Norma Legal Oficial del día 20 de mayo del año 2015 (20/05/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 92

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El Peruano Miercoles 20 de MORDAZA de 2015

por lo que resulta necesario expedir la Resolucion Jefatural pertinente, asi como disponer su publicacion en el diario oficial El Peruano, y; En uso de las atribuciones conferidas por el articulo 6º del Decreto Legislativo Nº 604, Ley de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar los Factores de Reajuste que debe aplicarse a las obras de edificacion, correspondiente a las seis (6) Areas Geograficas para las Obras del Sector Privado, derivados de la variacion de precios de todos los elementos que intervienen en el costo de dichas obras, producidas en el periodo del 1 al 30 de MORDAZA de 2015, segun se detalla en el cuadro siguiente:
OBRAS DE EDIFICACION AREAS GEOGRAFICAS Nº 1 2 3 4 5 6 Edificacion de 1 y 2 Pisos (Terminada) M.O. 1,0000 1,0000 1,0000 1,0000 1,0000 1,0000 Resto Elem. 1,0000 0,9998 0,9992 1,0001 1,0010 0,9981 Total 1,0000 0,9998 0,9992 1,0001 1,0010 0,9981 M.O. 1,0000 1,0000 1,0000 1,0000 1,0000 1,0000 Edificacion de 1 y 2 Pisos (Casco Vestido) Resto Elem. 1,0003 1,0003 0,9996 1,0007 1,0018 0,9979 Total 1,0003 1,0003 0,9996 1,0007 1,0018 0,9979 M.O. 1,0000 1,0000 1,0000 1,0000 1,0000 1,0000 Edificacion de 3 y 4 Pisos (Terminada) Resto Elem. 0,9989 0,9991 0,9985 0,9993 1,0000 0,9976 Total 0,9989 0,9991 0,9985 0,9993 1,0000 0,9976 M.O. 1,0000 1,0000 1,0000 1,0000 1,0000 1,0000 Edificacion de 3 y 4 Pisos (Casco Vestido) Resto Elem. 0,9997 0,9996 0,9993 1,0001 1,0010 0,9979 Total 0,9997 0,9996 0,9993 1,0001 1,0010 0,9979

Articulo 2º.- Los Factores de Reajuste seran aplicados a las Obras del Sector Privado, sobre el monto de la obra ejecutada en el periodo correspondiente. En el caso de obras atrasadas, estos factores seran aplicados sobre los montos que aparecen en el Calendario de Avance de Obra, prescindiendose del Calendario de Avance Acelerado, si lo hubiere. Articulo 3º.- Los factores indicados no seran aplicados: a) Sobre obras cuyos presupuestos contratados hayan sido reajustados como consecuencia de la variacion mencionada en el periodo correspondiente. b) Sobre el monto del adelanto que el propietario hubiera entregado oportunamente con el objeto de comprar materiales especificos. Articulo 4º.- Los montos de obra a que se refiere el articulo 2º comprende el total de las partidas por materiales, mano de obra, leyes sociales, maquinaria y equipo, gastos generales y utilidad del contratista. Articulo 5º.- Los adelantos en dinero que el propietario hubiera entregado al contratista, no se eximen de la aplicacion de los Factores de Reajuste, cuando estos derivan de los aumentos de mano de obra. Articulo 6º.- Los factores totales que se aprueba por la presente Resolucion, seran acumulativos por multiplicacion en cada obra, con todo lo anteriormente aprobado por el INEI, desde la fecha del presupuesto contratado y, a falta de este, desde la fecha del contrato respectivo. Articulo 7º.- Las Areas Geograficas comprenden los departamentos siguientes: a) Area Geografica 1: Tumbes, MORDAZA, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, Amazonas y San Martin. b) Area Geografica 2: MORDAZA, MORDAZA, Provincia Constitucional del Callao e Ica. c) Area Geografica 3: MORDAZA, Pasco, MORDAZA, Huancavelica, MORDAZA y Ucayali. d) Area Geografica 4: MORDAZA, MORDAZA y Tacna. e) Area Geografica 5: Loreto. f) Area Geografica 6: MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA de Dios. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA DE LOS MORDAZA Jefe 1239585-2

SUPERINTENDENCIA DEL MORDAZA DE VALORES
Autorizan difusion del proyecto que modifica el Reglamento de Fondos Mutuos de Inversion en Valores y sus Sociedades Administradoras, asi como de los formatos e-prospectus para la inscripcion de fondos mutuos de inversion en valores
RESOLUCION SMV Nº 009-2015-SMV/01 MORDAZA, 19 de MORDAZA de 2015 VISTOS: El Expediente N° 2015015057, el Memorandum Conjunto N° 1317-2015-SMV/10/06/12 del 14 de MORDAZA de 2015, emitido por la Oficina de Asesoria Juridica, la Superintendencia Adjunta de Supervision Prudencial y la Superintendencia Adjunta de Investigacion y Desarrollo; asi como el Proyecto de modificacion del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversion en Valores y sus Sociedades Administradoras, aprobado por Resolucion CONASEV N° 068-2010-EF/94.01.1, y de los formatos e-prospectus para la inscripcion de fondos mutuos de inversion en valores (en adelante, Proyecto); CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el literal a) del articulo 1° del Texto Unico Concordado de la Ley Organica de la Superintendencia del MORDAZA de Valores - SMV, aprobado mediante Decreto Ley N° 26126 y modificado por la Ley de Fortalecimiento de la Supervision del MORDAZA de Valores, Ley N° 29782, la SMV esta facultada para dictar las normas legales que regulen materias del MORDAZA de valores; Que, de acuerdo con el literal b) del articulo 5° de la precitada MORDAZA, el Directorio de la SMV tiene por atribucion aprobar la normativa del MORDAZA de valores, asi como a la que deben sujetarse las personas naturales y juridicas sometidas a su supervision; Que, mediante Resolucion CONASEV N° 068-2010EF/94.01.1, se aprobo el Reglamento de Fondos Mutuos de Inversion en Valores y sus Sociedades Administradoras (en adelante, Reglamento);

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