la aplicacion de la metodologia de gestion del riesgo social y ambiental. e) Evaluar el riesgo social y ambiental de forma previa al otorgamiento del financiamiento y una vez otorgados monitorear el riesgo de dichas operaciones. f) Consolidar y desarrollar reportes e informes sobre la gestion del riesgo social y ambiental. g) Identificar las necesidades de capacitacion y difusion para una adecuada gestion del riesgo social y ambiental. Las empresas deben asignar recursos suficientes para la gestion del riesgo social y ambiental, que les permitan un cumplimiento adecuado de las funciones aqui senaladas.

Evaluacion y Clasificacion del Deudor y la Exigencia de Provisiones aprobado por la Resolucion SBS Nº 113562008 y sus normas modificatorias, otorgado directamente o a traves de terceros. e) Credito corporativo.- creditos otorgados a personas juridicas y/o entes juridicos segun la definicion del Reglamento para la Evaluacion y Clasificacion del Deudor y la Exigencia de Provisiones aprobado por la Resolucion SBS Nº 11356-2008 y sus normas modificatorias. Para fines del presente reglamento no incluye a los creditos soberanos, a los creditos concedidos a bancos multilaterales de desarrollo, a intermediarios de valores, a empresas del sistema financiero, a los patrimonios autonomos de seguro de credito y a fondos de garantia constituidos conforme a Ley. f) Credito puente.- prestamo temporal otorgado a un cliente para el financiamiento de un proyecto hasta que pueda obtener financiamiento de mas largo plazo. g) Desarrollo sostenible.- desarrollo de una actividad economica que permite a la generacion presente satisfacer sus necesidades sociales, economicas y ambientales, sin perjudicar la capacidad de las generaciones futuras de satisfacer las suyas. h) Linea de base social y ambiental.- descripcion exhaustiva de la situacion ambiental y social previa al desarrollo de la actividad economica. i) Plan de gestion del riesgo social y ambiental.conjunto de medidas necesarias para que el proyecto o proveedor primario de un proyecto reduzca su riesgo social y ambiental. j) Proveedores primarios- aquellos que proveen bienes y servicios esenciales para el proyecto. k) Proyecto.- desarrollo de una actividad economica en una ubicacion concreta que requiere estudios sobre su viabilidad e impacto social y/o ambiental en el area de influencia. Incluye las etapas de exploracion, instalacion, operacion, ampliacion o modificacion material, y cierre de las instalaciones requeridas. l) Revisor independiente.- empresa o profesional calificado y con experiencia en temas relacionados con el riesgo social y ambiental, y que no se encuentra vinculado por riesgo unico al cliente de acuerdo con lo establecido en las Normas Especiales sobre Vinculacion y Grupo Economico, aprobadas por la Resolucion SBS Nº 4452000 y sus normas modificatorias. m) Riesgo social y ambiental.- la posibilidad de perdidas por la ocurrencia de conflictos sociales relacionados al desarrollo de proyectos que puedan impactar en forma significativa sobre el sistema economico, social o ambiental en el cual estos se desarrollan. n) Superintendencia.- Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones. Articulo 4º.- Ambito de aplicacion del reglamento Las empresas deben aplicar el presente reglamento cuando brinden alguno de los siguientes servicios: a) Servicio de asesoria para el financiamiento de un proyecto cuando la inversion total estimada en el proyecto supere los US$ 10 millones. b) Financiamiento de un proyecto cuando la inversion total estimada en el proyecto supere los US$ 10 millones. Un caso particular es la financiacion de proyectos definida en el Anexo Nº2 del Reglamento para el requerimiento de patrimonio efectivo por riesgo de credito, aprobado por la Resolucion SBS Nº 14354-2009 y sus normas modificatorias. c) Creditos a un cliente no minorista relacionados a una etapa de un proyecto, siempre que se cumplan las siguientes condiciones: i. El importe total de creditos del cliente relacionados con el proyecto en el sistema financiero asciende como minimo a US$ 50 millones; y

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