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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE MAYO DEL AÑO 2015 (20/05/2015)

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El Peruano Miércoles 20 de mayo de 2015 552936 RESUELVE: Artículo 1º.- DESIGNAR al señor CHRISTIAN ENRICO BULEJE PUN, Gerente de Tecnologías de la Información y Telecomunicaciones como responsable del Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Ventanilla, www.muniventanilla.gob.pe, a quien se le encargará el manejo y actualización permanente del mismo conforme a lo establecido en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y demás normas complementarias. Artículo 2º.- DISPONER que todas las unidades orgánicas remitan al funcionario designado la información que requiera ser publicada en el Portal Institucional, dentro de los plazos correspondientes. Artículo 3º.- ENCARGAR a la Gerencia Legal y Secretaría Municipal la notifi cación de la presente Resolución al interesado y a las diferentes unidades orgánicas de esta Municipalidad. Regístrese y comuníquese. OMAR ALFREDO MARCOS ARTEAGA Alcalde 1238531-6 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAJAMARCA Declaran de interés la iniciativa privada “Ampliación de la planta de tratamiento de residuos sólidos de la Municipalidad Provincial de Cajamarca” ACUERDO DE CONCEJO Nº 035-2015-EXT-CMPC Cajamarca, 20 de abril de 2015 VISTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal de fecha 20 de Abril de 2015, el Punto de Agenda referido al INFORME Nº 002-2015-COMITÉ-CEPRI-MPC, de fecha 17 de abril de 2015 sobre aprobación de declaratoria de Interés de la Iniciativa Privada denominada “AMPLIACIÓN DE LA PLANTA DE TRATAMIENTO DE RESIDUOS SÓLIDOS DE LA MUNICIPALIDAD DE CAJAMARCA”, Presentada por la Empresa PROACTIVA MEDIO AMBIENTE PERU SAC; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modifi cado por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, “Las Municipalidades son Gobiernos Locales con Autonomía Política, económica y Administrativa en los asuntos de su competencia; en concordancia con lo preceptuado en el Art. II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972”. Que, el artículo 18º de la Ley Nº 28059 – Ley Marco de la Promoción de la Inversión Descentralizada, establece que a fi n de llevar a cabo el diseño y conducción de los procesos de promoción de la inversión privada, el Gobierno regional o Local conformará comités de promoción de la inversión privada en su jurisdicción. Que, el inciso d) del Artículo 4º del Decreto Supremo 015-2004-PCM – Reglamento de la Ley Marco de la Promoción de la Inversión Descentralizada, establece que el Comité Especial de Promoción de la Inversión Privada es el órgano colegiado constituido por el Organismo Promotor de la Inversión Privada y se encarga de la ejecución de uno o más procedimiento vinculados a la aplicación de las modalidades de participación de la inversión privada. Dichos órganos son de carácter temporal, extendiéndose su permanencia únicamente por el plazo previsto para los procedimientos a que se hecho referencia. Que, el Artículo 2º de la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, atribuye a la autoridad administrativa la potestad de someter el acto administrativo a condición, término o modo, siempre que dichos elementos incorporables al acto sean compatibles con el ordenamiento legal o cuando se trate de asegurar con ellos el cumplimiento del fi n público que persigue el acto; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 131-2015- A-MPC de fecha 19 marzo del 2015, se designa a los miembros del Comité Especial de Promoción de la Inversión Privada - CEPRI a fi n de impulsar el proceso de promoción de la inversión privada para la Iniciativa Privada denominada AMPLIACIÓN DE LA PLANTA DE TRATAMIENTO DE RESIDUOS SÓLIDOS DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAJAMARCA”, presentada por la empresa PROACTIVA MEDIO AMBIENTE PERÚ SAC. Que mediante Informe del Visto y actuados, el Comité Especial de Promoción de la Inversión Privada – CEPRI remite la Declaratoria de Interés de la Iniciativa Privada denominada AMPLIACIÓN DE LA PLANTA DE TRATAMIENTO DE RESIDUOS SÓLIDOS DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAJAMARCA”, presentada por la empresa PROACTIVA MEDIO AMBIENTE PERÚ SAC., para su aprobación por parte del Concejo Municipal con la fi nalidad de ser publicado posteriormente en el Diario Ofi cial El Peruano y en el de mayor circulación local de conformidad con lo establecido en la “Ley Marco de Asociaciones Público Privadas para la generación del empleo productivo y dicta normas para la agilización de los procesos de promoción de la inversión Privada aprobado mediante Decreto Legislativo Nº 1012. Que, mediante Informe Legal Nº 293-2015-OAJ-MPC de fecha 13 de Abril del 2015, el Director de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, luego de un análisis exhaustivo de la Iniciativa Privada presentada por la empresa PROACTIVA MEDIO AMBIENTE PERÚ SAC, “Ampliación de la planta de tratamiento de residuos sólidos de la Municipalidad Provincial de Cajamarca”, concluye OPINANDO que la IP antes referida se encuentra dentro del marco legal que regula la Ley Marco de Asociaciones Publico Privadas y su reglamento y demás normas aplicables al caso concreto y por tanto debe continuar su trámite conforme a ley. Que, mediante Informe Nº 143-2015-GDA-MPC de la Gerencia de Medio Ambiente de fecha 13 de abril del 2015, luego de las conclusiones a la Iniciativa Privada presentada por la empresa PROACTIVA MEDIO AMBIENTE PERÚ SAC, “Ampliación de la planta de tratamiento de residuos sólidos de la Municipalidad Provincial de Cajamarca”, recomienda que por encontrase social, técnica y ambientalmente enmarcada dentro de la legislación vigente, debe continuar su trámite conforme a ley. Que, con INFORME Nº 003 - 2015-CEPRI-MPC el Comité Especial de Promoción de la Inversión Privada – CEPRI se pronuncia en forma favorable y por la aprobación de la Declaratoria de Interés precitada. Que, en Sesión Extraordinaria se solicita se declare de Interés la Iniciativa Privada presentada por la empresa PROACTIVA MEDIO AMBIENTE PERÚ SAC, “Ampliación de la planta de tratamiento de residuos sólidos de la Municipalidad Provincial de Cajamarca”, y se encargue al Comité Especial de Promoción de la Inversión Privada – CEPRI realice los procedimiento correspondientes de acuerdo a lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1012 y su reglamento. Que, asimismo en la misma Sesión Extraordinaria se solicita que la citada Declaratoria de Interés se condicione a que, culminado los noventa (90) días que dura el proceso y si no se presenta ningún otro postor, el proyecto de contrato sea sometido a discusión del Pleno del Concejo para su aprobación y que solo en ese caso podría ser viable la concesión o asociación pública – privada o la denominación que se tome de acuerdo al Decreto Legislativo Nº 1012. Que, durante Sesión Extraordinaria el pedido de declaratoria de Interés de la Iniciativa Privada presentada por la empresa PROACTIVA MEDIO AMBIENTE PERU SAC, “Ampliación de la planta de tratamiento de residuos sólidos de la Municipalidad Provincial de Cajamarca” fue sometido a consideración del Pleno resultando aprobado por UNANIMIDAD tal y como consta en el Acta de Sesión Extraordinaria de la fecha. Que, la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, en el numeral 18) del Artículo 9º defi ne como atribución del Concejo Municipal: “Aprobar la entrega