Norma Legal Oficial del día 07 de noviembre del año 2015 (07/11/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano / Sábado 7 de noviembre de 2015

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

565915

Presupuestal de PROMPERÚ un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante la feria al que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARACELLY LACA RAMOS Secretaria General (e) 1309122-1 RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL Nº 250-2015-PROMPERÚ/SG Lima, 5 de noviembre de 2015 Visto los Sustentos Técnicos de viaje de la Dirección de Promoción de las Exportaciones de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo PROMPERÚ. CONSIDERANDO: Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ, es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones; Que, en cumplimiento de las actividades programadas por la Subdirección de Promoción Internacional de la Oferta Exportable de PROMPERÚ, se ha previsto conjuntamente con empresas peruanas del sector manufacturas diversas, realizar el evento "Misión Comercial Industria Perú en Bolivia", a realizarse del 10 al 12 de noviembre de 2015, en las ciudades de La Paz, Cochabamba y Santa Cruz, Estado Plurinacional de Bolivia, con el objetivo de facilitar a las empresas peruanas participantes el posicionamiento de sus productos en el mercado boliviano, identificar a potenciales compradores, importadores, distribuidores en general con la finalidad de diversificar nuestra oferta exportable, aumentar la competitividad e impulsar los encadenamientos productivos; Que, es importante la participación en dicho evento porque permitirá el posicionamiento de nuestras empresas y sus productos dentro del mercado boliviano, mediante la identificación de potenciales compradores, importadores, distribuidores y agentes comerciales que faciliten el ingreso de nuestras mercancías, habiéndose previsto la participación de autoridades, importadores e inversionistas, la realización de las Ruedas de Negocios, entre otros, generando oportunidades de negocios e incrementando nuestras exportaciones; Que, en tal razón, la Dirección de Promoción de las Exportaciones ha solicitado se autorice la comisión de servicios de los señores Elmer Alejandro Lava Quispe, Juan Carlos Walter Prada Arroyo y Raffo Meza Soria, a las ciudades de La Paz, Cochabamba y Santa Cruz, Estado Plurinacional de Bolivia, para que en representación de la entidad, participen en el evento antes señalado, realizando acciones de promoción de importancia para el país; Que, la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de las acciones de promoción de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad; De conformidad con la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y la Ley Nº 30075, Ley de Fortalecimiento de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ;

Artículo 1º.- Autorizar el viaje a las ciudades de La Paz, Cochabamba y Santa Cruz, Estado Plurinacional de Bolivia de los señores Elmer Alejandro Lava Quispe y Juan Carlos Walter Prada Arroyo, del 8 al 13 de noviembre de 2015, y Raffo Meza Soria, del 9 al 14 de noviembre de 2015, para que en representación de PROMPERÚ participen en el evento señalado en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes aéreos Viáticos Nº Total Clase Económica día días Viáticos US$ US$ 1 043,00 1 043,00 1 043,00 370,00 370,00 370,00 5 5 5 1 850,00 1 850,00 1 850,00

Nombres y apellidos Elmer Alejandro Lava Quispe Juan Carlos Walter Prada Arroyo Raffo Meza Soria

Artículo 3º.- Dentro de los quince días calendario siguientes a su retorno al país, el personal cuyo viaje se autoriza, presentará a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERÚ un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el evento al que asistirá; asimismo, deberán presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARACELLY LACA RAMOS Secretaria General (e) 1309122-2

CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION TECNOLOGICA
Aprueban el otorgamiento de subvenciones a favor de personas jurídicas privadas
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 152-2015-CONCYTEC-P Lima, 4 de noviembre de 2015 VISTOS: El Informe Técnico Legal Nº 25-2015-FONDECYT-UPP-UAJ-USM-UES, de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, la Unidad de Seguimiento y Monitoreo, la Unidad de Evaluación y Selección y de la Unidad de Asesoría Jurídica del Fondo Nacional de Desarrollo Científico, Tecnológico y de Innovación Tecnológica FONDECYT, el Oficio Nº 353-2015-FONDECYT-DE, de la Dirección Ejecutiva (e) del FONDECYT, el Informe Nº 289-2015-CONCYTEC-OGPP, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC y el Informe Nº 274-2015-CONCYTEC-OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC; y, CONSIDERANDO: Que, el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC, es un organismo técnico especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, con personería jurídica de derecho

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