Norma Legal Oficial del día 22 de mayo del año 2015 (22/05/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano Viernes 22 de MORDAZA de 2015

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GASTO DE CAPITAL 2.4. Donaciones y Transferencias UNIDAD EJECUTORA PROGRAMA PRESUPUESTAL PRODUCTO ACTIVIDAD FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 833 532,00

establece, entre otros, que las entidades que tengan a cargo programas presupuestales pueden realizar modificaciones presupuestarias a nivel institucional con cargo a los recursos asignados a los programas, siempre que el pliego habilitado tenga a su cargo productos o proyectos del mismo programa, senalando que dichas transferencias se realizaran mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas, previo informe favorable de la Direccion General de Presupuesto Publico; Que, con Memorando N° 344-2015/VIVIENDA/ VMCS/PNSU/1.0, el Director Ejecutivo del Programa Nacional de Saneamiento MORDAZA del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, en el MORDAZA de lo dispuesto por el articulo 11 de la Ley N° 30281, solicita gestionar el dispositivo legal que autorice una transferencia de partidas a favor de diversos Gobiernos Locales, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, para financiar la continuidad de la ejecucion de proyectos de inversion publica de saneamiento MORDAZA y de saneamiento rural, los cuales se encuentran viables en el MORDAZA del Sistema Nacional de Inversion Publica (SNIP) y cuentan con las adendas de los convenios correspondientes; precisando que el financiamiento sera atendido con cargo a los recursos de la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento MORDAZA, y de la Unidad Ejecutora 005: Programa Nacional de Saneamiento Rural; Que, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, mediante Memorando Nº 1250-2015/VIVIENDA-OGPP, emite opinion favorable en materia presupuestal a la transferencia de recursos referida en el considerando precedente, e informa que cuenta con la disponibilidad presupuestal en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios del presupuesto institucional 2015 del pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, para financiar la citada transferencia; en merito de lo cual, a traves del Oficio N° 465-2015/VIVIENDA-SG, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento solicita dar tramite a la referida transferencia de recursos; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una transferencia de partidas a favor de diversos Gobiernos Locales con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, para financiar la continuidad de ejecucion de proyectos de inversion publica de saneamiento MORDAZA y de saneamiento rural; De conformidad con lo establecido en el articulo 11 de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015 y el articulo 80 del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF y modificatorias; DECRETA: Articulo 1.- Objeto 1.1. Autorizase una transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, del Pliego Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento a favor de diversos Gobiernos Locales, hasta por la suma de CUARENTA Y DOS MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL OCHENTA Y NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 42 934 089,00), para financiar la continuidad de la ejecucion de un (01) proyecto de inversion publica de saneamiento MORDAZA y quince (15) proyectos de inversion publica de saneamiento rural, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA PROGRAMA PRESUPUESTAL PRODUCTO ACTIVIDAD FUENTE DE FINANCIAMIENTO En Nuevos Soles : Gobierno Central 037 : Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento 004 : Programa Nacional de Saneamiento MORDAZA 0082 : Programa Nacional de Saneamiento MORDAZA 3000001 : Acciones Comunes 5001777 : Transferencia de Recursos para Agua y Saneamiento MORDAZA 1 : Recursos Ordinarios

005 : Programa Nacional de Saneamiento Rural 0083 : Programa Nacional de Saneamiento Rural 3000001 : Acciones Comunes 5001778 : Transferencia de Recursos para Agua y Saneamiento Rural 1 : Recursos Ordinarios 41 100 557,00 =========== 42 934 089,00 =========== En Nuevos Soles Instancias Descentralizadas : Gobiernos Locales 0082 : Programa Nacional de Saneamiento MORDAZA 1 : Recursos Ordinarios 1 833 532,00

GASTO DE CAPITAL 2.4. Donaciones y Transferencias TOTAL EGRESOS A LA: SECCION MORDAZA PLIEGOS PROGRAMA PRESUPUESTAL FUENTE DE FINANCIAMIENTO

GASTO DE CAPITAL 2.6. Adquisicion de Activos no Financieros PROGRAMA PRESUPUESTAL FUENTE DE FINANCIAMIENTO

0083 : Programa Nacional de Saneamiento Rural 1 : Recursos Ordinarios 42 934 089,00 =========== 42 934 089,00 ===========

GASTO DE CAPITAL 2.6. Adquisicion de Activos no Financieros TOTAL EGRESOS

1.2. Los pliegos habilitados en la seccion MORDAZA del numeral 1.1 del presente articulo y los montos de transferencia por pliego y proyecto, se detallan en el Anexo "Transferencia de Partidas para el Financiamiento de Proyectos de Inversion Publica de Saneamiento MORDAZA y Rural", que forma parte integrante del presente Decreto Supremo y se publica en los portales institucionales del Ministerio de Economia y Finanzas (www.mef.gob.pe) y del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe), en la misma fecha de la publicacion de la presente MORDAZA en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2.- Procedimiento para la Aprobacion Institucional 2.1 El Titular de los pliegos habilitador y habilitados en la presente transferencia de partidas aprueba mediante Resolucion, la desagregacion de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del articulo 1 de la presente MORDAZA a nivel programatico dentro de los cinco (05) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (05) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicitara a la Direccion General de Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, instruira a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 3.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el articulo 1 del presente Decreto Supremo,

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