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El Peruano Viernes 8 de mayo de 2015 552244 de dos (02) Juzgados de Paz mediante Resolución Administrativa N° 101-2008-CE-PJ, un (01) Juzgado de Paz a través de la Resolución Administrativa N° 084- 2014-CE-PJ, un (01) Juzgado de Paz por Resolución Administrativa N° 085-2014-CE-PJ. Tercero: Mediante Resolución Administrativa N° 128- 2014-CE-PJ, de fecha 23 de Abril de 2014, modifi cada por Resoluciones Administrativas N° 219-2014-CE-PJ, N° 288-2014-CE-PJ, N° 317-2014-CE-PJ y N° 366-2014- CE-PJ, se crea el Distrito Judicial de Ventanilla, cuya competencia territorial comprende a los distritos de Mi Perú, Ventanilla, Santa Rosa y Ancón. Cuarto: Por Resolución Administrativa N° 279-2014- CE-PJ, de fecha 12 de agosto de 2014, se dispone el funcionamiento de este Distrito Judicial con sede en el Distrito de Ventanilla, a partir del 30 de Setiembre de 2014. Quinto: El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, por Ofi cio N° 13581-2014-CE-PJ, de fecha 31 de diciembre de 2014, comunica a esta Corte Superior la relación de órgano jurisdiccionales que se encuentran dentro de la competencia territorial del Distrito Judicial de Ventanilla, encontrándose dentro de ellos, los Juzgados de Paz Urbanos. Sexto: Del Informe N° 01-2015-ODAJUP-CSJV/PJ emitido por la Coordinadora de la Ofi cina Distrital de Apoyo a la Justicia de Paz, fl uye que los Juzgados de Paz Urbanos, antes indicado, vienen funcionando con la identifi cación de las Cortes Superior bajo las cuales fueron creados, no obstante a que su ubicación se enmarca dentro de los distritos de Ventanillas, Mi Perú, Santa Rosa y Ancón; es decir, ámbito territorial cuya competencia corresponde a la Corte Superior de Justicia de Ventanilla, situación esta que debe regularizarse, a efectos de que se encuentre acorde a los términos de la reubicación de la que han sido objeto, es decir, que forman parte de este Distrito Judicial. Séptimo: Resulta necesario precisar, que los Juzgados de Paz mantienen su competencia según lo establecido por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolución Administrativa N° 085-2014-CE-PJ de fecha 12 de marzo de 2014, Resolución Administrativa N° 084-2014-CE-PJ de fecha 12 de marzo de 2014, Resolución Administrativa N° 255-2010-CE-PJ de fecha 13 de julio de 2010, Resolución Administrativa N°101- 2008-CE-PJ de fecha 23 de abril de 2008 y la Resolución Administrativa N° 026-2007-CE-PJ de fecha 31 de enero del 2007. Por tales consideraciones, la Presidencia de la Corte, como máxima autoridad administrativa del Distrito Judicial a su cargo, que dirige la política interna con el objeto de brindar un efi ciente servicio de impartición de justicia en benefi cio del usuario del sistema judicial, y conforme a las facultades conferidas por el inciso 3) y 9) del articulo 90°del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder. SE RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER que los Jueces de Paz Urbano que ejercen funciones dentro de la competencia territorial de este Distrito Judicial, esto es, en los distritos de Mi Perú, Ventanilla, Ancón y Santa Rosa, adecúen su identifi cación como parte integrante del Distrito Judicial de Ventanilla. Artículo Segundo.- DISPONER que la Administración de esta Corte Superior de Justicia, adopte las medidas pertinentes con el objeto de dar cabal cumplimiento a lo dispuesto en la presente resolución. Artículo Tercero.- PONER EN CONOCIMIENTO esta Resolución Administrativa a la Presidencia del Poder Judicial, Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Ofi cina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz y Justicia Indígena- ONAJUP, Ofi cina de Control de la Magistratura, Ofi cina Distrital de Justicia de Paz-ODAJUP, Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura, y Ofi cina de Administración Distrital de esta Corte Superior, para conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. ELICEA INES ZUÑIGA HERRREA DE LEGUA Presidenta 1233594-1 ORGANOS AUTONOMOS OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES Designan Gerente de la Oficina de Seguridad y Defensa Nacional RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 145-2015-J/ONPE Lima, 7 de mayo de 2015 VISTO: El Informe N° 000210-2015-GAJ/ONPE de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) es un organismo electoral constitucional y autónomo que forma parte de la estructura del Estado, cuenta con personería jurídica de derecho público interno y goza de atribuciones en materia técnica, administrativa, económica y fi nanciera; Que, el artículo 21° de la Ley N° 26487, Ley Orgánica de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), establece que el vínculo laboral de sus trabajadores corresponde al régimen laboral de la actividad privada. Los puestos de trabajo, sean permanentes o temporales, serán cubiertos por concurso público, salvo aquellos califi cados como de confi anza conforme a las leyes vigentes, que no excederán del diez por ciento (10%) del total respectivo de trabajadores; Que, mediante Resolución Jefatural N° 144-2015- J/ONPE de fecha 07 de mayo de 2015, se declaró a partir del día siguiente la vacancia de la plaza N° 031 del Cuadro para Asignación de Personal de la ONPE, aprobado mediante Resolución Jefatural N° 049-2014-J/ ONPE y actualizado mediante Resoluciones Jefaturales N° 0196-2014-J/ONPE, N° 013-2015-J/ONPE y N° 093- 2015-J/ONPE, correspondiente al cargo de confi anza de Gerente de la Ofi cina de Seguridad y Defensa Nacional de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el literal j) del artículo 11° del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, la Jefatura Nacional, entre otras, tiene como función aprobar la contratación de personal de confi anza; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 6° de la Ley N° 27594, todas las resoluciones de designación o nombramiento de funcionarios en cargos de confi anza, surten efecto a partir del día de su publicación en el diario ofi cial El Peruano, salvo disposición en contrario de la misma que postergue su vigencia; En uso de las facultades contenidas en el artículo 13° de la Ley N° 26487, Ley Orgánica de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales y los literales j) y s) del artículo 11° de su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Resolución Jefatural N° 063-2014-J/ONPE y modifi cado por las Resoluciones Jefaturales N° 216- 2014-J/ONPE y N° 0122-2015-J/ONPE; Con el visado de la Secretaría General y de la Gerencia de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar, a partir de la publicación de la presente Resolución Jefatural, al señor Fernando López Villafuerte en el cargo de confi anza de Gerente de la Ofi cina de Seguridad y Defensa Nacional, correspondiente a la plaza N° 031 del Cuadro para Asignación de Personal de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales. Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario ofi cial El Peruano y en el portal institucional www.onpe.gob.pe en el plazo de tres (3) días de su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIANO CUCHO ESPINOZA Jefe 1234517-1