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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2015 (07/11/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 32

565910 NORMAS LEGALES Sábado 7 de noviembre de 2015 / El Peruano Lima Metropolitana y de los terrenos urbanos de los distritos comprendidos en las Regiones Amazonas, Lambayeque y Lima - Provincias, los cuales fueron aprobados mediante las Resoluciones Ministeriales N°s 287 y 288-2015-VIVIENDA, respectivamente; Que, de acuerdo a lo señalado en el Informe N° 410-2015-VIVIENDA/VMVU-DGPRVU de la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo y, el Informe Técnico-Legal N° 028-2015-VIVIENDA-VMVU-DGPRVU-JCSD-OGS del Área de Valores de la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo, es necesario dejar en suspenso las Resoluciones Ministeriales N°s 287 y 288-2015-VIVIENDA y disponer que, para el Ejercicio Fiscal 2016, sean aplicables a las áreas urbanas de Lima Metropolitana, los valores arancelarios aprobados por la Resolución Ministerial N° 369-2014-VIVIENDA y para las áreas urbanas de los distritos comprendidos en las Regiones Amazonas, Lambayeque y Lima - Provincias, los valores arancelarios aprobados por la Resolución Ministerial N° 368-2014-VIVIENDA; De conformidad a la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; el Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF; el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, modifi cado por Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; RESUELVE: Artículo 1.- Déjase en suspenso con efi cacia anticipada al 30 de octubre de 2015 y hasta el 30 de octubre de 2016, las Resoluciones Ministeriales N°s 287 y 288-2015-VIVIENDA, que aprueban los Planos Prediales que contienen los Valores Arancelarios de Terrenos Urbanos de las áreas urbanas de Lima Metropolitana; y, los Planos Prediales que contienen los Valores Arancelarios de Terrenos Urbanos de los distritos comprendidos en las Regiones Amazonas, Lambayeque y Lima - Provincias, respectivamente. Articulo 2.- Para las áreas urbanas de Lima Metropolitana son aplicables para, el Ejercicio Fiscal 2016, los valores arancelarios aprobados por la Resolución Ministerial N° 369-2014-VIVIENDA, actualizados con el factor 1.059, expresados en nuevos soles por metro cuadrado, de acuerdo con la relación que en Anexo I forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, los cuales podrán ser recabados en la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo del MVCS, según el procedimiento establecido para dicho fi n. Articulo 3.- Para las áreas urbanas de los distritos comprendidos en las Regiones Amazonas, Lambayeque y Lima - Provincias son aplicables, para el Ejercicio Fiscal 2016, los valores arancelarios aprobados por la Resolución Ministerial N° 368-2014-VIVIENDA, actualizados con el factor y relación de distritos que cuentan con Planos Prediales, de acuerdo al Anexo II que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, los cuales podrán ser recabados en la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo del MVCS, según el procedimiento establecido para dicho fi n. Artículo 4.- Los Gobiernos Regionales que han concluido el proceso de transferencia en materia de vivienda y saneamiento, conforme a lo establecido en el literal g) del artículo 58 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, pueden adecuar los valores arancelarios contenidos en los Planos Prediales de los distritos de su jurisdicción, de acuerdo al Anexo III que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO ADOLFO DUMLER CUYA Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento ANEXO I DEPARTAMENTO: LIMA PROVINCIA: LIMA DISTRITO ANCÓN ATE BARRANCO BREÑA CARABAYLLO CERCADO DE LIMA CHACLACAYO CHORRILLOS CIENEGUILLA COMAS EL AGUSTINO INDEPENDENCIA JESÚS MARÍA LA MOLINA LA VICTORIA LINCE LOS OLIVOS LURIGANCHO-CHOSICA LURÍN MAGDALENA DEL MAR MIRAFLORES PACHACAMAC PUCUSANA PUEBLO LIBRE PUENTE PIEDRA PUNTA HERMOSA PUNTA NEGRA RÍMAC SAN BARTOLO SAN BORJA SAN ISIDRO SAN JUAN DE LURIGANCHO SAN JUAN DE MIRAFLORES SAN LUIS SAN MARTÍN DE PORRES SAN MIGUEL SANTA ANITA SANTA MARÍA DEL MAR SANTA ROSA SANTIAGO DE SURCO SURQUILLO VILLA EL SALVADOR VILLA MARÍA DEL TRIUNFO ANEXO II FACTORES DE ACTUALIZACIÓN REGIONES FACTOR DE ACTUALIZACIÓN AMAZONAS 1.0654 LIMA (provincias) 1.0876 LAMBAYEQUE 1.0527 REGIÓN: AMAZONAS PROVINCIA DISTRITO BAGUA ARAMANGO BAGUA BAGUA BAGUA LA PECA BONGARÁ JUMBILLA BONGARÁ JAZÁN