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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE MAYO DEL AÑO 2015 (08/05/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 54

El Peruano Viernes 8 de mayo de 2015 552240 de este Poder del Estado ubicado en dicha sede, mediante Resolución Administrativa N° 505-2013-CED-CSJLA/PJ, de fecha 19 de noviembre de 2013, el Consejo Ejecutivo Distrital de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque autorizó provisionalmente el funcionamiento del citado Juzgado de Paz Letrado en la sede de la citada Corte Superior, en tanto se habiliten los medios necesarios para su instalación en el Distrito de Chongoyape, y hasta que el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial disponga lo pertinente. Segundo. Que, teniendo en cuenta lo señalado precedentemente, así como la propuesta presentada por el Presidente del Consejo Ejecutivo Distrital de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque,para la reubicación del Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Pucalá al Distrito de Chongoyape, Provincia de Chiclayo, Departamento y Distrito Judicial de Lambayeque; la Subgerencia de Estudios y Proyectos de la Gerencia de Planifi cación de la Gerencia General del Poder Judicial, mediante Informe N° 034-2014-SEP-GP-GG-PJ concluye que es factible la reubicación solicitada al Distrito de Chongoyape, así como establecer que su competencia territorial comprenda los Distritos de Chongoyape y Pucalá, Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque, y el Distrito de Llama, Provincia de Chota, Departamento de Cajamarca, comprensión del Distrito Judicial de Lambayeque. Tal recomendación es sustentada por las mejores condiciones que esta sede ofrece para la protección de la integridad y vida de sus trabajadores; así como de acceso al servicio de justicia por parte de la población. Finalmente, establece que acorde con lo señalado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, la Municipalidad Distrital de Chongoyape ha proporcionado un local para el adecuado funcionamiento del Juzgado de Paz Letrado materia de propuesta de reubicación, y que ésta se llevará a cabo con el personal, mobiliario y equipos del órgano jurisdiccional de Pucalá, por lo que no irrogará gastos al Poder Judicial. Por lo que siendo esto así, deviene en conveniente, aprobar el pedido de reubicación formulado. Tercero. Que, el artículo 82°, incisos 25) y 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la reubicación de órganos jurisdiccionales a nivel nacional, así como la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y efi ciencia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 518-2015 de la vigésimo primera sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Ticona Postigo, De Valdivia Cano, Lecaros Cornejo, Meneses Gonzales y Taboada Pilco; sin la intervención del señor Escalante Cárdenas por encontrarse de vacaciones; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Reubicar el Juzgado de Paz Letrado con sede en el Distrito de Pucalá al Distrito de Chongoyape, con competencia territorial en los Distritos de Chongoyape y Pucalá, Provincia de Chiclayo, así como en el Distrito de Llama, Provincia de Chota, Departamento de Cajamarca, Distrito Judicial de Lambayeque. Artículo Segundo.- Facultar al Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque y a la Gerencia General del Poder Judicial, en cuanto sea de su competencia, a adoptar las acciones y medidas administrativas que sean necesarias para el adecuado cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, Ofi cina de Productividad Judicial, Presidentes de los Equipos Técnicos Institucionales de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal y de la Nueva Ley Procesal del Trabajo; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. S. VÍCTOR TICONA POSTIGO Presidente 1234579-3 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Establecen conformación de diversas Salas de la Corte Superior de Justicia de Lima y designan jueces supernumerarios CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 191-2015-P-CSJLI/PJ Lima, 6 de mayo de 2015 VISTOS Y CONSIDERANDOS: Que, mediante el ingreso número 249911-2015, la doctora Araceli Denyse Baca Cabrera, Juez Superior Titular integrante de la Cuarta Sala Penal Para Procesos con Reos Libres de Lima solicita licencia con goce de haber al amparo de la Ley 30012, solicitando dicha licencia por el periodo de siete días a partir del día 07 de mayo del presente año. Que, mediante el ingreso número 234271-2015 el doctor Omar Toledo Toribio, Presidente de la Cuarta Sala Laboral de Lima solicita hacer uso de sus vacaciones pendientes de goce por el periodo de siete días a partir del día 08 al 14 de mayo del presente año. Que, mediante el ingreso número 205535-2015, el doctor Gunther Hernán Gonzáles Barron, Juez Superior Titular, integrante de la Cuarta Sala Contenciosa Administrativa de Lima actualmente con licencia sin goce de haber, solicita la ampliación de la referida licencia por el lapso de 30 días adicionales por el periodo del 10 de mayo al 08 de junio del presente por motivos estrictamente personales. Que, estando a lo expuesto en los considerandos anteriores, resulta necesario a fi n de no afectar el normal desarrollo de las actividades jurisdiccionales de los diversos órganos jurisdiccionales proceder a la designación de los Jueces conforme corresponda. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un efi ciente servicio de administración de justicia en benefi cio de los justiciables; y en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar y dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional. Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, SE RESUELVE: Artículo Primero: DESIGNAR al doctor JOSE RAMIRO CHUNGA PURIZACA, Juez Titular del 23° Juzgado Especializado en lo Penal de Lima, como Juez Superior Provisional integrante de la Cuarta Sala Penal Para Procesos con Reos Libres de Lima, a partir del día 07 de mayo del presente año y mientras dure la licencia de la doctora Baca Cabrera, quedando conformado el Colegiado de la siguiente manera: CUARTA SALA PENAL PARA PROCESOS CON REOS LIBRES Dr. Julio Enrique Biaggi Gómez Presidente Dr. Raúl Emilio Quezada Muñante (P) Dr. José Ramiro Chunga Purizaca (P) Artículo Segundo: DESIGNAR al doctor HUGO ARNALDO HUERTA RODRIGUEZ, Juez Titular del 1° Juzgado Permanente de Trabajo de Lima, como Juez Superior Provisional integrante de la Cuarta Sala Laboral de Lima, a partir del día 08 de mayo del presente año, y mientras duren las vacaciones del doctor Toledo Toribio, quedando conformado el Colegiado de la siguiente manera: