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El Peruano Sábado 9 de mayo de 2015 552303 1.17 Autorizar las encargaturas de personal de responsabilidad directiva. 1.18 Aprobar el Plan de Reconocimiento, Estímulo y Bienestar para el Personal de OSITRAN, y sus modifi caciones, de ser el caso. En materia de Contabilidad 1.19 Presentar a la Dirección Nacional de Contabilidad Pública, las rendiciones de cuentas de la Entidad. 1.20 Suscribir y remitir la información requerida para la elaboración de la Cuenta General de la República hasta el 31 de marzo del año siguiente al ejercicio fi scal materia de rendición de cuenta. 1.21 Implementar las recomendaciones y subsanar las observaciones de la Contraloría General de la República en materia de contabilidad. Artículo 2.- Delegar en el Gerente de Administración, la aprobación de los expedientes de contratación que se generen en el marco del Decreto Supremo Nº 035-2001- PCM y sus normas complementarias; asimismo, se le delega, en materia de Contrataciones del Estado en el marco del Decreto Legislativo Nº 1017 y modifi catorias, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 184- 2008-EF y modifi catorias, las siguientes atribuciones: 2.1 Aprobar las Bases de las Adjudicaciones de Menor Cuantía y Adjudicaciones Directas (Públicas y Selectivas), así como de las Adjudicaciones de Menor Cuantía derivadas de dichos procesos. 2.2 Aprobar los expedientes de contratación de los procesos de selección llevados a cabo por la Entidad. Artículo 3.- Las delegaciones de facultades a que se refi ere la presente Resolución, comprenden las atribuciones de decidir y resolver, pero no exime de la obligación de cumplir con los requisitos legales y procedimientos establecidos según el caso. Artículo 4.- Delegar en el Gerente General la representación legal de la Entidad a que se refi ere el artículo 8 del ROF de OSITRAN. Artículo 5.- Dejar sin efecto las Resoluciones de Presidencia Nº 004-2010-PD-OSITRAN, Nº 075-2012- PD-OSITRAN, Nº 015-2013-PD-OSITRAN, Nº 035-2013- PD-OSITRAN y Nº 060-2013-PD-OSITRAN, así como todos los actos resolutivos que se opongan a lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional del OSITRAN (www.ositran.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA BENAVENTE DONAYRE Presidente del Consejo Directivo 1235180-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS AUTORIDAD PORTUARIA NACIONAL Otorgan a PETROPERÚ S.A. la habilitación portuaria para iniciar la obra de ampliación de infraestructura portuaria, destinada a la construcción del “Nuevo Muelle Híbrido MU2” del proyecto Modernización Refinería Talara RESOLUCIÓN DE ACUERDO DE DIRECTORIO Nº 015-2015-APN/DIR Callao, 30 de abril de 2015 VISTA: La Carta PMRT-CT-0645-2014 de fecha 04 de noviembre de 2014 de la empresa PETROPERÚ S.A. mediante la cual ha solicitado a la Autoridad Portuaria Nacional (en adelante APN) el otorgamiento de Habilitación Portuaria para la construcción del “Nuevo Muelle Híbrido MU2” del proyecto Modernización Refi nería Talara, ubicada en el distrito de Pariñas, provincia de Talara, departamento de Piura. CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 27943, Ley del Sistema Portuario Nacional (en adelante, “LSPN”), publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano” con fecha 01 de marzo de 2003, se creó la APN como un organismo público descentralizado (ahora, organismo técnico especializado, de acuerdo con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, así como en los Decretos Supremos Nº 034- 2008-PCM y Nº 048-2010-PCM), encargado del Sistema Portuario Nacional, adscrito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, dependiente del Ministro, con personería jurídica de derecho público interno, patrimonio propio, y con autonomía administrativa, funcional, técnica, económica, fi nanciera y facultad normativa por delegación del Ministro de Transportes y Comunicaciones; Que, de conformidad con lo prescrito en la novena disposición transitoria y fi nal del Reglamento de la LSPN, aprobado por el Decreto Supremo Nº 003-2004-MTC (en adelante, “RLSPN”), modifi cado por el artículo 1 del REQUISITO PARA PUBLICACIÏN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un diskette, cd rom o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. LA DIRECCIÓN