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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE MAYO DEL AÑO 2015 (20/05/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 113

El Peruano Miércoles 20 de mayo de 2015 552931 CM-MDS de la Comisión de Seguridad Ciudadana y Asuntos Legales, Memorándum Nº 040-2015-GM-MDS de fecha 13 de marzo de 2015 de la Gerencia Municipal, Informe Nº 086-2015-GAJ-MDS de fecha 23 de marzo de 2015 de la Gerencia de Asesoría Jurídica e Informe Nº 10-2015-GSC-MDS de fecha 06 de marzo de 2015 de la Gerencia de Seguridad Ciudadana, respecto del proyecto de Ordenanza que aprueba el Plan Local de Seguridad Ciudadana 2015; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú establece que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. De igual modo, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, prescribe que la autonomía que la Carta Magna establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, según el artículo 9º numeral 8 de la Ley Nº 27972, le corresponde al Concejo Municipal aprobar, modifi car o derogar las ordenanzas; Que, mediante Ley Nº 27933 se crea el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, como sistema funcional encargado de asegurar el cumplimiento de las políticas públicas que orientan la intervención del Estado en dicha materia, para garantizar la seguridad, la paz, la tranquilidad y el cumplimiento y respeto de las garantías individuales y sociales a nivel nacional a fi n de generar paz social y proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades; Que, según el artículo 8º del Decreto Supremo Nº 011-2014-IN, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 27933, los Comités Distritales de Seguridad Ciudadana (CODISEC) son uno de los componentes del mencionado Sistema, constituyen una instancia de diálogo, coordinación y elaboración de políticas, planes, programas, directivas y actividades vinculadas a la seguridad ciudadana, en el ámbito distrital; son presididas por el Alcalde Distrital de la jurisdicción respectiva, recayendo la Secretaría Técnica en la Gerencia de Seguridad Ciudadana correspondiente; Que, de igual modo según el artículo 30º del citado Reglamento, son funciones de la Secretaría Técnica, entre otras, presentar el proyecto de Plan Distrital de Seguridad Ciudadana al CODISEC para su aprobación, además de presentar dicho Plan aprobado por el CODISEC al Concejo Municipal distrital, para su ratifi cación mediante ordenanza; Que en Sesión Ordinaria del Comité de Seguridad Ciudadana de Surquillo, de fecha 15 de enero de 2015, se aprobó el Plan Local de Seguridad Ciudadana 2015; el mismo que se encuentra alineado a los objetivos del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional al año 2021, Plan Nacional de Seguridad Ciudadana 2013-2018, Plan de Desarrollo Concertado Distrital de Surquillo 2005-2015 y Plan Estratégico Institucional de la Municipalidad distrital de Surquillo 2011-2015, por lo cual debe aprobarse por parte del Concejo Municipal; Que, el Plan Local de Seguridad Ciudadana 2015 presentado por la Gerencia de Seguridad Ciudadana, aprobado por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana de Surquillo, corresponde ser puesto a conocimiento del Concejo Municipal para los efectos legales respectivos; estando a lo expuesto y en uso de las facultades contenidas en el artículo 9º numeral 8, y artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de aprobación del Acta, aprobó lo siguiente: ORDENANZA QUE RATIFICA EL PLAN LOCAL DE SEGURIDAD CIUDADANA 2015 Artículo 1º.- Ratifi car el Plan Local de Seguridad Ciudadana 2015, aprobado por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana de Surquillo según acta de fecha 15 de enero de 2015, en cumplimiento de lo establecido en la Ley Nº 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana y demás normatividad aplicable, de conformidad a las consideraciones expuestas en la presente Ordenanza. Artículo 2º.- Precisar que el Plan ratifi cado en virtud del artículo precedente, como anexo adjunto, forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 3º.- Encargar a la Gerencia de Seguridad Ciudadana el cumplimiento de la presente Ordenanza; a la Secretaría General su publicación en el diario ofi cial El Peruano y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional su publicación en el Portal Institucional (www. munisurquillo.gob.pe). POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JOSÉ LUIS HUAMANÍ GONZÁLES Alcalde 1238641-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Ratifican la Ordenanza Municipal N° 19- 2014-MDV, que modifica el TUPA de la Municipalidad Distrital de Ventanilla ACUERDO DE CONCEJO Nº 126-2014 Callao, 26 de diciembre de 2014 El CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL CALLAO, visto el Dictamen Nº 86-2014-MPC/SR-CAM de la Comisión de Administración, en Sesión Ordinaria celebrada en la fecha, con el voto UNANIME del Cuerpo de Regidores y en ejercicio de las facultades conferidas al Concejo por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y su Reglamento de Organización Interior, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 000034-2004; CONSIDERANDO: Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, en el artículo 40 tercer párrafo señala que las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser ratifi cadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción para su vigencia; Que, la Ordenanza Municipal Nº 019-2014 del 26 de agosto de 2014 aprueba el procedimiento de ratifi cación de ordenanzas distritales en el ámbito de la Provincia Constitucional del Callao en el artículo 7 numeral 7.2, señala los requisitos aplicables a la ratifi cación de ordenanzas que aprueban arbitrios municipales, procedimiento con actualización de Índice de Precios al Consumidor-IPC; Que, mediante el Ofi cio Nº 2255-2014 MDV-GLySM la Municipalidad Distrital de Ventanilla remite la Ordenanza Municipal Nº 19-2014/MDV del 13 de noviembre de 2014 que Modifi ca el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad Distrital de Ventanilla referente a los procedimientos administrativos correspondientes a la Gerencia de Desarrollo Urbana numerados del 6.01 al 6.86 y la documentación que sustenta la solicitud de ratifi cación al amparo de lo dispuesto por el artículo 40 de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el presente Acuerdo tiene como antecedentes los siguientes: Memorando Nº 1504-2014-MPC-GGPPR de la Gerencia General de Planeamiento Presupuesto y Racionalización que remite el Informe Nº 79-2014- MPC/GGPPR-GR de la Gerencia de Racionalización que opina favorablemente a la ratifi cación de la Ordenanza Municipal Nº19-2014/MDV del 13 de noviembre de 2014, remitida por la Municipalidad Distrital de Ventanilla y el Memorando Nº 700-2014-MPC-GGAJC de la Gerencia