Norma Legal Oficial del día 20 de mayo del año 2015 (20/05/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 87

El Peruano Miercoles 20 de MORDAZA de 2015

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dominio a favor del Estado del predio de 789,40m², ubicado en el cerro La MORDAZA, al lado Oeste de la Urbanizacion La MORDAZA, distrito de San MORDAZA de Porres, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisicion, disposicion, administracion y registro de los bienes estatales a nivel nacional, asi como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentren bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base grafica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifico el predio de789,40 m², ubicado en el cerro La MORDAZA, al lado Oeste de la Urbanizacion La MORDAZA, distrito de San MORDAZA de Porres, provincia y departamento de MORDAZA, que se encontraria libre de inscripcion registral; Que, con Oficio Nº 607-2015-SUNARP-Z.R.Nº IX/ GPI de fecha 27 de febrero de 2015, la MORDAZA Registral Nº IX ­ Sede MORDAZA remite el Informe Tecnico Nº 36852015-SUNARP-Z.R.Nº IX-OC de fecha 20 de febrero de 2015 (fojas 37), que senala que el poligono en consulta se ubica en ambito donde a la fecha, en su base grafica consultada, no ha sido identificado informacion grafica de plano con antecedentes registrales, siendo imposible determinar si el predio se encuentra inscrito o no; Que, el tercer parrafo del articulo 16º del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, aprobado por Resolucion del Superintendente Nacional de los Registros Publicos Nº 248-2008-SUNARP-SN senala que no impide la inmatriculacion, el informe tecnico que senale la imposibilidad de determinar si el predio se encuentra inscrito o no; Que, realizada la inspeccion tecnica con fecha 24 de marzode 2015, se verifico (fojas 38) que se trata de un predio de forma irregular, naturaleza MORDAZA, con acceso a todos los servicios basicos, con una topografia inclinada por encontrarse al pie del cerro La Milla; Que, el articulo 23º de la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado; Que, tratandose de un predio sin inscripcion registral, corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio a favor del Estado, del predio de 789,40 m², de conformidad con el articulo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el tramite de primera inscripcion de dominio de predios a favor del Estado Que, los incisos a) y p) del articulo 44º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, facultan a la Subdireccion de Administracion del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisicion y administracion de los bienes estatales bajo su competencia, asi como a emitir las resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modificatorias; y, Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Tecnico Legal Nº 0419-2015/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 22 de MORDAZA de 2015 (fojas 43 - 46); SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del predio de 789,40 m², ubicado en el cerro La MORDAZA, al lado Oeste de la Urbanizacion La MORDAZA, distrito de San MORDAZA de Porres, provincia y departamento de Lima; segun plano y memoria descriptiva que sustentan la presente resolucion. Articulo 2º.- La MORDAZA Registral Nº IX- Sede MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por

Canta, departamento de MORDAZA, que se encontraria libre de inscripcion registral; Que, con Oficio Nº 701-2015-SUNARP-Z.R.Nº IX/GPI de fecha 09 de marzo de 2015, la MORDAZA Registral Nº IX - Sede MORDAZA remitio el Informe Tecnico Nº 4443-2015SUNARP-Z.R.Nº IX-OC de fecha 03 de marzo de 2015 (fojas15-16), mediante el cual senalo que el poligono en consulta se ubica en ambito donde a la fecha, en su base grafica consultada, no ha sido identificado informacion grafica de plano con antecedentes registrales, siendo imposible determinar si el predio se encuentra inscrito o no; Que, el tercer parrafo del articulo 16º del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, aprobado por Resolucion del Superintendente Nacional de los Registros Publicos Nº 248-2008-SUNARP-SN senala que no impide la inmatriculacion, el informe tecnico que senale la imposibilidad de determinar si el predio se encuentra inscrito o no; Que, realizada la inspeccion tecnica con fecha 26 de marzo de 2015, se verifico (fojas17) que se trata de un terreno de forma irregular, naturaleza MORDAZA, con una topografia ligeramente inclinada y suelo de textura arenosa arcillosa; Que, el articulo 23º de la Ley Nº 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado; Que, tratandose de un predio sin inscripcion registral, corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio a favor del Estado, del predio de 2 460,54 m², de conformidad con el articulo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el tramite de primera inscripcion de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del articulo 44º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, facultan a la Subdireccion de Administracion del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisicion y administracion de los bienes estatales bajo su competencia, asi como a emitir las resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modificatorias; y, Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Tecnico Legal Nº 0432-2015/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 24 de MORDAZA de 2015 (fojas 22 - 25); SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del predio de 2 460,54 m², ubicado al Noreste del Centro Poblado de MORDAZA MORDAZA de Quives, en la margen derecha del rio Arahuay, distrito de MORDAZA MORDAZA de Quives, provincia de Canta, departamento de Lima; segun plano y memoria descriptiva que sustentan la presente resolucion. Articulo 2º.- La MORDAZA Registral Nº IX - Sede MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente resolucion, efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el articulo precedente, en el Registro de Predios de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA WONG Subdirector de Administracion del Patrimonio Estatal 1238735-4 SUBDIRECCION DE ADMINISTRACION DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCION Nº 378-2015/SBN-DGPE-SDAPE San MORDAZA, 30 de MORDAZA del 2015 Visto el Expediente Nº 207-2013/SBN-SDAPE, correspondiente al tramite de primera inscripcion de

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