Norma Legal Oficial del día 28 de marzo del año 2015 (28/03/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 91

El Peruano Sabado 28 de marzo de 2015

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MEDIDAS Y DE USO MEDIDAS PERIMETRALES LINDERO FRENTE DERECHA IZQUIERDA FONDO COLINDANTE Malecon MORDAZA Lt. Cat. 011 Lt. Cat. 019 Lt. Cat. 010 LARGO 5.35 m 11.70 m 11.65 m 5.30 m COORDENADAS UTM DATUM WGS 84 MORDAZA 18 SUR LADO VERTICE A-B B-C C-D D-E A B C D ESTE (X) NORTE (Y)

LINDEROS, PERIMETRALES COORDENADAS MUNDIAL

278036.3032 m 8668309.5013 m 278041.2940 m 8668311.6404 m 278041.4333 m 8668311.0176 m 278046.3969 m 8668309.1594 m

PARTIDA ELECTRONICA INFORME CATASTRAL CERTIFICADO DE BUSQUEDA CATASTRAL

P02072094 (Zona Registral Nº IX- Sede Lima) Y/O En el certificado de fecha 13.02.2015 no se indica que existe duplicidad de partidas. Se adjunta el Expediente Nº 946-2014/ICL-LAMSAC, el cual cuenta con la conformidad correspondiente del Gerente de Proyectos del Instituto Catastral de MORDAZA, Ing. MORDAZA MORDAZA San MORDAZA, de fecha 04.07.2014.

1217261-1 y mantenimiento de la infraestructura asociada a cada procedimiento". Asimismo en su articulo 45º indica que: "El monto de derecho de tramitacion es determinado en funcion al importe del costo que su ejecucion genera para la entidad por el servicio prestado durante toda su tramitacion y en su caso, por el costo real de produccion de documentos que expida la entidad. Su monto es sustentado por el funcionario a cargo de la Oficina de Administracion de cada Entidad. Cuando el costo sea superior a 1 UIT, se requiere acogerse a un regimen de excepcion, el cual sera establecido mediante Decreto Supremo refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Economia y Finanzas"; Que, segun Informe Nº 073-2015-GPPR/MC, la Gerencia de Planificacion, Presupuesto y Racionalizacion presenta el Proyecto del Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Comas, y lo que remite a la Gerencia de Asuntos Juridicos para su opinion legal; Que, mediante Informe Nº 084-2015-GAJ/MDC, la Gerencia de Asuntos Juridicos opina que es procedente la aprobacion del Proyecto del Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Comas, debiendo elevarse los actuados al Concejo Municipal, para que en uso de sus atribuciones proceda a su aprobacion y consiguientemente sea derivado al Concejo Municipal de MORDAZA Metropolitana para su respectiva ratificacion; Que, mediante Informe Nº 003-2015-GM/MC, la Gerencia Municipal emite opinion favorable respecto del Proyecto de Ordenanza que aprueba el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Comas, asi como con relacion a los costos establecidos en su formulacion, recomendando elevar los actuados al Concejo Municipal para su aprobacion respectiva. Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) y 9) del articulo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades y demas normas pertinentes, con el MORDAZA unanime de los senores regidores, con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, el Concejo aprobo la siguiente Ordenanza: ORDENANZA QUE APRUEBA EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - MORDAZA - DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS Articulo Primero.- APROBAR los Derechos de Tramite de los Procedimientos Administrativos y Servicios prestados en exclusividad contenidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Comas. Articulo Segundo.- APROBAR el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Comas, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo Tercero.- FACULTAR al senor MORDAZA para que, mediante Decreto de Alcaldia, dicte las medidas reglamentarias necesarias para la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza. Articulo Cuarto.- DEROGAR toda Ordenanza o disposicion municipal que se oponga a la presente.

MUNICIPALIDAD DE COMAS
Aprueban el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA de la Municipalidad
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 432/MC Comas, 26 de marzo de 2015 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de Comas en Sesion Extraordinaria de Concejo de la fecha; VISTO: El Dictamen de fecha 24 de Marzo del 2015 emitido por la Comision Permanente de Regidores de la Comision de Administracion, Finanzas, Planificacion y Presupuesto de la Municipalidad Distrital de Comas; el Informe Nº 0732015-GPPR/MC, emitido por la Gerencia de Planificacion, Presupuesto y Racionalizacion; el Informe Nº 084-2015GAJ-MDC, emitido por la Gerencia de Asuntos Juridicos; y, el Informe Nº 003-2015-GM/MC del Gerente Municipal; respecto del Proyecto de Ordenanza del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) y los derechos administrativos contenidos en el mismo; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificado mediante Ley Nº 28607, Ley de Reforma Constitucional, en concordancia con lo dispuesto en los Articulos I y II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que las Municipalidades son organos de Gobierno Local que gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, en su articulo 9º en lo referente a las atribuciones del Concejo Municipal, en sus numerales 8) y 9) establece que corresponde al Concejo Municipal "Aprobar, modificar o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos" y "Crear, modificar, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a ley", respectivamente; Que, la Ley General del Procedimiento Administrativo, Ley Nº 27444, en su articulo 44º establece que: "Procede establecer derecho de tramitacion en los procedimientos administrativos, cuando su tramitacion implique para la entidad la prestacion de un servicio especifico e individualizable a favor del administrado, o en funcion del costo derivado de las actividades dirigidas a analizar lo solicitado; salvo en los casos en que existan tributos destinados a financiar directamente las actividades de la entidad. Dicho costo incluye los gastos de operacion

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