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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE MAYO DEL AÑO 2015 (20/05/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 119

El Peruano Miércoles 20 de mayo de 2015 552937 de construcciones de infraestructura y servicios públicos municipales al sector privado a través de concesiones o cualquier otra forma de participación de la inversión privada permitida por Ley; conforme a los artículos 32º y 35º de la presente ley”. Por lo que, de conformidad con los Artículos 17º y 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, y con la dispensa de la lectura y aprobación del acta para tomar el acuerdo, por el voto unánime de los señores Regidores. SE ACORDO: Artículo Primero.- DECLARAR DE INTERÉS la Iniciativa Privada “Ampliación de la planta de tratamiento de residuos sólidos de la Municipalidad Provincial de Cajamarca”, presentada por la empresa PROACTIVA MEDIO AMBIENTE PERÚ SAC con la condición de que, culminado los noventa (90) días que dura el proceso y si no se presenta ningún otro postor, el proyecto de contrato sea sometido a discusión del Pleno del Concejo para su aprobación y que sólo en ese caso podría ser viable la concesión o asociación pública – privada o la denominación que se tome de acuerdo al Decreto Legislativo Nº 1012. Artículo Segundo.- ENCARGAR al Comité Especial de Promoción de la Inversión Privada – CEPRI, de la Municipalidad Provincial de Cajamarca, la ejecución íntegra del presente Acuerdo de Concejo y de ser el caso proponer la introducción de ampliaciones que considere conveniente y/o necesarias en el contenido y diseño de la iniciativa privada, con cargo a dar informe al Concejo Municipal, de conformidad con lo estipulado en el Decreto Legislativo Nº 1012 y su reglamento. Artículo Tercero.- ENCARGAR al Comité Especial de Promoción de la Inversión Privada – CEPRI, de la Municipalidad Provincial de Cajamarca, realizar la notifi cación del presente acuerdo a las instancias correspondientes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MANUEL ANTENOR BECERRA VILCHEZ Alcalde Provincial DECLARACIÓN DE INTERÉS DE LA INICIATIVA PRIVADA “AMPLIACIÓN DE LA PLANTA DE TRATAMIENTO DE RESIDUOS SÓLIDOS DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAJAMARCA” Resumen del Proyecto contenido en la Iniciativa Privada I. RESUMEN DEL PROYECTO A. OBJETO Y ALCANCE DEL PROYECTO DE INVERSIÓN El Proyecto comprende una Asociación Público Privada que contempla el otorgamiento de un derecho de concesión para la ampliación de la Planta de Tratamiento de Residuos Sólidos de la Municipalidad Provincial de Cajamarca, en adelante la “MPC”. Su objetivo es mejorar la efi ciencia y capacidad de la infraestructura de tratamiento y disposición fi nal de residuos sólidos existente, mediante el aporte de experiencia, conocimiento, tecnología y desarrollo de nuevas soluciones a favor de la Provincia de Cajamarca, contribuyendo a mejorar la calidad de vida de la población. El derecho de concesión comprende el diseño, fi nanciamiento, construcción, operación y mantenimiento de una infraestructura de tratamiento de lixiviados, así como la operación y mantenimiento de la infraestructura actual operada por la MPC del Relleno Sanitario, relleno de seguridad y el diseño, fi nanciamiento, construcción, operación y mantenimiento de etapas futuras de disposición fi nal, así como otros servicios complementarios, en adelante el “Proyecto”. La Sociedad Concesionaria deberá implementar Sistemas de Gestión Ambiental con base a la norma ISO 14001 y el Sistema de Cálculo de la Huella de Carbono de la prestación del servicio, minimizando las emisiones directas e indirectas de gases de efecto invernadero asociadas a las actividades operacionales y administrativas. B. BIENES Y/O SERVICIOS PÚBLICOS SOBRE LOS CUALES SE DESARROLLARÁ EL PROYECTO El Proyecto recae en la operación y mantenimiento de la disposición fi nal de residuos sólidos, la implementación de una planta de tratamiento de lixiviados y la construcción y operación de las etapas de disposición fi nal en el terreno actual ubicado en el Distrito de Jesús, que permitirá a la MPC prestar sanitaria y ambientalmente el servicio público de disposición fi nal de residuos sólidos municipales, así como la disposición fi nal de residuos sólidos hospitalarios y residuos industriales peligrosos y no peligrosos. C. MODALIDAD CONTRACTUAL DE PARTICIPACIÓN DE LA INVERSIÓN PRIVADA Y PLAZO DEL CONTRATO La modalidad contractual contempla una Concesión de carácter Autosostenible que se fi nanciará exclusivamente con parte de los aportes de los vecinos contribuyentes del distrito que se recauda a través del Arbitrio de Limpieza Pública, considerando la elaboración de la ingeniería, la construcción de una infraestructura y, su operación y mantenimiento. El plazo y vigencia del contrato es de veinte (20) años contados desde su suscripción, con posibilidad de renovación previo acuerdo entre las partes. El plazo mencionado, incluye el mantenimiento y operación. D. MONTO REFERENCIAL DE LA INVERSIÓN La inversión necesaria estimada para el desarrollo del Proyecto, asciende a S/. 13, 023,576, incluido el Impuesto General a las Ventas (IGV), más los gastos pre- operativos. E. CRONOGRAMA TENTATIVO DEL PROCESO DE INVERSIÓN. (en nuevos soles) F. FORMA DE RETRIBUCIÓN PROPUESTA El Proyecto se fi nanciará mediante el pago de una Tarifa por Residuos Municipales, recuperación de la inversión en infraestructura, así como todos los costos por operación y mantenimiento a través del pago mensual de una tarifa por tonelada de residuos municipales dispuestos, más el Impuesto General a las Ventas (IGV). Asimismo, se prevé que los terceros generadores de residuos, cancelen a favor de la cancelada por la MPC a favor de la Sociedad Concesionaria, que incluirá la Sociedad Concesionaria, una Tarifa por Residuos de Terceros que se compone por: i) una tarifa por tonelada de residuos no peligrosos generados por terceros y ii) una tarifa por tonelada de residuos biocontaminantes hospitalarios, según sea el sujeto generador, más el Impuesto General a las Ventas (IGV). Considerando que esta última Tarifa, provendrá del uso de los bienes concesionados a favor de terceros distintos a la MPC, la Sociedad concesionaria deberá destinar el 15% del valor de esta Tarifa sin considerar el IGV a favor de la MPC, como Retribución por dicho uso de bienes. Dicho monto, será destinado a las cuentas del Fideicomiso que se crearán con ocasión del Proyecto. Se prevé que las tarifas serán ajustadas anualmente por motivo de variación en el Índice General de