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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE MARZO DEL AÑO 2015 (28/03/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 94

El Peruano Sábado 28 de marzo de 2015 549708 el Diario Ofi cial El Peruano, y a la Gerencia de Tecnologías de Información, su publicación en la página Web de la Municipalidad: www.munimolina.gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JUAN CARLOS ZUREK P.F. Alcalde 1218174-2 MUNICIPALIDAD DE LINCE Autorizan viaje de Regidora y Gerente Municipal a España, en comisión de servicios ACUERDO DE CONCEJO Nº 013-2015-MDL Lince, 25 de marzo de 2015 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LINCE POR CUANTO: El Concejo Distrital en Sesión Ordinaria Nº 006-2015 de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, conforme lo establece la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y que dicha autonomía, reconocida por la Constitución Política del Perú, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante documento de fecha 10 de febrero de 2015, INEO, la Asociación Gallega de Empresas dedicadas a las Tecnologías de Información y Comunicación (TIC), está organizando una MISION INTERNACIONAL INVERSA, fi nanciada por el Instituto Gallego de Promoción Económica (IGAPE) y cofi nanciada por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER),por lo que está invitando a distintas personalidades de países como Perú, Argentina y Mexico para visitar la Comunidad de Galicia y, a su vez, conocer los productos y servicios tecnológicos que vienen siendo desarrollados en la ciudad por las empresas TIC Gallegas; Que, en ese sentido, la organización solicita la confi rmación de la participación del titular de la entidad, así como de un (1) representante de Alcaldía, para que participen de este evento internacional, que se desarrollará los días 20, 21 y 22 de abril de 2015, en la ciudad de Santiago de Compostela - España; Que, se ha visto por conveniente que sea la Regidora EMILY CARLA RONCAL OLAYA y el Gerente Municipal, ING. IVAN IGOR RODRIGUEZ JADROSICH, para que en representación de la Municipalidad de Lince, asistan y participen del evento internacional que se llevará a cabo en la ciudad de Santiago de Compostela - España; Que, es importante precisar que los gastos derivados del viaje que demanden la participación de la Regidora y del Gerente Municipal serán asumidos en su totalidad por INEO, los organizadores del evento; Que, el numeral 11) del Artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que corresponde al Concejo Municipal autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la municipalidad, realicen el Alcalde, los Regidores, el Gerente Municipal y cualquier otro funcionario; En uso de las facultades conferidas por los Artículos 9º y 41º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal por UNANIMIDAD; y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta; ACORDÓ: Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje de la Regidora EMILY CARLA RONCAL OLAYA y del Gerente Municipal, ING. IVAN IGOR RODRIGUEZ JADROSICH, para que en representación de la Municipalidad de Lince, asistan al evento denominado MISION INVERSA A GALICIA, que se llevará a cabo en la ciudad de Santiago de Compostela - España, los días 20, 21 y 22 de abril de 2015. Artículo Segundo.- PRECISAR que la participación de la Regidora y del Gerente Municipal en el evento señalado en el artículo precedente, no irrogará gasto económico alguno a la Municipalidad de Lince. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Acuerdo en el diario ofi cial EL PERUANO y a la Subgerencia de Desarrollo Corporativo y Tecnología su publicación en el Portal Institucional. POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. MARTÍN PRÍNCIPE LAINES Alcalde 1217666-1 MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO CHOSICA Aprueban implementación del Programa de Atención Pre Hospitalaria y Social de la Municipalidad ORDENANZA Nº 216-MDL Chosica, 27 de febrero de 2015 POR CUANTO: EL CONCEJO DE LURIGANCHO – CHOSICA, en Sesión de la fecha; y, VISTO: El Dictamen Nº 001-2015-CDHS-MDLCH emitido por la Comisión de Desarrollo Humano y Salud del Concejo Municipal y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 80º, numeral 2) y 4), ítems 2.5) y 4.4) de la Ley Nº 27972, establecen como funciones exclusivas de las municipalidades distritales en materia de saneamiento, salubridad y salud, gestionar la atención primaria de salud, así como construir y equipar postas médicas, botiquines y puestos de salud en los centros poblados que necesiten, en coordinación con las municipales distritales, centros poblados y los organismos regionales y nacionales pertinentes; Que, el artículo 37º de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, establece que los establecimientos de salud y los servicios médicos de apoyo, cualquiera que sea su naturaleza o su modalidad de gestión deben cumplir los requisitos que disponen los reglamentos y normas técnicas que dicta la autoridad de salud a nivel nacional; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 005-2014/ CDL, de fecha 30 de enero del 2014, se declara de interés público local el servicio de Atención Médica de Urgencias y Ambulancia Municipal, por la importancia que este servicio representa a favor de toda la población del distrito; Que, por medio del Informe Nº 007-15-MDLCH/GSC, de fecha 15 de enero del 2015, la Gerencia de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad Distrital de Lurigancho Chosica, remite el Informe Nº 01-2015/MDLCH/GSC/AMA, referente al Informe Técnico del Estudio denominado “Necesidades de Atención Inmediata en Salud mediante la Implementación de Ambulancias Tipo II en el Distrito de Lurigancho Chosica”; el mismo que tiene como objetivo primordial cubrir las necesidades de atención inmediata en salud, que se presentan en las atenciones de urgencias