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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2015 (14/11/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 37

566379 NORMAS LEGALES Sábado 14 de noviembre de 2015 El Peruano / De conformidad con lo establecido en el artículo 2 del Decreto de Urgencia Nº 004-2015 y el artículo 45 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF; DECRETA: Artículo 1.- Objeto 1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, hasta por la suma de CINCUENTA Y DOS MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA MIL SEISCIENTOS VEINTINUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 52 290 629,00), a favor del Ministerio de Agricultura y Riego, Autoridad Nacional del Agua, Gobierno Regional del Departamento de Tumbes y diversos Gobiernos Locales; a fi n de atender las acciones descritas en la parte considerativa de la presente norma de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración Central ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS En Nuevos Soles ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.0 Reserva de Contingencia 34 224 531,00 GASTO DE CAPITAL 2.0 Reserva de Contingencia 18 066 098,00 ------------------- TOTAL EGRESOS 52 290 629,00 ============ A LA: SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 013 : Ministerio de Agricultura y Riego UNIDAD EJECUTORA 001 : Ministerio de Agricultura - Administración Central PROGRAMA PRESUPUESTAL 0068 : Reducción de vulnerabilidad y atención de emergencias por desastres. PRODUCTO 3000610 : Población con Medidas de Protección Física ante Peligros Hidrometeorológicos ACTIVIDAD 5005827 : Atención de Fenómeno El Niño FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 18 360 643,00 PLIEGO 164 : Autoridad Nacional del Agua UNIDAD EJECUTORA 001 : Sede Central – Autoridad Nacional del Agua PROGRAMA PRESUPUESTAL 0068 : Reducción de vulnerabilidad y atención de emergencias por desastres. FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 14 274 941,00 GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 7 894 200,00 SECCION SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO 461 : Gobierno Regional del Departamento de Tumbes UNIDAD EJECUTORA 001 : Región Tumbes - Sede Central PROGRAMA PRESUPUESTAL 0068 : Reducción de vulnerabilidad y atención de emergencias por desastres PRODUCTO 3000610 : Población con Medidas de Protección Física ante Peligros Hidrometeorológicos ACTIVIDAD 5005827 : Atención de Fenómeno El Niño de emergencia FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 816 725,00 PLIEGO : Gobiernos Locales PROGRAMA PRESUPUESTAL 0068 : Reducción de vulnerabilidad y atención de emergencias por desastres FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 772 222,00 GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 10 171 898,00 --------------------- TOTAL EGRESOS 52 290 629,00 ============ 1.2. Los pliegos habilitados en la Sección Segunda del numeral 1.1 del presente artículo y los montos de transferencia por pliego se encuentran contenidas en el Anexo 1 “Transferencia de Partidas para la Ejecución de Actividades para la Atención de Fenómeno El Niño”, Anexo 1-A “Transferencia de Partidas para la Ejecución de Actividades para la Atención de Fenómeno El Niño”, y Anexo 2 “Transferencia de Partidas para la Ejecución de Proyectos de Inversión Pública para la Atención de Fenómeno El Niño”, que forman parte integrante del presente Decreto Supremo y se publican en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe) y de los pliegos habilitados, en la misma fecha de la publicación de la presente norma en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 Los titulares de los pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas aprueban mediante Resolución la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1 de la presente norma a nivel programático dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (05) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF. 2.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados solicitarán a la Dirección General de Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, instruirán a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del artículo 1 del presente