Norma Legal Oficial del día 28 de noviembre del año 2015 (28/11/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES

Sábado 28 de noviembre de 2015 /

El Peruano

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE EDUCACION SUPERIOR UNIVERSITARIA
Designan Director de Sistema Administrativo II de la Unidad de Administración Financiera de la Oficina de Administración de la Sunedu
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 092-2015-SUNEDU Lima, 25 de noviembre de 2015. CONSIDERANDO: Que, mediante artículo 12 de la Ley N° 30220 - Ley Universitaria, se crea la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria - Sunedu como organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Educación, con autonomía técnica, funcional, económica, presupuestal y administrativa para el ejercicio de sus funciones; Que, el literal f) del artículo 14 del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunedu, aprobado mediante Decreto Supremo N° 012-2014-MINEDU, dispone que el Superintendente tiene entre otras funciones, la de designar y remover a los directores de los órganos de línea, órganos de administración interna y órganos desconcentrados de la Sunedu; Que, el Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria ­ Sunedu, aprobado por la Resolución Ministerial N° 087-2015-MINEDU, prevé el cargo estructural de Director de Sistema Administrativo II de la Unidad de Administración Financiera de la Oficina de Administración de la Sunedu, cargo considerado de libre designación y remoción, el cual debe ser implementado para la continuidad de las acciones de gestión de esta Superintendencia; Que, mediante Resolución de Superintendencia Nº 081-2015-SUNEDU, de fecha 30 de octubre de 2015, se aceptó la renuncia al cargo de Director de Sistema Administrativo II de la Unidad de Administración Financiera de la Oficina de Administración de la Sunedu a la señora Elena Luz Díaz Huamán; Con el visado de la Secretaría General, de la Oficina de Asesoría Jurídica y de la Oficina de Recursos Humanos de la Sunedu; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 30220 - Ley Universitaria; y el Reglamento de Organización y Funciones de la Sunedu, aprobado por el Decreto Supremo N° 012-2014-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor Néstor Saldaña Campos como Director de Sistema Administrativo II de la Unidad de Administración Financiera de la Oficina de Administración de la Sunedu, cargo considerado de libre designación y remoción. Regístrese, comuníquese y publíquese. LORENA DE GUADALUPE MASIAS QUIROGA Superintendente Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria 1317215-1

PODER JUDICIAL

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Reasignan magistrados de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA SUR RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 1982-2015-P-CSJLIMASUR/PJ Lima, 27 de noviembre de 2015 VISTOS: La Resolución Administrativa N° 334-2010-CE-PJ, N° 274-2014-CE-PJ y N° 347-2015-CE-PJ, expedidas por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; y, las Resoluciones Administrativas N° 980-2015-P-CSJLIMASUR/PJ y N° 1056-2015-P-CSJLIMASUR/PJ, expedidas por la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur. CONSIDERANDO: La Corte Superior de Justicia de Lima Sur inicia sus funciones el 13 de octubre de 2010, por Resolución Administrativa N° 334-2010-CE-PJ, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 07 de octubre de ese mismo año. Ejerce su competencia en los distritos de Villa María del Triunfo, San Juan de Miraflores, Villa El Salvador, Lurín, Santísimo Salvador de Pachacamac (Se excluye al Centro Poblado Los Huertos de Manchay), Punta Hermosa, Punta Negra, San Bartolo, Santa María del Mar, Pucusana y Chorrillos (incorporado a partir del 01 de setiembre de 2014, por RA N° 274-2014-CE-PJ). Por Resolución Administrativa N° 980-2015-P-CSJLIMASUR/PJ, de fecha 30 de junio de 2015, expedida por la Presidencia de esta Corte Superior de Justicia, se dispuso designar a la abogada Nidia Rusbeldina Sierra Jerónimo, como Juez Supernumeraria del Segundo Juzgado Especializado Penal de San Juan de Miraflores, a partir del 01 de julio de 2015. Mediante Resolución Administrativa N° 1056-2015-P-CSJLIMASUR/PJ, expedida por la Presidencia de esta Corte, se dispuso la reconformación de diversos órganos jurisdiccionales de esta Corte Superior de Justicia, reasignándose al magistrado Juan Luis Astorayme Salvatierra, como Juez Supernumerario del Segundo Juzgado Especializado Penal de Villa María del Triunfo, a partir del 13 de julio del año en curso. En la lógica de que seguir construyendo una administración de justicia con jueces idóneos, cuya aptitud, capacidad y competencia, de la mano con una trayectoria íntegra y comportamiento apropiado, lleven adelante su misión; y, que por encima de los códigos y expedientes, ubiquen su labor en una perspectiva mayor, dentro del orden democrático constitucional; se exige a los magistrados de esta corte, como imperativo categórico, una impartición de justicia con independencia e imparcialidad, pero además con probidad, veracidad, y equidad, utilizando las herramientas de su conciencia, moral, diligencia, decoro, y sentido común, porque sólo desde estos rasgos esenciales de la personalidad de los magistrados se puede construir la garantía de una actuación imparcial que los jueces requieren en el desempeño de sus responsabilidades y para beneficio de los ciudadanos, que abone por una justicia pronta y eficaz. De otro lado, mediante Resolución Administrativa N° 347-2015-CE-PJ, expedida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, publicada en el Diario Oficial "El Peruano" en la fecha, se ha dispuesto en el numeral sétimo, del artículo tercero, que el Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria y el Segundo Juzgado Penal Unipersonal de esta Corte Superior de Justicia conocerán de manera exclusiva los delitos de Flagrancia, Omisión a la Asistencia Familiar, y Conducción en Estado de Ebriedad o Drogadicción; por lo que, habiéndose

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