Norma Legal Oficial del día 20 de mayo del año 2015 (20/05/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 85

El Peruano Miercoles 20 de MORDAZA de 2015

552903

Pasto Grande, aproximadamente a 3 Km al Este de la Panamericana Sur (PE-1S), altura del km. 1143 ­ Sector Altos de Omo, distrito de MORDAZA, provincia de Mariscal MORDAZA, departamento de MORDAZA, que se encontraria libre de inscripcion registral; Que, mediante Oficio Nº 092-2015/Z.R.NºXIII-ORM de fecha 31 de marzo de 2015 (fojas 25 a 28), la MORDAZA Registral Nº XIII-ORM -Sede Tacna, remite el Certificado de Busqueda Catastral de fecha 31 de marzo de 2015 sobre la base del Informe Tecnico Nº 00259-2015-ZRNº XIII/UREG-ORM-R de fecha 24 de marzo de 2015, donde senala que el predio materia de consulta se encuentra totalmente sobre ambito que no se puede determinar sus antecedentes registrales; Que, el tercer parrafo del articulo 16º del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, aprobado por Resolucion del Superintendente Nacional de los Registros Publicos Nº 097-2013-SUNARP-SN senala que no impide la inmatriculacion, el informe tecnico que senale la imposibilidad de determinar si el predio se encuentra inscrito o no; Que, realizada la inspeccion tecnica con fecha 08 de MORDAZA de 2015 segun consta en la Ficha Tecnica Nº 03392015/SBN-DGPE-SDAPE (fojas 37), se verifico que se trata de un terreno de naturaleza eriaza, con topografia irregular conformada por laderas y cimas de cerro, composicion de suelo arenosa con presencia de arcilla. A la fecha de la inspeccion el terreno se encontraba desocupado, se accede al predio a traves de la Panamericana sur (PE-1S) altura del km 1143; asimismo se verifico que se encuentra desocupado; Que, el articulo 23º de la Ley Nº 29151 Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de 34 992,42 m², de conformidad con el Articulo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y Directiva Nº 001-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/ SBN, que regulan el tramite de inscripcion en primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del articulo 44º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, facultan a la Subdireccion de Administracion del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisicion y administracion de bienes estatales bajo su competencia, asi como emitir las resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modificatorias, y; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Tecnico Legal Nº 0406-2015/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 18 de MORDAZA de 2015 (fojas 38 al 40); SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de 34992,42 m², ubicado al Sur del Proyecto Especial Pasto Grande, aproximadamente a 3 Km al Este de la Panamericana Sur (PE-1S), altura del km. 1143 ­ Sector Altos de Omo, distrito de MORDAZA, provincia de Mariscal MORDAZA, departamento de Moquegua; segun el plano perimetrico y memoria descriptiva que sustentan la presente resolucion. Articulo 2º.- La MORDAZA Registral Nº XIII - Sede Tacna de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente resolucion, efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el articulo precedente, en el Registro de Predios de Moquegua. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA WONG Subdirector de Administracion del Patrimonio Estatal 1238735-9

Disponen primera inscripcion de dominio a favor del Estado de predios, ubicados en el departamento de MORDAZA
SUBDIRECCION DE ADMINISTRACION DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCION Nº 363-2015/SBN-DGPE-SDAPE San MORDAZA, 30 de MORDAZA del 2015 Visto el Expediente Nº 676-2014/SBN-SDAPE, correspondiente al tramite de primera inscripcion de dominio a favor del Estado del predio de 335,12 m², ubicado en la Avenida MORDAZA MORDAZA MORDAZA sin numero,al Oeste de la MORDAZA C del Pueblo Joven Proyecto Especial Huaycan, distrito de Ate, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisicion, disposicion, administracion y registro de los bienes estatales a nivel nacional, asi como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentren bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base grafica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifico el predio de 335,12 m², ubicado en la Avenida MORDAZA MORDAZA MORDAZA sin numero, al Oeste de la MORDAZA C del Pueblo Joven Proyecto Especial Huaycan, distrito de Ate, provincia y departamento de MORDAZA, que se encontraria libre de inscripcion registral; Que, solicitada la consulta catastral, mediante Informe Tecnico Nº 3811-2015-SUNARP-Z.R.Nº IX/OC de fecha 23 de febrero de 2015(fojas 61 - 62), la MORDAZA Registral NºIX - Sede MORDAZA senalo que al efectuar el replanteo del predio en consulta sobre la Partida de Codigo P02010454 que corresponde al Proyecto Especial Huaycan, se aprecia que esta no contiene al predio consultado; Que, realizada la inspeccion tecnica con fecha 24 de marzode 2015, se verifico (fojas 63) que se trata de un predio de forma irregular y topografia plana, situado en una MORDAZA MORDAZA con acceso a todos los servicios basicos y, con edificacion de material noble; Que, el articulo 23º de la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado; Que, tratandose de un predio sin inscripcion registral, corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio a favor del Estado, del predio de 335,12 m², de conformidad con el Articulo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el tramite de primera inscripcion de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del articulo 44º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, facultan a la Subdireccion de Administracion del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisicion y administracion de los bienes estatales bajo su competencia, asi como a emitir las resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modificatorias; y, Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Tecnico Legal Nº0409-2015/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 20 de MORDAZA de 2015 (fojas 64 - 66); SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado, del predio de 335,12 m², ubicado en la

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