Norma Legal Oficial del día 28 de marzo del año 2015 (28/03/2015)
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TEXTO DE LA PÁGINA 91
El Peruano Sabado 28 de marzo de 2015
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MEDIDAS Y DE USO MEDIDAS PERIMETRALES LINDERO FRENTE DERECHA IZQUIERDA FONDO COLINDANTE Malecon MORDAZA Lt. Cat. 011 Lt. Cat. 019 Lt. Cat. 010 LARGO 5.35 m 11.70 m 11.65 m 5.30 m COORDENADAS UTM DATUM WGS 84 MORDAZA 18 SUR LADO VERTICE A-B B-C C-D D-E A B C D ESTE (X) NORTE (Y)
LINDEROS, PERIMETRALES COORDENADAS MUNDIAL
278036.3032 m 8668309.5013 m 278041.2940 m 8668311.6404 m 278041.4333 m 8668311.0176 m 278046.3969 m 8668309.1594 m
PARTIDA ELECTRONICA INFORME CATASTRAL CERTIFICADO DE BUSQUEDA CATASTRAL
P02072094 (Zona Registral Nº IX- Sede Lima) Y/O En el certificado de fecha 13.02.2015 no se indica que existe duplicidad de partidas. Se adjunta el Expediente Nº 946-2014/ICL-LAMSAC, el cual cuenta con la conformidad correspondiente del Gerente de Proyectos del Instituto Catastral de MORDAZA, Ing. MORDAZA MORDAZA San MORDAZA, de fecha 04.07.2014.
1217261-1 y mantenimiento de la infraestructura asociada a cada procedimiento". Asimismo en su articulo 45º indica que: "El monto de derecho de tramitacion es determinado en funcion al importe del costo que su ejecucion genera para la entidad por el servicio prestado durante toda su tramitacion y en su caso, por el costo real de produccion de documentos que expida la entidad. Su monto es sustentado por el funcionario a cargo de la Oficina de Administracion de cada Entidad. Cuando el costo sea superior a 1 UIT, se requiere acogerse a un regimen de excepcion, el cual sera establecido mediante Decreto Supremo refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Economia y Finanzas"; Que, segun Informe Nº 073-2015-GPPR/MC, la Gerencia de Planificacion, Presupuesto y Racionalizacion presenta el Proyecto del Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Comas, y lo que remite a la Gerencia de Asuntos Juridicos para su opinion legal; Que, mediante Informe Nº 084-2015-GAJ/MDC, la Gerencia de Asuntos Juridicos opina que es procedente la aprobacion del Proyecto del Texto Unico de Procedimientos Administrativos MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Comas, debiendo elevarse los actuados al Concejo Municipal, para que en uso de sus atribuciones proceda a su aprobacion y consiguientemente sea derivado al Concejo Municipal de MORDAZA Metropolitana para su respectiva ratificacion; Que, mediante Informe Nº 003-2015-GM/MC, la Gerencia Municipal emite opinion favorable respecto del Proyecto de Ordenanza que aprueba el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Comas, asi como con relacion a los costos establecidos en su formulacion, recomendando elevar los actuados al Concejo Municipal para su aprobacion respectiva. Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) y 9) del articulo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades y demas normas pertinentes, con el MORDAZA unanime de los senores regidores, con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, el Concejo aprobo la siguiente Ordenanza: ORDENANZA QUE APRUEBA EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - MORDAZA - DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS Articulo Primero.- APROBAR los Derechos de Tramite de los Procedimientos Administrativos y Servicios prestados en exclusividad contenidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Comas. Articulo Segundo.- APROBAR el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Comas, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo Tercero.- FACULTAR al senor MORDAZA para que, mediante Decreto de Alcaldia, dicte las medidas reglamentarias necesarias para la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza. Articulo Cuarto.- DEROGAR toda Ordenanza o disposicion municipal que se oponga a la presente.
MUNICIPALIDAD DE COMAS
Aprueban el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA de la Municipalidad
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 432/MC Comas, 26 de marzo de 2015 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de Comas en Sesion Extraordinaria de Concejo de la fecha; VISTO: El Dictamen de fecha 24 de Marzo del 2015 emitido por la Comision Permanente de Regidores de la Comision de Administracion, Finanzas, Planificacion y Presupuesto de la Municipalidad Distrital de Comas; el Informe Nº 0732015-GPPR/MC, emitido por la Gerencia de Planificacion, Presupuesto y Racionalizacion; el Informe Nº 084-2015GAJ-MDC, emitido por la Gerencia de Asuntos Juridicos; y, el Informe Nº 003-2015-GM/MC del Gerente Municipal; respecto del Proyecto de Ordenanza del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) y los derechos administrativos contenidos en el mismo; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificado mediante Ley Nº 28607, Ley de Reforma Constitucional, en concordancia con lo dispuesto en los Articulos I y II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que las Municipalidades son organos de Gobierno Local que gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, en su articulo 9º en lo referente a las atribuciones del Concejo Municipal, en sus numerales 8) y 9) establece que corresponde al Concejo Municipal "Aprobar, modificar o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos" y "Crear, modificar, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a ley", respectivamente; Que, la Ley General del Procedimiento Administrativo, Ley Nº 27444, en su articulo 44º establece que: "Procede establecer derecho de tramitacion en los procedimientos administrativos, cuando su tramitacion implique para la entidad la prestacion de un servicio especifico e individualizable a favor del administrado, o en funcion del costo derivado de las actividades dirigidas a analizar lo solicitado; salvo en los casos en que existan tributos destinados a financiar directamente las actividades de la entidad. Dicho costo incluye los gastos de operacion