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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE MAYO DEL AÑO 2015 (12/05/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 14

El Peruano Martes 12 de mayo de 2015 552380 su declaratoria de viabilidad, en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP). b. Brindar asesoramiento y emitir opinión técnica sobre proyectos de inversión y otros temas relacionados con el Sistema Nacional de Inversión Pública, en el marco de su competencia. c. Efectuar la supervisión y el seguimiento a los proyectos de inversión pública declarados viables y en ejecución, en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública, informando periódicamente del estado de los mismos a la O¿ cina General de Planeamiento y Presupuesto. d. Elaborar el Programa Multianual de Inversión Pública del Sector para la consideración del órgano resolutivo. e. Coordinar y participar en la elaboración del Presupuesto Multianual de Inversión pública en coordinación con los órganos competentes, de acuerdo a la normativa vigente. f. Coordinar con los órganos competentes del Ministerio, la supervisión y seguimiento de los proyectos de inversión pública declarados viables y en ejecución. g. Desarrollar acciones de capacitación y asistencia técnica a los órganos, programas del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP y a sus organismos públicos y entidades adscritas, así como a los gobiernos locales y regionales. h. Proponer lineamientos, directivas y pautas metodológicas relacionadas con el Sistema Nacional de Inversión Pública. i. Efectuar el seguimiento, revisión y actualización periódica de la información contenida en los aplicativos informáticos relacionados con el Sistema Nacional de Inversión Pública, en el marco de su competencia. j. Otras funciones que le sean asignadas por la O¿ cina General de Planeamiento y Presupuesto o le correspondan de acuerdo a las disposiciones vigentes. Artículo 42-A.- De las Funciones de la Ofi cina de Contabilidad La O¿ cina de Contabilidad tiene las siguientes funciones: a. Plani¿ car y dirigir la programación, ejecución y evaluación de los procesos técnicos de acuerdo al Sistema Nacional de Contabilidad. b. Proponer y actualizar directivas, normas, manuales y otros relacionados al Sistema Nacional de Contabilidad que se requiera para el mejor desempeño de las funciones. c. Efectuar el registro contable de las operaciones presupuestales, patrimoniales y ¿ nancieras de ingresos y egresos del MIMP. d. Conducir la fase de ejecución presupuestaria en sus etapas de compromiso y devengado, así como el registro de las rendiciones de cuentas en el Sistema Integrado de Administración Financiera del Sector Público (SIAF). e. Formular y remitir, a las entidades competentes, los estados ¿ nancieros y presupuestarios e información complementaria correspondiente, en forma oportuna y en el marco de la normativa vigente, a nivel de unidad ejecutora y su correspondiente consolidación a nivel de pliego. f. Ejecutar el control previo a las rendiciones y a la liquidación de los fondos otorgados a los funcionarios y servidores del ministerio, así como los fondos entregados a otras entidades con cargo a rendir cuenta, dentro del marco de la normativa vigente. g. Ejercer el control previo de todas las operaciones ¿ nancieras, presupuestarias y administrativas del MIMP, proponiendo oportunamente los ajustes y correcciones necesarios según corresponda. h. Practicar arqueo a los fondos y valores del MIMP de acuerdo a normativa vigente. i. Realizar el registro y control de los inventarios de existencia y bienes patrimoniales del MIMP, así como el