Norma Legal Oficial del día 20 de mayo del año 2015 (20/05/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 113

El Peruano Miercoles 20 de MORDAZA de 2015

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de conformidad a las consideraciones expuestas en la presente Ordenanza. Articulo 2º.- Precisar que el Plan ratificado en virtud del articulo precedente, como anexo adjunto, forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo 3º.- Encargar a la Gerencia de Seguridad Ciudadana el cumplimiento de la presente Ordenanza; a la Secretaria General su publicacion en el diario oficial El Peruano y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional su publicacion en el MORDAZA Institucional (www. munisurquillo.gob.pe). POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1238641-1

CM-MDS de la Comision de Seguridad Ciudadana y Asuntos Legales, Memorandum Nº 040-2015-GM-MDS de fecha 13 de marzo de 2015 de la Gerencia Municipal, Informe Nº 086-2015-GAJ-MDS de fecha 23 de marzo de 2015 de la Gerencia de Asesoria Juridica e Informe Nº 10-2015-GSC-MDS de fecha 06 de marzo de 2015 de la Gerencia de Seguridad Ciudadana, respecto del proyecto de Ordenanza que aprueba el Plan Local de Seguridad Ciudadana 2015; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru establece que las municipalidades provinciales y distritales son los organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. De igual modo, el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, prescribe que la autonomia que la Carta Magna establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, segun el articulo 9º numeral 8 de la Ley Nº 27972, le corresponde al Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las ordenanzas; Que, mediante Ley Nº 27933 se crea el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, como sistema funcional encargado de asegurar el cumplimiento de las politicas publicas que orientan la intervencion del Estado en dicha materia, para garantizar la seguridad, la paz, la tranquilidad y el cumplimiento y respeto de las garantias individuales y sociales a nivel nacional a fin de generar paz social y proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades; Que, segun el articulo 8º del Decreto Supremo Nº 011-2014-IN, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 27933, los Comites Distritales de Seguridad Ciudadana (CODISEC) son uno de los componentes del mencionado Sistema, constituyen una instancia de dialogo, coordinacion y elaboracion de politicas, planes, programas, directivas y actividades vinculadas a la seguridad ciudadana, en el ambito distrital; son presididas por el MORDAZA Distrital de la jurisdiccion respectiva, recayendo la Secretaria Tecnica en la Gerencia de Seguridad Ciudadana correspondiente; Que, de igual modo segun el articulo 30º del citado Reglamento, son funciones de la Secretaria Tecnica, entre otras, presentar el proyecto de Plan Distrital de Seguridad Ciudadana al CODISEC para su aprobacion, ademas de presentar dicho Plan aprobado por el CODISEC al Concejo Municipal distrital, para su ratificacion mediante ordenanza; Que en Sesion Ordinaria del Comite de Seguridad Ciudadana de Surquillo, de fecha 15 de enero de 2015, se aprobo el Plan Local de Seguridad Ciudadana 2015; el mismo que se encuentra alineado a los objetivos del Plan Estrategico de Desarrollo Nacional al ano 2021, Plan Nacional de Seguridad Ciudadana 2013-2018, Plan de Desarrollo Concertado Distrital de Surquillo 2005-2015 y Plan Estrategico Institucional de la Municipalidad distrital de Surquillo 2011-2015, por lo cual debe aprobarse por parte del Concejo Municipal; Que, el Plan Local de Seguridad Ciudadana 2015 presentado por la Gerencia de Seguridad Ciudadana, aprobado por el Comite Distrital de Seguridad Ciudadana de Surquillo, corresponde ser puesto a conocimiento del Concejo Municipal para los efectos legales respectivos; estando a lo expuesto y en uso de las facultades contenidas en el articulo 9º numeral 8, y articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo Municipal aprobo por UNANIMIDAD y con dispensa del tramite de aprobacion del Acta, aprobo lo siguiente: ORDENANZA QUE RATIFICA EL PLAN LOCAL DE SEGURIDAD CIUDADANA 2015 Articulo 1º.- Ratificar el Plan Local de Seguridad Ciudadana 2015, aprobado por el Comite Distrital de Seguridad Ciudadana de Surquillo segun acta de fecha 15 de enero de 2015, en cumplimiento de lo establecido en la Ley Nº 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana y demas normatividad aplicable,

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
Ratifican la Ordenanza Municipal N° 192014-MDV, que modifica el MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Ventanilla
ACUERDO DE CONCEJO Nº 126-2014 Callao, 26 de diciembre de 2014 El CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL CALLAO, visto el Dictamen Nº 86-2014-MPC/SR-CAM de la Comision de Administracion, en Sesion Ordinaria celebrada en la fecha, con el MORDAZA UNANIME del Cuerpo de Regidores y en ejercicio de las facultades conferidas al Concejo por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y su Reglamento de Organizacion Interior, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 000034-2004; CONSIDERANDO: Que, la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, en el articulo 40 tercer parrafo senala que las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser ratificadas por las municipalidades provinciales de su circunscripcion para su vigencia; Que, la Ordenanza Municipal Nº 019-2014 del 26 de agosto de 2014 aprueba el procedimiento de ratificacion de ordenanzas distritales en el ambito de la Provincia Constitucional del Callao en el articulo 7 numeral 7.2, senala los requisitos aplicables a la ratificacion de ordenanzas que aprueban arbitrios municipales, procedimiento con actualizacion de Indice de Precios al Consumidor-IPC; Que, mediante el Oficio Nº 2255-2014 MDV-GLySM la Municipalidad Distrital de Ventanilla remite la Ordenanza Municipal Nº 19-2014/MDV del 13 de noviembre de 2014 que Modifica el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Ventanilla referente a los procedimientos administrativos correspondientes a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA numerados del 6.01 al 6.86 y la documentacion que sustenta la solicitud de ratificacion al MORDAZA de lo dispuesto por el articulo 40 de la Ley 27972, Ley Organica de Municipalidades; Que, el presente Acuerdo tiene como antecedentes los siguientes: Memorando Nº 1504-2014-MPC-GGPPR de la Gerencia General de Planeamiento Presupuesto y Racionalizacion que remite el Informe Nº 79-2014MPC/GGPPR-GR de la Gerencia de Racionalizacion que opina favorablemente a la ratificacion de la Ordenanza Municipal Nº19-2014/MDV del 13 de noviembre de 2014, remitida por la Municipalidad Distrital de Ventanilla y el Memorando Nº 700-2014-MPC-GGAJC de la Gerencia

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