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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2015 (14/11/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 39

566381 NORMAS LEGALES Sábado 14 de noviembre de 2015 El Peruano / DECRETA: Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2015, hasta por la suma de CIENTO CINCUENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS TREINTA Y SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 156 337,00), a favor del pliego 241: Instituto Tecnológico de la Producción - ITP, para fi nanciar la elaboración del expediente técnico del proyecto de inversión pública denominado “Mejoramiento de los Servicios Tecnológicos para el desarrollo de cadenas productivas acuícolas en la unidad técnica Sechura, distrito y provincia de Sechura, región Piura” con código SNIP 323229, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.0 Reserva de Contingencia 156 337,00 ---------------- TOTAL EGRESOS 156 337,00 ========= A LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 241 : Instituto Tecnológico de la Producción - ITP UNIDAD EJECUTORA 001 : Instituto Tecnológico de la Producción - ITP PROGRAMA PRESUPUESTAL 0093 : Desarrollo Productivo de las Empresas PROYECTO 2296071 : Mejoramiento de los Servicios Tecnológicos para el desarrollo de cadenas productivas acuícolas en la unidad técnica Sechura, distrito y provincia de Sechura, región Piura FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 156 337,00 ---------------- TOTAL EGRESOS 156 337,00 ========= Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular del pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas aprueba mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente norma a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (05) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF. 2.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado instruirá a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requiera, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los trece días del mes de noviembre del año dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República ALONSO SEGURA VASI Ministro de Economía y Finanzas 1312277-10 Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 a favor de Gobiernos Locales en el marco del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal DECRETO SUPREMO Nº 320-2015-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29332, se crea el Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal, modifi cada por la Novena Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, la cual dispone que en adelante el Plan se denomina “Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal”; Que, el artículo 1 de la citada Ley N° 29332, modifi cado por la Segunda Disposición Complementaria Modifi catoria de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, establece que el Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal tiene por objetivos mejorar los niveles de recaudación y la gestión de los tributos municipales, fortaleciendo la estabilidad y efi ciencia en la percepción de los mismos; así como mejorar la ejecución de proyectos de inversión pública, considerando los lineamientos de política de mejora en la calidad del gasto; reducir la desnutrición crónica infantil en el país; simplifi car trámites generando condiciones favorables para el clima de negocios y promoviendo la competitividad local; mejorar la provisión de servicios públicos locales prestados por los gobiernos locales en el marco de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; y prevenir riesgos de desastres; Que, el literal e) del artículo 32 de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas al fi nanciamiento de los fi nes del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional, hasta por la suma de MIL CIEN MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 100 000 000,00); señalándose que dichos recursos se incorporan en los gobiernos