Norma Legal Oficial del día 07 de noviembre del año 2015 (07/11/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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NORMAS LEGALES

Sábado 7 de noviembre de 2015 /

El Peruano

normas de austeridad y disciplina en el gasto de la SUNAT, aplicables a partir del Año Fiscal 2012, en las que se prevé la prohibición de viajes al exterior de los trabajadores de la SUNAT, con cargo al presupuesto institucional, salvo los que se efectúen con la finalidad de cumplir con los objetivos institucionales y los que se realicen en el marco de la negociación de acuerdos o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y financieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú; Que asimismo, el numeral 2 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29816, establece que mediante Resolución de Superintendencia, la SUNAT autorizará los viajes al exterior de sus funcionarios y servidores; Que en consecuencia, siendo que dicho viaje cumple con lo dispuesto en la Resolución de Superintendencia Nº 013-2012/SUNAT, resulta necesario por razones de itinerario, autorizar el viaje de los trabajadores Afranio Martínez Headrington y Walter Enrique Núñez Reyes del 14 al 21 de noviembre de 2015, para participar en el referido evento; debiendo la SUNAT asumir, con cargo a su presupuesto, los gastos por concepto de pasajes aéreos que incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto (TUUA), mientras que los gastos por concepto de alojamiento y manutención serán cubiertos por la AECID; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nos 27619 y 29816, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y la Resolución de Superintendencia Nº 013-2012/SUNAT; y en uso de la facultad conferida por el literal s) del artículo 8º del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia Nº 122-2014/SUNAT y normas modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de los trabajadores Afranio Martínez Headrington, Especialista 3 de la Gerencia de Fiscalización Internacional y Precios de Transferencia de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales, y Walter Enrique Núñez Reyes, Especialista 5 de la Gerencia de Cumplimiento de Grandes Empresas y Grupos Económicos de la Intendencia Nacional de Desarrollo de Estrategias de Servicios y Control del Cumplimiento, del 14 al 21 de noviembre de 2015, para participar en el primer seminario del Curso de Fiscalidad y Globalización - 2a Edición, Formación de Formadores, a llevarse a cabo en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, del 16 al 20 de noviembre de 2015. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo al Presupuesto del 2015 de la SUNAT, de acuerdo al siguiente detalle:
Señor Afranio Martínez Headrington

Dejan sin efecto designaciones y designan Fedatarios Administrativos Titulares y Alterno de la Intendencia de Aduanas y Tributos de Lambayeque
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS N° 061-2015-SUNAT/800000 Lima, 5 de noviembre de 2015 CONSIDERANDO: Que el artículo 127° de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece el Régimen de Fedatarios de las entidades de la Administración Pública, señalando en su numeral 1 que cada entidad debe designar fedatarios institucionales adscritos a sus unidades de recepción documental, en número proporcional a sus necesidades de atención; Que el numeral 2 del mencionado artículo precisa que el fedatario tiene como labor personalísima comprobar y autenticar la fidelidad del contenido de las copias presentadas para su empleo en los procedimientos de la entidad, cuando en la actuación administrativa sea exigida la agregación de los documentos o el administrado desee agregados como prueba; Que mediante Resolución de Superintendencia Nº 170-2007/SUNAT se designó a los trabajadores Juan Carlos Acosta Lozada, Irma Antonieta Bazán Mori y Martín Germán Vargas Flores como Fedatarios Administrativos Titulares de la Intendencia Regional Lambayeque; Que asimismo, mediante Resolución de Superintendencia Nº 087-2012/SUNAT se designó a la trabajadora Gloria Ramos Silva como Fedatario Administrativo Titular de la Intendencia Regional Lambayeque; Que en virtud a las rotaciones efectuadas y nuevas labores asumidas, se ha estimado conveniente dejar sin efecto las designaciones mencionadas en los considerandos precedentes y designar a los trabajadores que ejercerán la función de Fedatarios Administrativos Titulares y Alterno en la Intendencia de Aduanas y Tributos de Lambayeque, a efectos de garantizar el adecuado cumplimiento de las funciones asignadas a dicha Intendencia; En uso de la facultad conferida por el inciso j) del artículo 18° del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia Nº 122-2014/SUNAT y modificatorias; SE RESUELVE:

Pasajes (incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto - TUUA) Señor Walter Enrique Núñez Reyes Pasajes (incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto - TUUA)

US$ 1 000,84

US$ 1 000,84

Artículo 1°.- Dejar sin efecto la designación como Fedatarios Administrativos, efectuada a través de la Resolución de Superintendencia Nº 170-2007/SUNAT y la Resolución de Superintendencia Nº 087-2012/SUNAT, de los trabajadores que a continuación se indican: Fedatarios Titulares - JUAN CARLOS ACOSTA LOZADA - IRMA ANTONIETA BAZAN MORI - MARTIN GERMAN VARGAS FLORES - GLORIA RAMOS SILVA Artículo 2°.Designar como Fedatarios Administrativos Titulares y Alterno de la Intendencia de Aduanas y Tributos de Lambayeque a los trabajadores que a continuación se indican: Fedatarios Titulares - BLANCA CORINA SEVERINO CASTILLO - JULIANA MARINA BUENO ARIAS - BLANCA LIZETH CAMPOS AHUMADA - MARTIN LEONIDAS ALCALDE VILLALOBOS

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, los citados trabajadores deberán presentar ante el Titular de la Entidad, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor de los trabajadores cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. VICTOR MARTÍN RAMOS CHÁVEZ Superintendente Nacional 1308789-1

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