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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE MAYO DEL AÑO 2015 (20/05/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 86

El Peruano Miércoles 20 de mayo de 2015 552904 Avenida Andrés Avelino Cáceres sin número, al Oeste de la Zona C del Pueblo Joven Proyecto Especial Huaycán, distrito de Ate, provincia y departamento de Lima; según plano y memoria descriptiva que sustentan la presente resolución. Artículo 2º.- La Zona Registral Nº IX - Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro de Predios de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS GARCÍA WONG Subdirector de Administración del Patrimonio Estatal 1238735-33 SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCIÓN Nº 364-2015/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 30 de abril del 2015 Visto el Expediente Nº 747-2014/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del predio de 452,68 m², ubicado al Sureste del Asentamiento Humano “Lampa de Oro”,en la calle 29 de Marzo, se accede a través de la intersección entre la avenida Los Héroes y la calle 29 de Marzo, distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentren bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base gráfi ca de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifi có el predio de 452,68m², ubicado al Sureste del Asentamiento Humano “Lampa de Oro”, en la calle 29 de Marzo, se accede a través de la intersección entre la avenida Los Héroes y la calle 29 de Marzo,distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima, que se encontraría libre de inscripción registral; Que, con Ofi cio Nº 786-2015/SUNARP-Z.R.Nº IX/ GPI de fecha 16 de marzo de 2015, la Zona Registral IX – Sede Lima remitió el Informe Técnico Nº 5066-2015- SUNARP-Z.R.Nº IX/OC de fecha 11 de marzo de 2015 (fojas 57 - 59), mediante el cual señaló queel polígono en consulta se ubica en ámbito donde a la fecha, en sus bases gráfi cas consultadas, no ha sido identifi cado predio inscrito, cuyo perímetro haya sido incorporado a dichas bases gráfi cas e involucre al área en consulta, siendo imposible determinar si el predio se encuentra inscrito o no; Que, el tercer párrafo del artículo 16º del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, aprobado por Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos Nº 248-2008-SUNARP-SN señala que no impide la inmatriculación, el informe técnico que señale la imposibilidad de determinar si el predio se encuentra inscrito o no; Que, realizada la inspección técnica con fecha 09 de enero de 2015, se verifi có (fojas 60) que se trata de un terreno de forma irregular, situado en zona urbana con acceso a todos los servicios básicos, con una topografía ligeramente inclinada y, pendiente suave por encontrarse en zona de ladera; Que, el artículo 23º de la Ley Nº 29151 “Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales” establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado; Que, tratándose de un predio sin inscripción registral, corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado, del predio de 452,68 m², de conformidad con el Artículo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002/SBN, modifi cada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el trámite de primera inscripción de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del artículo 44º del Reglamento de Organización y Funciones de la SBN aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, facultan a la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisición y administración de los bienes estatales bajo su competencia, así como a emitir las resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modifi catorias; y, Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 0413-2015/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 21 de abril de 2015 (fojas 65 - 68); SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del predio de 452,68 m², ubicado al Sureste del Asentamiento Humano “Lampa de Oro”, en la calle 29 de Marzo, se accede a través de la intersección entre la avenida Los Héroes y la calle 29 de marzo, distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima; según plano y memoria descriptiva que sustentan la presente resolución. Artículo 2º.- La Zona Registral Nº IX - Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro de Predios de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS GARCÍA WONG Subdirector de Administración del Patrimonio Estatal 1238735-3 SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCIÓN Nº 370-2015/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 30 de abril del 2015 Visto el Expediente Nº 312-2013/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del predio de 2 460,54m², ubicado al Noreste del Centro Poblado de Santa Rosa de Quives, en la margen derecha del río Arahuay, distrito de Santa Rosa de Quives, provincia de Canta, departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentren bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base gráfi ca de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifi có el predio de 2 460,54 m², ubicado al Noreste del Centro Poblado de Santa Rosa de Quives, en la margen derecha del río Arahuay, distrito de Santa Rosa de Quives, provincia de