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El Peruano Viernes 8 de mayo de 2015 552227 Sustituyen el numeral I del Anexo de la Res. N° 012-2015-OS/GART RESOLUCIÓN DE GERENCIA ADJUNTA DE REGULACIÓN TARIFARIA ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERIA OSINERGMIN N° 041-2015-OS/GART Lima, 4 de mayo de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29852 se creó el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos (SISE) y el Fondo de Inclusión Social Energético (FISE), estableciéndose así un esquema de compensación social y servicio universal para los sectores más vulnerables de la población. Dicha Ley dispone que las empresas de distribución eléctrica participen en la implementación del mecanismo de descuento y para tal fi n señala que Osinergmin debe establecer los costos administrativos y operativos en que incurran estas empresas para el cumplimiento de las funciones asignadas en dicha norma; Que, mediante Resolución Osinergmin N° 187-2014- OS/CD, se aprobó la Norma “Procedimiento para el reconocimiento de costos administrativos y operativos del FISE de las distribuidoras eléctricas en sus actividades vinculadas con el descuento en la compra del balón de gas” (en adelante la “Norma Costos FISE”), defi niéndose las actividades y criterios a considerar para el reconocimiento de tales costos. En aplicación de lo dispuesto por el artículo 14.1 de la referida norma, para el reconocimiento de las actividades vinculadas al Programa FISE, Osinergmin aprobará los costos estándares unitarios de cada una de las zonas de atención FISE, los cuales serán aplicables a cada distribuidora eléctrica; Que, con Resolución N° 012-2015-OS/GART (en adelante Resolución 012), publicada en el diario ofi cial El Peruano con fecha 25 de febrero de 2015, se aprobaron los costos estándares unitarios de las distribuidoras eléctricas para la implementación y operatividad del FISE y su fórmula de actualización; Que, contra la Resolución 012 las siguientes empresas presentaron recurso de reconsideración: Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electronorte Medio Sociedad Anónima Hidrandina S.A., Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Norte S.A., Electro Ucayali S.A., Electro Dunas S.A.A., Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electronoroeste S.A., Electro Puno S.A.A. y Luz del Sur S.A.A.; Que, como consecuencia de los recursos de reconsideración interpuestos contra la Resolución 012 por las empresas que se señalan en el considerando anterior, se han expedido las Resoluciones Osinergmin N° 028, 029, 030, 037, 038, 039 y 040-2015-OS/GART, respectivamente; Que, por lo dispuesto en las resoluciones indicadas, corresponde que mediante resolución se consigne, con carácter informativo y de manera integral, el numeral I del Anexo que sustituirá al consignado en la Resolución 012, con el fi n de poner a disposición de los interesados un único documento que facilite su aplicación, interpretación y difusión; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos y en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 042- 2005-PCM; en el Reglamento General del OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM; en la Ley N° 29852, Ley que crea el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos y el Fondo de Inclusión Social Energético, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 021-2012-EM; y en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; así como en sus normas modifi catorias, complementarias y conexas; SE RESUELVE Artículo 1°.- Sustitúyase el numeral I del Anexo de la Resolución N° 012-2015-OS/GART de acuerdo con los valores consignados en los cuadros del Anexo de la presente resolución. Artículo 2°.- La presente resolución deberá ser publicada en el diario ofi cial El Peruano. VICTOR ORMEÑO SALCEDO Gerente Adjunto Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria ANEXO I. COSTOS ESTÁNDARES UNITARIOS POR ZONA DE ATENCIÓN FISE 1. Zona Rural Costos Estándares Unitarios de Implementación: Zona Rural (Nuevos Soles) Empresa FISE-14A Costo Unitario por Empadronamiento Costo Unitario por Agente GLP Adinelsa 9,45 32,60 Chavimochic 4,42 0,00 Edecañete 8,95 70,19 Electro Dunas 3,07 35,00 Electro Oriente - Amazonas 2,30 43,50 Electro Oriente - Loreto 3,58 0,00 Electro Oriente - San Martín 3,42 0,00 Electro Puno 8,72 73,56 Electro Sur Este 8,07 48,19 Electrocentro 899 243,25 Electronoroeste 12,96 93,95 Electronorte 9,54 164,36 Emseusac 2,24 0,00 Hidrandina 10,03 217,28 Seal 8,54 45,48 Costos Estándares Unitarios Operativos - Mensual: Zona Rural (Nuevos Soles) Empresa FISE-14B Costo Unitario por Impresión de Vales Costo Unitario por Reparto de Vales a Domicilio Costo Unitario por Entrega de Vales en la Distribuidora Eléctrica Costo Unitario por Canje y Liquidación de Vales Físicos Costo Unitario por Canje de Vales Digitales mediante Banca Celular Costo Unitario por Atención Costo Total por Gestión Administrativa Adinelsa 0,20 0,29 0,29 0,25 0,80 1,11 8 445,84 Chavimochic 0,10 0,16 0,13 0,03 0,80 0,06 0,00 Edecañete 0,02 0,60 0,08 0,00 0,80 1,11 0,00 Electro Dunas 0,18 0,20 0,00 0,00 0,80 0,12 103,52 Electro Oriente - Amazonas 0,00 0,08 0,00 0,00 0,80 0,00 0,00