Norma Legal Oficial del día 03 de octubre del año 2015 (03/10/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 83

El Peruano / Sábado 3 de octubre de 2015

NORMAS LEGALES

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del documento del Presupuesto Participativo 2016, a la Dirección Nacional del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas. TÍTULO III FORMULACIÓN DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 2016 CAPÍTULO I DE LAS FASES DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO Artículo 19°.- Las fases del Proceso del Presupuesto Participativo 2016, son las siguientes: · Fase de preparación, que comprende: Las acciones de comunicación, sensibilización y preparación del plan de actividades y materiales. Convocatoria, identificación y registros de participantes. · Fase de concertación, que comprende: Capacitación de los Agentes Participantes. El desarrollo de los talleres de trabajo, donde se reúnen el Equipo Técnico Municipal y la sociedad civil, representados por los agentes participantes, para desarrollar un trabajo concertado de diagnóstico, identificación, evaluación técnica y priorización de los proyectos de inversión que contribuyan al logro de resultados a favor de la población, sobre todo de aquellos sectores con mayores necesidades de servicios básicos. Formulación de Acuerdos y Compromisos. · Fase de coordinación entre niveles de gobierno, que implica las acciones de articulación y consistencia de proyectos entre el Gobierno Regional y Gobierno Local Provincial y Gobierno Local Distrital. · Fase de formalización, que considera las actividades para la inclusión de las prioridades concertadas en el respectivo Presupuesto Institucional y la Rendición de Cuentas sobre la ejecución. Artículo 20°.- El Proceso del Presupuesto Participativo se desarrollará según el cronograma de ejecución de actividades de las fases del Proceso del Presupuesto Participativo, que se adjunta como Anexo N° 1 a la presente Ordenanza. CAPÍTULO II DE LA PREPARACIÓN Artículo 21°.- La fase de preparación comprende las acciones de comunicación, sensibilización, preparación del plan de actividades y materiales, convocatoria, identificación y registro de los Agentes Participantes. Artículo 22°.- En la acción de convocatoria, el Alcalde, en su calidad de Presidente del Consejo de Coordinación Local Distrital, convoca a la población organizada a participar en el Proceso del Presupuesto Participativo 2016, haciendo uso de medios de comunicación masiva, como diarios de mayor circulación, la Página Web de la Municipalidad de La Molina y otros medios que se estime conveniente. La Gerencia de Participación Vecinal tiene a su cargo las acciones de Convocatoria de Agentes Participantes, por lo que, sin perjuicio de lo establecido en el párrafo anterior, deberá oficiar a todas las organizaciones sociales vigentes e inscritas en el Registro Único de Organizaciones Sociales de la Municipalidad de La Molina ­ RUOS, para ello contará con el apoyo de la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional y la Gerencia de Tecnologías de Información, promoviendo la mayor participación posible en el proceso participativo. Artículo 23°.- La Gerencia de Participación Vecinal tiene a su cargo la acción de identificación de Agentes Participantes, a los que deberán registrar en las respectivas Fichas de Inscripción de Agentes, con el fin que puedan representar a sus organizaciones, en las Fases de Capacitación y Desarrollo de Talleres de Trabajo, para ello deberán presentar ante la Subgerencia de Gestión Documentaria solicitud dirigida al señor

Alcalde según formato que determine La Municipalidad, adjuntando los siguientes requisitos: a). Organizaciones Sociales: Las Organizaciones Sociales vigentes que se encuentren registradas en el Registro Único de Organizaciones Sociales ­ RUOS de la Municipalidad de La Molina, deberán acreditar la designación de su representante, el cual de preferencia deberá residir en el distrito de La Molina, mediante Acta de Acuerdo de Junta Directiva, que determine su participación en el Proceso de Presupuesto Participativo 2016, así como la copia simple de su documento de Identidad. b). Instituciones Privadas y Entidades de Gobierno: Deberán acreditar una carta de presentación de la entidad a la que representa y fotocopia simple del DNI de la persona que participará en representación de la entidad. c). Profesionales Especializados: Deberán acreditar experiencia en gestión de proyectos y ser residente del distrito de La Molina, adjuntando lo siguiente: Constancia de su colegiatura. Copia del DNI. Una vez concluida la etapa de Identificación, acreditación y registro de los Agentes Participantes, en los plazos establecidos en el Cronograma del Proceso, la Gerencia de Participación Vecinal remitirá a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, la relación de los Agentes Participantes registrados, (incluida la base de datos en Excel conteniendo toda la Información que ellos proporcionaron en las Fichas de Inscripción, en orden por sectores del distrito). La Gerencia de Participación Vecinal, siendo parte integrante del Equipo Técnico Municipal, deberá apoyar a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, en las siguientes labores: · Entregar oportunamente los Oficios de invitación a los Agentes, con el fin que puedan participar en las Fases de Capacitación y Talleres. · Confeccionar las credenciales de los Agentes y entregar a cada Agente en la primera reunión del proceso participativo. · Redactar y llevar el control de las Listas de Asistencia y las Actas por cada taller. · Gestionar la Firma de los Agentes Participantes en las actas luego de culminado cada taller. · Controlar la asistencia de los Agentes a la Capacitación y Talleres, entregarles las separatas y material de trabajo de cada una de las exposiciones. · Al final de cada evento, deberá entregar las listas de asistencia y actas firmadas a la Gerencia de Planeamiento Presupuesto y Desarrollo Institucional para el control pertinente. CAPÍTULO III LA CONCERTACIÓN Artículo 24°.- Los Agentes Participantes tienen como misión principal la discusión, identificación y formulación de proyectos de inversión de impacto local en el Proceso del Presupuesto Participativo 2016, tomando como base los lineamientos estratégicos aprobados en el Plan de Desarrollo Local Concertado 2012 ­ 2021 del Distrito de La Molina y los dos talleres de capacitación del Proceso del Presupuesto Participativo 2016. Artículo 25°.- Los Talleres de Trabajo son convocados por el Alcalde, en calidad de presidente del Consejo de Coordinación Local Distrital. Artículo 26°.- El Equipo Técnico Municipal, es el encargado de brindar apoyo para la realización de los Talleres de Trabajo, debiendo preparar la información necesaria y consolidar los resultados para la posterior evaluación de las propuestas de inversión resultantes del proceso, para ser consideradas en el Presupuesto Institucional. Los talleres serán conducidos manteniendo los principios de equidad, diálogo y búsqueda de consenso entre los participantes, mediante la aplicación de trabajos y dinámicas grupales que garanticen la mejor participación de los agentes.

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