TEXTO PAGINA: 18
El Peruano Sábado 9 de mayo de 2015 552296 es responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla; Que, el literal a) del artículo 5° del Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, establece que el Ministerio de Salud tiene como función rectora el formular, planear, dirigir, coordinar ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial de Promoción de la Salud, Prevención de Enfermedades, Recuperación y Rehabilitación en Salud, bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; Que, el literal h) del artículo 7° del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2003-SA, establece que el Instituto Nacional de Salud tiene como objetivo funcional institucional el proponer políticas, planes y normas en investigación y transferencia tecnológica en salud en coordinación con los Institutos Especializados, órganos competentes del Ministerio de Salud y comunidad científi ca nacional e internacional; Que, mediante Decreto Supremo N° 034-2008- PCM, se califi ca al Instituto Nacional de Salud como un Organismo Público Ejecutor; Que, mediante el documento del visto, el Instituto Nacional de Salud ha propuesto para su aprobación la “Guía Técnica para la Valoración Nutricional Antropométrica de la Persona Adolescente”, con la fi nalidad de contribuir a la promoción y protección del estado de salud de las personas adolescentes, mediante la valoración nutricional antropométrica en la atención integral de salud; Estando a lo propuesto por el Instituto Nacional de Salud; Con el visado del Jefe del Instituto Nacional de Salud, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, del Viceministro de Salud Pública y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y, De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar la “Guía Técnica para la Valoración Nutricional Antropométrica de la Persona Adolescente”, la misma que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2°.- Encargar al Instituto Nacional de Salud, a través del Centro Nacional de Alimentación y Nutrición, en coordinación con la Dirección General de Salud de las Personas, la difusión, y evaluación de la presente Guía Técnica. Artículo 3°.- Disponer que el Instituto de Gestión de Servicios de Salud, así como las Direcciones Regionales de Salud y las Gerencias Regionales de Salud o las que hagan sus veces en el nivel regional, sean responsables de la difusión, implementación, monitoreo y supervisión de la presente Guía Técnica, dentro del ámbito de sus respectivas jurisdicciones. Artículo 4°.- Encargar a la Ofi cina General de Comunicaciones la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Salud, en la dirección http://www.minsa.gob.pe/transparencia/ normas.asp. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANÍBAL VELÁSQUEZ VALDIVIA Ministro de Salud 1234586-1 Aceptan renuncia de Ejecutivo Adjunto I de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 285-2015/MINSA Lima, 8 de mayo del 2015 Visto, el Expediente Nº 15-020600-001, que contiene la renuncia formulada por el abogado Julio Antonio Vivas Alcocer, Ejecutivo Adjunto I de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 105-2014/ MINSA, de fecha 5 de febrero de 2014, se designó al abogado Julio Antonio Vivas Alcocer en el cargo de Ejecutivo Adjunto I, Nivel F-4, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud; Que, con documento de visto, de fecha 28 de febrero de 2015, el abogado Julio Antonio Vivas Alcocer, formula renuncia al cargo en el que fuera designado mediante Resolución Ministerial Nº 105- 2014/MINSA; Que, a través del Informe Nº 191-2015-EIE- OGGRH/MINSA, la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, emite opinión favorable respecto a lo solicitado por el citado profesional, señalando que procede aceptar la renuncia formulada; Que, en mérito a lo señalado en los considerandos precedentes, resulta pertinente adoptar las acciones de personal necesarias a fi n de asegurar el normal funcionamiento de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud; Con el visado de la Directora General de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y de la Secretaria General; y, De conformidad con lo previsto en el numeral 8) del artículo 25° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y en el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia formulada por el abogado Julio Antonio Vivas Alcocer, al cargo de Ejecutivo Adjunto I, Nivel F-4, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANÍBAL VELÁSQUEZ VALDIVIA Ministro de Salud 1235195-1 Modifican el Documento Técnico: Plan Nacional “Bienvenidos a la Vida” en el marco de las acciones de fortalecimiento para la reducción de la morbimortalidad neonatal en el Perú 2015 - 2016 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 286-2015/MINSA Lima, 8 de mayo del 2015 Visto, el Expediente Nº 15-045648-001, que contiene el Informe N° 102-2015-DGSP-DAIS-EVN/MINSA, promovido por la Dirección General de Salud de las Personas; CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 del Decreto Supremo Nº 020-2014-SA, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud establece que el aseguramiento universal en salud es un proceso orientado a lograr que toda la población residente en el territorio nacional disponga de un seguro de salud que le permita acceder a un conjunto de prestaciones de salud de carácter preventivo, promocional, recuperativo y de rehabilitación, en condiciones adecuadas de efi ciencia, equidad, oportunidad, calidad y dignidad, sobre la base del Plan Esencial de Aseguramiento en Salud (PEAS). Asimismo, en su artículo 29 indica que el Régimen de Financiamiento del Aseguramiento Universal en Salud está orientado principalmente a las poblaciones más vulnerables y de menores recursos económicos y se otorga a través del Seguro Integral de Salud (SIS); Que, en dicho contexto, mediante Resolución Ministerial N° 997-2014/MINSA, se aprobó el Documento