Norma Legal Oficial del día 08 de mayo del año 2015 (08/05/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

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de dos (02) Juzgados de Paz mediante Resolucion Administrativa N° 101-2008-CE-PJ, un (01) Juzgado de Paz a traves de la Resolucion Administrativa N° 0842014-CE-PJ, un (01) Juzgado de Paz por Resolucion Administrativa N° 085-2014-CE-PJ. Tercero: Mediante Resolucion Administrativa N° 1282014-CE-PJ, de fecha 23 de MORDAZA de 2014, modificada por Resoluciones Administrativas N° 219-2014-CE-PJ, N° 288-2014-CE-PJ, N° 317-2014-CE-PJ y N° 366-2014CE-PJ, se crea el Distrito Judicial de Ventanilla, cuya competencia territorial comprende a los distritos de Mi Peru, Ventanilla, MORDAZA MORDAZA y Ancon. Cuarto: Por Resolucion Administrativa N° 279-2014CE-PJ, de fecha 12 de agosto de 2014, se dispone el funcionamiento de este Distrito Judicial con sede en el Distrito de Ventanilla, a partir del 30 de Setiembre de 2014. Quinto: El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, por Oficio N° 13581-2014-CE-PJ, de fecha 31 de diciembre de 2014, comunica a esta Corte Superior la relacion de organo jurisdiccionales que se encuentran dentro de la competencia territorial del Distrito Judicial de Ventanilla, encontrandose dentro de ellos, los Juzgados de Paz Urbanos. Sexto: Del Informe N° 01-2015-ODAJUP-CSJV/PJ emitido por la Coordinadora de la Oficina Distrital de Apoyo a la Justicia de Paz, fluye que los Juzgados de Paz Urbanos, MORDAZA indicado, vienen funcionando con la identificacion de las Cortes Superior bajo las cuales fueron creados, no obstante a que su ubicacion se enmarca dentro de los distritos de Ventanillas, Mi Peru, MORDAZA MORDAZA y Ancon; es decir, ambito territorial cuya competencia corresponde a la Corte Superior de Justicia de Ventanilla, situacion esta que debe regularizarse, a efectos de que se encuentre acorde a los terminos de la reubicacion de la que han sido objeto, es decir, que forman parte de este Distrito Judicial. Septimo: Resulta necesario precisar, que los Juzgados de Paz mantienen su competencia segun lo establecido por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolucion Administrativa N° 085-2014-CE-PJ de fecha 12 de marzo de 2014, Resolucion Administrativa N° 084-2014-CE-PJ de fecha 12 de marzo de 2014, Resolucion Administrativa N° 255-2010-CE-PJ de fecha 13 de MORDAZA de 2010, Resolucion Administrativa N°1012008-CE-PJ de fecha 23 de MORDAZA de 2008 y la Resolucion Administrativa N° 026-2007-CE-PJ de fecha 31 de enero del 2007. Por tales consideraciones, la Presidencia de la Corte, como MORDAZA autoridad administrativa del Distrito Judicial a su cargo, que dirige la politica interna con el objeto de brindar un eficiente servicio de imparticion de justicia en beneficio del usuario del sistema judicial, y conforme a las facultades conferidas por el inciso 3) y 9) del articulo 90°del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder. SE RESUELVE: Articulo Primero.- DISPONER que los Jueces de Paz MORDAZA que ejercen funciones dentro de la competencia territorial de este Distrito Judicial, esto es, en los distritos de Mi Peru, Ventanilla, Ancon y MORDAZA MORDAZA, adecuen su identificacion como parte integrante del Distrito Judicial de Ventanilla. Articulo Segundo.- DISPONER que la Administracion de esta Corte Superior de Justicia, adopte las medidas pertinentes con el objeto de dar cabal cumplimiento a lo dispuesto en la presente resolucion. Articulo Tercero.- PONER EN CONOCIMIENTO esta Resolucion Administrativa a la Presidencia del Poder Judicial, Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Oficina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz y Justicia Indigena- ONAJUP, Oficina de Control de la Magistratura, Oficina Distrital de Justicia de Paz-ODAJUP, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura, y Oficina de Administracion Distrital de esta Corte Superior, para conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. ELICEA MORDAZA MORDAZA HERRREA DE MORDAZA Presidenta 1233594-1

El Peruano Viernes 8 de MORDAZA de 2015

ORGANOS AUTONOMOS OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES
Designan Gerente de la Oficina de Seguridad y Defensa Nacional
RESOLUCION JEFATURAL Nº 145-2015-J/ONPE MORDAZA, 7 de MORDAZA de 2015 VISTO: El Informe N° 000210-2015-GAJ/ONPE de la Gerencia de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) es un organismo electoral constitucional y MORDAZA que forma parte de la estructura del Estado, cuenta con personeria juridica de derecho publico interno y goza de atribuciones en materia tecnica, administrativa, economica y financiera; Que, el articulo 21° de la Ley N° 26487, Ley Organica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), establece que el vinculo laboral de sus trabajadores corresponde al regimen laboral de la actividad privada. Los puestos de trabajo, MORDAZA permanentes o temporales, seran cubiertos por concurso publico, salvo aquellos calificados como de confianza conforme a las leyes vigentes, que no excederan del diez por ciento (10%) del total respectivo de trabajadores; Que, mediante Resolucion Jefatural N° 144-2015J/ONPE de fecha 07 de MORDAZA de 2015, se declaro a partir del dia siguiente la vacancia de la plaza N° 031 del Cuadro para Asignacion de Personal de la ONPE, aprobado mediante Resolucion Jefatural N° 049-2014-J/ ONPE y actualizado mediante Resoluciones Jefaturales N° 0196-2014-J/ONPE, N° 013-2015-J/ONPE y N° 0932015-J/ONPE, correspondiente al cargo de confianza de Gerente de la Oficina de Seguridad y Defensa Nacional de la Oficina Nacional de Procesos Electorales; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el literal j) del articulo 11° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la ONPE, la Jefatura Nacional, entre otras, tiene como funcion aprobar la contratacion de personal de confianza; Que, conforme a lo dispuesto en el articulo 6° de la Ley N° 27594, todas las resoluciones de designacion o nombramiento de funcionarios en cargos de confianza, surten efecto a partir del dia de su publicacion en el diario oficial El Peruano, salvo disposicion en contrario de la misma que postergue su vigencia; En uso de las facultades contenidas en el articulo 13° de la Ley N° 26487, Ley Organica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales y los literales j) y s) del articulo 11° de su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Resolucion Jefatural N° 063-2014-J/ONPE y modificado por las Resoluciones Jefaturales N° 2162014-J/ONPE y N° 0122-2015-J/ONPE; Con el visado de la Secretaria General y de la Gerencia de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Designar, a partir de la publicacion de la presente Resolucion Jefatural, al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de confianza de Gerente de la Oficina de Seguridad y Defensa Nacional, correspondiente a la plaza N° 031 del Cuadro para Asignacion de Personal de la Oficina Nacional de Procesos Electorales. Articulo Segundo.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en el diario oficial El Peruano y en el MORDAZA institucional www.onpe.gob.pe en el plazo de tres (3) dias de su emision. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe 1234517-1

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