Norma Legal Oficial del día 28 de noviembre del año 2015 (28/11/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano / Sábado 28 de noviembre de 2015

NORMAS LEGALES

567485

26702 "Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros", la Resolución SBS N° 6879-2015, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619 y en virtud a la Directiva SBS N° SBS-DIR-ADM-085-18 sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2015, que incorpora lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje del señor Francisco Gabriel Dávila Merel, Coordinador Ejecutivo de Seguros del Departamento de Supervisión de Seguros "A" de la Superintendencia Adjunta de Seguros de la SBS, del 29 de noviembre al 05 de diciembre de 2015 a la ciudad de Santiago de Chile, República de Chile, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- El citado funcionario, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes a su reincorporación, deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización por concepto de pasaje aéreo y viáticos serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2015, de acuerdo al siguiente detalle: - Pasaje aéreo - Viáticos US$ US$ 715,96 2 220,00

Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER POGGI CAMPODÓNICO Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (e) 1317507-1

GOBIERNOS REGIONALES

GOBIERNO REGIONAL DE PIURA
Formalizan adjudicación de la buena pro a favor de asociación para el contrato de administración del Área de Conservación Regional Bosques Secos Salitral Huarmaca
RESOLUCIÓN GERENCIAL GENERAL REGIONAL Nº 576-2015/GOBIERNO REGIONAL PIURA-GGR Piura, 10 de noviembre de 2015 VISTO: El Acta de fecha 02 de noviembre de 2015 de Adjudicación de Buena Pro de la Comisión Ad Hoc para el otorgamiento de un Contrato de Administración del Área de Conservación Regional Bosques Secos Salitral Huarmaca; el Informe Nº 147-2015/GRP-450000 de fecha 03 de noviembre de 2015; y, el Informe Nº 2875-2015/ GRP-460000 de fecha 09 de noviembre de 2015, emitido por la Oficina Regional de Asesoría Juridica. CONSIDERANDO: Que, la Resolución Ejecutiva Regional Nº 509-2014/ GOBIERNO REGIONAL PIURA-PR, de fecha 25 de agosto de 2015 aprueba la Directiva Regional N° 010-2014/GRP-450000450300 denominada "Directiva en materia de Contratos de Administración para Áreas de Conservación Regional en el Marco del Sistema Regional de Conservación de Áreas Naturales del Gobierno Regional Piura"; Que, mediante Decreto Supremo Nº 019-2011-MINAM, de fecha 21 de julio de 2011, se establece el Área de

Conservación Regional Bosques Secos de Salitral Huarmaca; Que, el numeral 8.1.1.1. de la Directiva Nº 0102014/GRP-450000-450300 señala que los Contratos de Administración se otorgan de oficio, o a pedido de parte de acuerdo a lo establecido en dicha directiva; Que, la Asociación sin fines de Lucro Alternativa Centro de Investigación Social y Educación Popular, solicita el otorgamiento de un contrato de administración del área de conservación regional Bosques Secos de Salitral Huarmaca por el plazo de cinco (5) años; Que, la Resolución Gerencial General Regional Nº 161-2015/GOBIERNO REGIONAL PIURA-GGR resuelve dar inicio al procedimiento administrativo en ausencia de otras solicitudes, de un Contrato de Administración en el Área de Conservación Regional Bosques Secos Salitral Huarmaca por Alternativa - Centro de Investigación Social y Educación Popular; Que, la Directiva Nº 010-2014/GRP-450000-450300 señala que la Comisión Ad Hoc elaborará mediante Acta las bases del Concurso en un plazo de 20 días calendario de instalada, las que serán aprobadas mediante Resolución Gerencial General Regional, en un plazo máximo de 10 días calendario, y serán notificadas a los solicitantes en un plazo máximo de 7 días calendario contados desde su aprobación; Que, la Resolución Gerencial General Regional Nº 259-2015/GOBIERNO REGIONAL PIURA- GGR de fecha 08 de junio de 2015, resuelve conformar la Comisión Ad Hoc señalada en el párrafo precedente; Que, mediante acta de fecha 12 de junio de 2015, se instala la Comisión citada en el párrafo anterior y mediante acta de fecha 25 de junio 2015, la Comisión elabora los términos de referencia para el Otorgamiento en ausencia de otras solicitudes, de un Contrato de Administración en el Área de Conservación Regional Bosques Secos Salitral Huarmaca por Alternativa - Centro de Investigación Social y Educación Popular; Que, la Resolución Gerencial General Regional Nº 347-2015/GOBIERNO REGIONAL PIURA-GGR de fecha 22 de julio de 2015, resuelve aprobar los términos de referencia para el Otorgamiento en ausencia de otras solicitudes, de un Contrato de Administración en el Área de Conservación Regional Bosques Secos Salitral Huarmaca por Alternativa - Centro de Investigación Social y Educación Popular; Que, mediante Oficio Nº 259-2015/GRP-450000, de fecha 30 de julio de 2015, se comunica aI Director General del Centro de Investigación Social y Educación Popular - Alternativa la aprobación de los TdR y se solicita la presentación de la propuesta técnica y económica, otorgándosele un plazo máximo de 60 días calendario; Que, mediante Carta S/N de fecha 06 de octubre de 2015, la Asociación sin fines de lucro "Centro de Investigación Social y Educación Popular - ALTERNATIVA", presenta la propuesta técnica y económica a la Comisión Ad Hoc; Que, mediante Acta de fecha 02 de noviembre de 2015, la Comisión Ad Hoc adjudica la Buena Pro del Contrato de Administración para el Área de Conservación Regional Bosque Seco, por un periodo de cinco (05) años, al solicitante Asociación sin fines de lucro "Centro de Investigación Social y Educación Popular - ALTERNATIVA", y elabora el informe de evaluación dirigido a la Gerencia General Regional; Que, el numeral 8.2.4.4 de la Directiva Regional Nº 010-2014/GRP-450000-450300 establece que la Gerencia General Regional debe emitir la resolución de formalización de la adjudicación respectiva, 14 días de recibido el informe de evaluación de la Comisión Ad Hoc; Que, la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, a través del Informe Nº 147-2015/GRP-450000 de fecha 03 de noviembre de 2015, recomienda a la Gerencia General Regional formalizar mediante Resolución Gerencial General Regional la adjudicación de la Buena Pro del Contrato de Administración para el "Área de Conservación Regional Bosque Seco Salitral Huarmaca", por un periodo de cinco (05) años, a favor de la Asociación sin fines de Lucro "Centro de Investigación Social y Educación Popular ALTERNATIVA"; y mediante Informe Nº 2875-2015/GRP460000 de fecha 09 de noviembre de 2015, la Oficina Regional de Asesoría Jurídica emite opinión favorable para la continuidad del trámite de formalización de la adjudicación de la buena pro; Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Perú

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