Norma Legal Oficial del día 02 de mayo del año 2015 (02/05/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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El Peruano Sabado 2 de MORDAZA de 2015

Destituyen personal jurisdiccional de la Corte Superior de Justicia de La MORDAZA
INVESTIGACION ODECMA N° 229-2013-LA MORDAZA
MORDAZA, catorce de enero de dos mil quince. VISTA: La Investigacion ODECMA numero doscientos veintinueve guion dos mil trece guion La MORDAZA que contiene la propuesta de destitucion del servidor judicial MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por su desempeno como Secretario Judicial del Juzgado Mixto del Modulo Basico de Justicia de Huamachuco, Corte Superior de Justicia de La MORDAZA, remitida por la Jefatura de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial mediante resolucion numero dieciocho, de fecha uno de MORDAZA de dos mil catorce; de fojas ciento ochenta y seis a ciento noventa. CONSIDERANDO: Primero. Que se atribuye al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA haber utilizado el equipo de computo que se le proporciono para desarrollar sus funciones como Secretario Judicial del Juzgado Mixto del Modulo Basico de Justicia de Huamachuco, Corte Superior de Justicia de La MORDAZA, con finalidad de redactar documentos que no correspondian al desempeno de su cargo, y que fueron presentados en expedientes judiciales tramitados en Juzgados de la Corte Superior de Justicia de La MORDAZA, vulnerando su deber establecido en los articulos cuarenta y uno, literal a), y cuarenta y tres, literal f), del Reglamento Interno de Trabajo del Poder Judicial; incurriendo en falta muy grave tipificada en el articulo diez, numeral dos, del Reglamento del Regimen Disciplinario de los Auxiliares Jurisdiccionales del Poder Judicial. Segundo. Que la Jefatura de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial propone a este Organo de Gobierno mediante resolucion numero dieciocho, en uno de sus extremos, que se imponga al investigado la medida disciplinaria de destitucion, por su actuacion como Secretario Judicial del Juzgado Mixto del Modulo Basico de Justicia de Huamachuco, Corte Superior de Justicia de La MORDAZA, sustentando que se encuentra acreditado que el mencionado servidor judicial valiendose del cargo que desempenaba; asi como de la informacion que poseia en razon de sus funciones y utilizando el equipo de computo y la logistica que tenia asignada, brindo asesoria juridica privada a los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Surnilda MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Tandaypan MORDAZA, en los Expedientes numeros ciento setenta y seis guion dos mil seis, doscientos guion dos mil seis, ciento ochenta guion dos mil ocho, cuatrocientos treinta y siete guion dos mil diez; y ciento cincuenta y seis guion dos mil once. Mas aun, el Organo de Control de la Magistratura advirtio que en el Expediente numero doscientos guion dos mil seis, el investigado era el encargado de su tramitacion, y pese a ello redacto un escrito a favor de la parte demandada que posteriormente el mismo proveyo; evidenciandose su intencion de favorecer a la senora MORDAZA Surnilda MORDAZA MORDAZA, en perjuicio de los demandantes a traves de la manipulacion del MORDAZA conforme a sus intereses. Por ello, la Jefatura de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial concluye que se encuentra acreditado que el investigado incumplio con su deber de utilizar los equipos y materiales de trabajo que le fueron proporcionados para fines ajenos a los inherentes a las funciones que desarrollaba en el Poder Judicial, en beneficio propio, ejerciendo paralelamente el cargo de Secretario Judicial; y, brindando asesoria legal privada, conductas irregulares que lo desmerecen en el ejercicio del cargo de Secretario Judicial, cuando incluso abandono su cargo un dia despues de emitida la resolucion mediante la cual se abrio el presente procedimiento disciplinario en su contra. En tal sentido, agrega el Organo de Control de la Magistratura, las inconductas funcionales cometidas por el investigado repercuten negativamente en la imagen del Poder Judicial ante la sociedad, lo que justifica la propuesta de imposicion de la medida disciplinaria de destitucion prevista en el articulo diecisiete del Reglamento del Regimen Disciplinario de los Auxiliares Jurisdiccionales del Poder Judicial. Tercero. Que, analizando los hechos atribuidos al investigado y las pruebas aportadas al procedimiento

administrativo disciplinario, se tiene que no aparece descargo alguno efectuado por parte del investigado MORDAZA Vasquez; por lo que mediante resolucion numero nueve de fecha trece de junio de dos mil doce, de fojas ciento tres, fue declarado rebelde. A ello, se auna lo expuesto por el Administrador del Modulo Basico de Justicia de Huamachuco mediante Oficio numero doscientos cuarenta y nueve guion dos mil once guion AM guion MBJ guion Huamachuco, de fecha siete de noviembre de dos mil once, de fojas sesenta y seis, quien comunico que el investigado desde el veinte de octubre de dos mil once, a las dos y cinco minutos de la tarde, se retiro de las instalaciones del organo jurisdiccional, sin autorizacion, y hasta el dia de la fecha no se ha hecho presente en su centro de trabajo, sin que se hubiera recibido alguna comunicacion verbal o escrita sobre el motivo de sus inasistencias. Cuarto. Que, por otro lado, de la revision de los documentos contenidos en la presente investigacion, se puede destacar una serie de hechos que acreditan la responsabilidad disciplinaria del investigado MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vasquez. Asi se tiene: i) El acta de constatacion de hechos irregulares de fecha seis de octubre de dos mil once, de fojas uno, realizado a las diez y treinta minutos de la noche; diligencia que estuvo a cargo del Juez del Juzgado Mixto doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Uriol y del Administrador del Modulo Basico de Justicia, licenciado Wilmer MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quienes intervinieron el equipo de computo asignado al investigado y encontraron dos archivos denominados "nuevo documento Microsoft Word" y "beneficio", lo que se corrobora con las copias impresas de la pagina del sistema operativo de computo, de fojas dos y nueve, de cuyos textos se aprecian que los mismos fueron creados el miercoles seis de octubre de dos mil diez, a las cinco horas con cincuenta y siete minutos y seis segundos de la tarde, y el jueves diecinueve de agosto de dos mil diez, a las doce horas con cincuenta y un minutos y treinta y ocho segundos post meridiano. Todo ello no hace mas que demostrar que el investigado creo los archivos y elaboro los escritos que lo contienen para fines totalmente ajenos a la funcion jurisdiccional, utilizando el equipo de computo que le habia asignado el Poder Judicial, vulnerando sus obligaciones como trabajador judicial previstas en los numerales seis punto uno y siete punto dos punto diez de la Directiva numero cero cero dos guion dos mil diez guion GAG guion PJ, referidas a normas de seguridad de la informacion almacenada en los equipos del Poder Judicial, aprobada por Resolucion Administrativa numero cero veintisiete guion dos mil diez guion CE guion PJ, de fecha veinticinco de enero de dos mil diez. ii) El archivo "nuevo documento Microsoft Word" que contiene los siguientes escritos: a) Dos escritos relacionados al Expediente numero ciento setenta y seis guion dos mil seis del Juzgado de Paz Letrado de Huamachuco, de fojas tres a cuatro, sumillados "se solicita se notifique resolucion numero veintinueve al demandado para los efectos de ley" y "Promueve liquidacion de alimentos", Secretario doctor R. MORDAZA M. en el MORDAZA de reduccion de alimentos, seguido contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ambos con fechas Huamachuco agosto diez de dos mil once. b) Un escrito dirigido al Expediente numero doscientos guion dos mil seis del Juzgado Mixto de MORDAZA MORDAZA, Huamachuco, de fojas cinco a seis, sumillado "demuestra imposibilidad de reparar el dano", Secretario doctor MORDAZA V. en la instruccion por delito de falsedad generica, seguido contra MORDAZA Surnilda MORDAZA MORDAZA en agravio de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y otro, su fecha Huamachuco agosto diecisiete de dos mil once; y, c) Un escrito dirigido al Expediente numero ciento ochenta guion dos mil ocho guion dieciocho guion mil seiscientos ocho guion JR guion PE guion uno del Juzgado de la Investigacion Preparatoria de Huamachuco, de fojas siete a ocho, sumillado "se deje sin efecto requisitorias", dirigido al Especialista Legal doctora MORDAZA MORDAZA en el MORDAZA de omision a la asistencia familiar, seguido contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en agravio MORDAZA I. MORDAZA MORDAZA y otros, su fecha Huamachuco, agosto veintidos de dos mil once. iii) El archivo denominado "beneficio" que contiene los siguientes escritos: a) Un escrito dirigido al senor Gerente o Administrador de la Empresa Minera Pan American MORDAZA Sociedad Anonima Cerrada, de fojas diez a once, sumillado "se otorgue beneficio de asignacion familiar", su fecha MORDAZA agosto veinte de dos mil diez. b) Un escrito relacionado al Expediente numero ciento

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