Norma Legal Oficial del día 20 de mayo del año 2015 (20/05/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 115

El Peruano Miercoles 20 de MORDAZA de 2015

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Que, mediante el Informe Nº 003-2014/MDV-GPVRC, la Gerencia de Participacion Vecinal y Relaciones Comunitarias, donde se solicita la creacion de la Jefatura de Relaciones Comunitarias del distrito; Que actualmente, la estructura organica de la Gerencia de Participacion Vecinal y Relaciones Comunitarias contempla dos Subgerencias las mismas que responden a funciones de especialidad tal como son la Subgerencia de Organizaciones Sociales y Participacion Vecinal y la Subgerencia de Programas Sociales, dejando las funciones de relaciones comunitarias a cargo de la Gerencia; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de MunicipalidadesLey 27972; el Concejo Municipal con el MORDAZA POR UNANIMIDAD; y con la dispensa de la lectura y aprobacion del Acta, aprobo la siguiente ordenanza. ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA MODIFICACION DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES (ROF) Y EL CUADRO CUADRO DE ASIGNACION DEL PERSONAL - (CAP) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA Articulo 1º.- APROBAR la modificacion del Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Ventanilla, aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº 020-2014/MDV, de acuerdo al Anexo 1 que forma parte integrante de la presente Ordenanza Municipal. Articulo 2º.- FACULTAR al Senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia expida las normas reglamentarias necesarias para la aplicacion de la presente ordenanza. Articulo 3º.- PUBLICAR la presente ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y el texto actualizado del Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) en el MORDAZA Institucional www.muniventanilla.gob.pe y en el MORDAZA del Estado Peruano www.peru.gob.pe. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1238531-4

Articulo 3º.- Disponer la publicacion de la presente ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y el integro del Anexo 1 en el MORDAZA institucional de la Municipalidad Distrital de Ventanilla, cuya direccion es www.muniventanilla.gob.pe. Articulo 4º.- Derogase los dispositivos legales que se contrapongan a la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1238531-3

Aprueban la modificacion del Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) de la Municipalidad
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 4-2015/MDV Ventanilla, 14 de enero de 2015 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA VISTO: En Sesion Ordinaria del Concejo Municipal de 14 de enero de 2015 CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, establece que las Municipalidades gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de competencia, en concordancia con lo previsto en el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades; Que, el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Municipalidad Distrital de Ventanilla es el documento tecnico normativo de gestion institucional que formaliza la estructura organica de la Entidad orientada al esfuerzo institucional y al logro de su Vision y Objetivos Institucionales. Contiene las funciones generales de la entidad y las funciones especificas; Que, de acuerdo al Decreto Supremo Nº 004-2013PCM, se aprueba la Politica Nacional de Modernizacion de la Gestion Publica, de obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno en todos sus niveles, se encuentra orientada a la adopcion de un enfoque de gestion basado en procesos, el cual se vincula directamente con el objetivo general de "Orientar, articular e impulsar en todas las entidades publicas, el MORDAZA de modernizacion hacia una gestion publica para resultados que impacte positivamente en el bienestar del ciudadano y el desarrollo del pais", para lo cual ha identificado y definido los procesos necesarios para el funcionamiento de la Institucion, considerando los objetivos y resultados esperados planteados en el Plan de Desarrollo Local Concertado del Distrito y el Plan Estrategico Institucional. Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 020-2014/ MDV, se modifico el Reglamento de Organizacion y Funciones el mismo que creo la Gerencia de Deportes con la finalidad de implementar una Politica Publica Deportiva; Que, mediante el Informe Nº 003-2014/MDVGD, la Gerencia de Deporte, solicita la creacion de la Subgerencia de Actividades Deportivas y Recreativas, basado en el supuesto de que es necesario fortalecer la gestion del deporte, la recreacion y la actividad fisica en los espacios publicos, entre los que se encuentran los MORDAZA deportivos de la municipalidad y otros que se consideren pertinentes; Que de acuerdo a lo solicitado y planteado por la Gerencia de Deporte en lo referente a la distribucion de las funciones y de acuerdo al Decreto Supremo Nº 0432006-PCM, en su articulo 10º senala los criterios para la elaboracion de ROF, en su literal c) menciona el MORDAZA de especialidad conforme al cual se debe distribuir las funciones y eliminar conflictos de competencia y cualquier duplicidad de funciones entre sus organos y unidades organicas;

Aprueban remuneracion mensual de MORDAZA y de dieta de regidores
ACUERDO DE CONCEJO Nº 6-2015/MDV-CDV Ventanilla, 14 de enero de 2015 EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE VENTANILLA VISTO: En Sesion Ordinaria del Concejo Municipal Distrital, de 14 de enero de 2015; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, establece que las Municipalidades gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia, con lo previsto en el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 02-2011/ MDV-CDV de 31 de enero de 2011, el Concejo Municipal de Ventanilla aprobo la propuesta que establecio la remuneracion mensual del MORDAZA en S/. 8,450.00 Nuevos Soles y las dietas de los Regidores Miembros del Concejo hasta un MORDAZA de S/. 2,535.00 Nuevos Soles, por la asistencia a dos (2) Sesiones de Concejo Ordinarias; correspondientes al ejercicio presupuestal 2011; Que, el articulo 4º inciso e) de la Ley Nº 28212 - Ley que regula los ingresos de los altos funcionarios y Autoridades del Estado indica: "Los Alcaldes provinciales y distritales reciben una remuneracion mensual, que es fijada por el

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