Norma Legal Oficial del día 03 de octubre del año 2015 (03/10/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 78

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NORMAS LEGALES

Sábado 3 de octubre de 2015 /

El Peruano

"Artículo Quinto.- Dentro de los quince (15) días calendarios siguientes a su retorno al país, el Vicegobernador Regional y el Consejero de la Provincia de Ayabaca, presentarán al Consejo Regional un informe sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos producto del viaje autorizado. Asimismo, la rendición de viáticos correspondientes." Artículo Segundo.- Ratifíquese la vigencia del artículo tercero del Acuerdo de Consejo Regional Nº 1165-2015/GRP-CR sobre autorización de salida del país en comisión de servicios al señor Walter Troncos Calle, Consejero Regional por Ayabaca, desde el día 23 al 24 de setiembre de 2015 en atención a la invitación efectuada por el Coordinador General de Ecuador de la Caminata Wayakuntu 2015. Artículo Tercero.- Dejar sin efecto el artículo segundo del Acuerdo de Consejo Regional Nº 1165-2015/GRP-CR. Artículo Cuarto.- Dispensar el presente Acuerdo del Trámite de lectura y aprobación del Acta. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. HERMER ERNESTO ALZAMORA ROMÁN Consejero Delegado Consejo Regional 1294842-1

GOBIERNOS LOCALES

de gobierno y se rige por su Reglamento aprobado por Ordenanza Distrital; Que, con Memorando Nº 984-2015-GPPROPICI/MDB del 10.09.2015, el Gerente de Planificación, Presupuesto, Racionalización, OPI y Cooperación Interinstitucional, presenta a la Secretaria General el Proyecto de Reglamento Interno del Consejo de Coordinación Local Distrital, cuyo objetivo es: "Institucionalizar los mecanismos y pautas para el funcionamiento interno del Consejo de Coordinación Local Distrital ­ CCLD, estableciendo disposiciones que aseguren la efectiva participación de los representantes de la Sociedad Civil en los procesos de programación del Plan de Desarrollo Concertado y del Presupuesto Participativo, con enfoque de resultados para la búsqueda de solución de los problemas fundamentales y prioritarios del Distrito de Breña, así como la vigilancia de su ejecución"; Que, el Consejo de Coordinación Local Distrital de la Municipalidad Distrital de Breña, mediante Acuerdo de Concejo Nº 002-2015-CCLD/MDB validó su Reglamento Interno, por lo que, corresponde su aprobación mediante Ordenanza de conformidad a lo previsto en el artículo 105º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, por cuanto, permitirá reglamentar su funcionamiento y organización coadyuvando a una mejor coordinación y concertación del desarrollo económico y social del Distrito de Breña; Estando a lo expuesto y con la opinión favorable de la Comisión de Economía, Presupuesto y Planificación, mediante el Dictamen Nº 005-2015-CEPYP-MDB de fecha 09.09.2015, el Concejo Municipal luego del debate correspondiente y con la dispensa del trámite de la lectura y aprobación del Acta, aprobó por UNANIMIDAD, la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO DE COORDINACIÓN LOCAL DISTRITAL ­ CCLD DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BREÑA Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento Interno del Consejo de Coordinación Local del Distrito de Breña, que consta de 37 artículos, 10 Capítulos y 05 Disposiciones Transitorias y Finales, el mismo que en Anexo, forma parte integrante de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- AUTORIZAR al señor alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las normas complementarias y de aplicación del Reglamento aprobado. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Subgerencia de Estadística e Informática, la publicación de la presente Ordenanza y su ANEXO correspondiente en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Breña (www. munibrena.gob.pe) y en el portal del Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe). POR TANTO: Mando se registre, publique, comunique y cumpla. ANGEL A. WU HUAPAYA Alcalde 1294749-1

MUNICIPALIDAD DE BREÑA
Aprueban el Reglamento Interno del Consejo de Coordinación Local del Distrito de Breña
ORDENANZA Nº 445-2015-MDB/CDB Breña, 16 de setiembre del 2015 El ALCALDE DEL DISTRITO DE BREÑA POR CUANTO: El Concejo Municipal Distrital de Breña, en Sesión Extraordinaria de la fecha; VISTOS: El Dictamen Nº 005-2015-CEPYP-MDB de la Comisión de Economía, Presupuesto y Planificación; la Carta Nº 488-2015-SG-MDB del 15.09.2015 de la Secretaría General, por la cual remite el Informe Nº 984-2015-GPPROPICI/MDB del 10.09.2015, de la Gerencia de Planificación, Presupuesto, Racionalización, OPI y Cooperación Interinstitucional, y demás actuados, sobre el Proyecto del Reglamento Interno del Consejo de Coordinación Local Distrital ­ CCLD de la Municipalidad Distrital de Breña. CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por Ley Nº 30305, Ley de Reforma de los artículos 191º, 194º y 203º de la Constitución Política del Perú sobre denominación y no reelección inmediata de autoridades de los Gobiernos Regionales y de los Alcaldes, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia (...); Que, el artículo 102º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece que el Consejo de Coordinación Local Distrital es un órgano de coordinación y concertación de la Municipalidad Distrital de Breña, el mismo que no ejerce funciones, ni actos

Aprueban el Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados en el Distrito de Breña
ORDENANZA Nº 446-2015-MDB/CDB Breña,16 de setiembre del 2015 El ALCALDE DEL DISTRITO DE BREÑA POR CUANTO; El Concejo Municipal Distrital de Breña, en Sesión Extraordinaria de la fecha,

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