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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE MARZO DEL AÑO 2015 (28/03/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 86

El Peruano Sábado 28 de marzo de 2015 549700 Supervisión Legal y de Contratos de Servicios Financieros, Lourdes Sabina Poma Cañazaca, Analista Principal de Regulación y Maria Lourdes Puma Gutierrez, Coordinador Ejecutivo de Supervisión Legal y de Contratos de Servicios Financieros, de la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica, y la señora Carla Chiappe Villegas, Intendente de Supervisión de Reaseguros de la Superintendencia Adjunta de Seguros, del 06 al 11 de abril de 2015 y el señor Ronald Oswaldo Cuba Carbonel, Jefe de Supervisión de Seguros, del Departamento de Supervisión de AFOCAT, de la Superintendencia Adjunta de Seguros, de la SBS del 05 al 11 de abril de 2015, a la ciudad de La Habana, República de Cuba, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Los citados funcionarios, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes a su reincorporación, deberán presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización, según se indica, serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2015, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 4,560.24 Viáticos US$ 10,750.00 Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor de los funcionarios cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1218103-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE HUANUCO Aprueban modificación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Red de Salud Leoncio Prado ORDENANZA REGIONAL Nº 001-2015-CR-GRH Huánuco, 19 de marzo del 2015 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL HUÁNUCO POR CUANTO: VISTO: En Sesión Ordinaria del Consejo Regional, de fecha cuatro de marzo del dos mil quince, el Dictamen Nº 001-2015-CPPPATAL, de la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto, y Acondicionamiento Territorial y Asuntos Legales, relacionado a la aprobación de la modifi cación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF), de la Red de Salud Leoncio Prado – Unidad Ejecutora 403 – Salud Leoncio Prado, y; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 191º de la Constitución Política del Estado, modifi cado por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización - Ley Nº 27680, establece que los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y el artículo 192º en su inciso 1) establece que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto; Que, el artículo 35º de la Ley de Bases de la Descentralización Nº 27783, establece que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto institucional conforme a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales de Presupuesto; Que, en el literal a) y b) del artículo 49º de la Ley Nº 278677, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala como funciones en materia de Salud: Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar las políticas de salud de la Región en concordancia con las políticas nacionales y los planes sectoriales; así como formular y ejecutar, concertadamente el Plan de Desarrollo Regional de Salud; Que, de conformidad a lo establecido en el Artículo 4o de la Ley Nº 27658, Ley Marco de la Modernización de Gestión del Estado señala que el proceso de modernización de la gestión del estado, tiene como fi nalidad fundamental la obtención de mayores niveles de efi ciencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos, alcanzando un estado con servidores públicos califi cados y adecuadamente remunerados; Que, la modifi cación del Reglamento de Organización y Funciones de la Red de Salud Leoncio Prado, se modifi ca en razón de la incorporación en el Órgano de Línea de dos Microredes de Salud de Huacrachuco y de Buenaventura, en cumplimiento a la Adscripción Funcional, Administrativa, Presupuestal y Asistencial de la Red de Salud Marañón a la Red de Salud Leoncio Prado – U.E. 403 Salud Leoncio Prado, aprobado por R.E.R. Nº 584-2014-GRH/PR, y a la accesibilidad vial que va permitir a la población de Huacrachuco aminorar el tiempo de desplazamiento que requieren para acceder al servicio de salud. Asimismo, los establecimientos de Salud que están comprendidos en la Microred de Paraíso, con el presente acto administrativo R.E.R Nº 746-2011-GRH/PR, están considerados en la Microred Cholón, debido a que corresponden al ámbito del Distrito de Cholón; Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, de fecha 26 de Julio de 2006, se aprobaron los lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF de las Entidades de la Administración Pública, de los criterios para la creación de unidades orgánicas de acuerdo al inciso c) Art. 22 Si se establece, por la naturaleza de las funciones a desarrollar, la necesidad de independizar ciertos servicios o tareas, y en base a lo establecido en el Título III Aprobación del ROF.- Art. 28º De la necesidad de aprobar el ROF, inciso c) Por efecto de la transferencia de funciones en el marco del proceso de descentralización y f) Para optimizar o simplifi car los procesos de la entidad, con la fi nalidad de cumplir con mayor efi ciencia su misión y funciones; Que, de conformidad a lo establecido en el literal a), del Artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, es atribución del Consejo Regional, aprobar modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencias y funciones del Gobierno Regional; Que, mediante Informe Nº 004-2015-GRH-GRPPAT/ SGDIS/GACB de fecha 20 de enero del 2015, presentado por la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional y Sistemas solicita la aprobación del proyecto de Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Red de Salud Leoncio Prado - Unidad Ejecutora 403 – Salud Leoncio Prado, instrumento de gestión adecuado y modifi cado en el marco de las necesidades surgidas de la experiencia de la Descentralización; así como concordado con la normatividad legal vigente que rige el actual proceso de modernización de la gestión del Estado y de las nuevas tendencias del desarrollo organizacional; evitándose cualquier caso de duplicidad de funciones entre sus distintos Órganos y Dependencias; Que, la presente Ordenanza Regional cuenta con el dictamen favorable de la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional y de conformidad con las atribuciones conferidas por los Artículos 9º, 10º, 11º, 15º, y 38 de la Ley Orgánica de Gobierno Regionales Nº 27867; Estando a lo expuesto, y conforme a las atribuciones conferidas por los artículos 15 y 38 de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y a lo aprobado