Norma Legal Oficial del día 14 de noviembre del año 2015 (14/11/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

566374

NORMAS LEGALES
A LA:

Sábado 14 de noviembre de 2015 /

El Peruano
(En Nuevos Soles)

los citados Gobiernos Regionales, cuyo monto asciende a la suma total de CINCUENTA Y CUATRO MILLONES NOVECIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 54 900 000,00); Que, adicionalmente, mediante Informe N° 685-2015-MIDIS/SG/OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social emite opinión favorable, ya que cuenta con disponibilidad presupuestal para atender la Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, a favor de dieciocho (18) Gobiernos Regionales, de los cuales nueve (9) Gobiernos Regionales: Amazonas, Apurímac, Ayacucho, Cajamarca, Huancavelica, Huánuco, Loreto, Puno y Ucayali, corresponden a la Primera Fase de la firma de los Convenios de Asignación por Desempeño en el marco del Fondo de Estímulo al Desempeño y Logro de resultados Sociales (FED), y los otros nueve (9) Gobiernos Regionales: Arequipa, Callao, Ica, Junín, Lambayeque, Lima, Moquegua, Tacna y Tumbes a la Tercera Fase de la firma de los convenios antes citados, a fin de financiar seiscientos cincuenta y cinco (655) intervenciones en salud, educación y acceso al agua potable asociados a los resultados previstos en los respectivos convenios y los programas presupuestales vinculados al Desarrollo Infantil Temprano; en mérito de lo cual, a través del Oficio N° 1327-2015-MIDIS/SG el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social solicita dar trámite a la citada transferencia de recursos; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, hasta por la suma de CINCUENTA Y CUATRO MILLONES NOVECIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 54 900 000,00), a favor de dieciocho (18) Gobiernos Regionales que cumplieron con los compromisos de gestión de nivel 1 y 2, señalados en los Convenios de Asignación por Desempeño, para financiar intervenciones en salud, educación y acceso al agua potable, conforme a lo indicado en los considerandos precedentes; De conformidad con lo dispuesto en la Octogésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, el literal d) del artículo 32 de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, y el Reglamento del Fondo de Estímulo al Desempeño y Logro de Resultados Sociales (FED), aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2014-MIDIS; DECRETA: Artículo 1.- Objeto 1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, hasta por la suma de CINCUENTA Y CUATRO MILLONES NOVECIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 54 900 000,00), del pliego Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, a favor de dieciocho (18) Gobiernos Regionales, para financiar seiscientos cincuenta y cinco (655) intervenciones en salud, educación y acceso al agua potable, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo con el siguiente detalle:
DE LA: SECCIÓN PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA (En Nuevos Soles) : Gobierno Central 040 : Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social 001 : Sede Central - MIDIS

SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGOS : Gobiernos Regionales FUENTE DE FINANCIAMIENTO 5 : Recursos Determinados GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios 41 728 471,00 GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 13 171 529,00 -------------------TOTAL EGRESOS 54 900 000,00 ===========

1.2 Los pliegos habilitados en la Sección Segunda del numeral 1.1 del presente artículo, y los montos de transferencia por pliego, productos y actividades, así como las respectivas codificaciones, se detallan en el Anexo 01 "Transferencia de Partidas a favor de determinados Gobiernos Regionales por el cumplimiento de compromisos de gestión en el marco del Fondo de Estímulo al Desempeño y Logro de Resultados Sociales - FED", que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual se publica en los portales institucionales del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe) y del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.midis.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 Los titulares de los pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueban mediante Resolución la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1 de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente Decreto Supremo. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF y modificatoria. 2.2 La desagregación de los ingresos que correspondan a la Transferencia de Partidas de los recursos distintos a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, se presenta en el Anexo 02 que forma parte de la presente norma, a nivel de Tipo de Transacción, Genérica, Subgenérica y Específica; y, se presentarán junto con la Resolución a la que se hace referencia en el párrafo precedente. Dicho Anexo se publica en el portal institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.midis.gob.pe), y del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe) en la misma fecha de la publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran, como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.4 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados instruirá a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que se hace referencia en el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Del refrendo El presente decreto supremo es refrendado por la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social y por el Ministro de Economía y Finanzas.

ACCIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5005484 : Transferencia Fondo de Estímulo al Desempeño y Logro de Resultados FUENTE DE FINANCIAMIENTO 5 : Recursos Determinados GASTOS CORRIENTES 2.4 Donaciones y Transferencias 54 900 000,00 -------------------TOTAL EGRESOS 54 900 000,00 ===========

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