Norma Legal Oficial del día 03 de octubre del año 2015 (03/10/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 90

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NORMAS LEGALES

Sábado 3 de octubre de 2015 /

El Peruano

Nuevos Soles) equivalente a US $ 7,250.00 al tipo de cambio de S/. 3.204. Que, mediante Informe Nº 346-2015-MDP/GAJ de fecha 18 de Setiembre del 2015, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina someter a consideración del Pleno de Concejo Municipal la autorización tanto del viaje al exterior del país del Señor Alcalde Hugo Ramos Lescano y Sres. Regidores Freddy Mauro Buitrón Cóndor y Percy Caytuiro Hilares, de la Municipalidad Distrital de Pachacámac como el otorgamiento de disponibilidad presupuestal, para atender los gastos de pasajes aéreos, derecho de inscripción (hospedaje, desayunos y almuerzos) y viáticos por un día. Que el numeral 11) del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades; dispone que corresponde al Concejo Municipal autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la Municipalidad que realicen, el Señor Alcalde, los Regidores, el Gerente Municipal y cualquier otro funcionario; Que, el Artículo 41º de la norma citada, señala "(...) los acuerdos son decisiones, que toma el Concejo Municipal, referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional"; En uso de las facultades conferidas en el numeral 25) del Artículo 9º en concordancia con el Artículo 41º de la Ley Nº 27972 ­ "Ley Orgánica de Municipalidades" y con el voto UNÁNIME de los señores Regidores se; ACUERDA: Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje fuera del país en comisión de servicio, al Señor Alcalde Hugo León Ramos Lescano y Señores Regidores Freddy Mauro Buitrón Cóndor y Percy Caytuiro Hilares a la ciudad de Orlando y su Región Metropolitana , en el Estado de la Florida - Estados Unidos de Norte América, quienes se ausentarán los días 12, 13, 14, 15, 16, 17 y 18 de Octubre del 2015, a fin de participar en la invitación efectuada por la Organización para el Desarrollo de América Latina y el Caribe (ONWARD Internacional) a la Misión Técnica Internacional de Capacitación para Gobiernos Locales sobre Seguridad Ciudadana y Prevención del Delito en las ciudades , Planificación del Turismo y el Desarrollo Sostenible. Artículo Segundo.- AUTORIZAR los gastos por concepto de viáticos conforme a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM que aprueban Normas Reglamentarias sobre Autorización al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, gastos de pasaje desde la ciudad de Lima - Perú a la ciudad de ciudad de Orlando - Estados Unidos de Norte América y viceversa y tarifa única por uso de aeropuerto, hospedaje y costos de inscripción de la Misión Técnica Internacional de Capacitación para Gobiernos Locales sobre Seguridad Ciudadana y Prevención del Delito en las ciudades , Planificación del Turismo y el Desarrollo Sostenible, que irrogue el presente viaje afectando el egreso en la partida presupuestal correspondiente hasta por un monto de S/.23,229.00 (Veinte y Tres Mil Doscientos Veinte y Nueve 00/100 Nuevos Soles) equivalente a US. $ 7,250.00 al tipo de cambio de S/. 3.204. Artículo Tercero.- AUTORIZAR al Señor Alcalde la suscripción de convenios y actas de entendimiento con municipios, asociaciones y otros. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a partir del 12 de Octubre hasta el 18 de Octubre del presente año, el Despacho de Alcaldía al Señor Regidor MAXIMILIANO OLIVA MACÍAS, con facultades y atribuciones inherentes a dicho cargo. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y Gerencia de Administración y Finanzas, el fiel cumplimiento del presente acuerdo. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicación del presente acuerdo, en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Séptimo.- DISPENSAR del trámite de la aprobación del acta para proceder a la ejecución inmediata del presente acuerdo. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. HUGO L. RAMOS LESCANO Alcalde 1295232-1

Prorrogan plazo de vigencia de la Ordenanza Municipal N° 147-2015-MDP/C, que aprobó otorgar beneficios para el pago de multas administrativas, por carecer de Licencia de Edificación
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 009-2015-MDP/A Pachacámac, 23 de setiembre del 2015 EL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACHACÁMAC VISTO: La Ordenanza Nº 147-2015-MDP/C de fecha 19 de mayo del 2015, Informe Nº 190-2015-MDP/GFC de fecha 21 de setiembre del 2015 emitido por la Gerencia de Fiscalización y Control, sobre "Prórroga del Vencimiento del Plazo de la Ordenanza que Aprueba Otorgar beneficios para el pago de multas administrativas, por carecer la licencia de edificación". CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo dispuesto el Art. 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley Nº 28607 "Ley de Reforma Constitucional", precisa que (...) las Municipalidades provinciales y distritales son órganos de Gobierno Local y personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 "Ley Orgánica de Municipalidades". Que, mediante Ordenanza Nº 147-2015-MDP/C de fecha 19 de mayo del 2015, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 06 de junio del 2015, se aprobó la "Ordenanza que otorga beneficio para el pago de multas administrativas por carecer de licencia de edificación", dentro del cual, se establece, como vigencia de la referida Ordenanza hasta el 31 de julio de 2015; Que, en la Quinta Disposición Complementaria y Final de la Ordenanza en mención, se faculta al Alcalde para que a través de Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias y necesarias para lograr su adecuada aplicación así como disponer la prórroga de la misma; Que, a través del Decreto de Alcaldía Nº 008-2015-MDP/A, se prorroga el plazo de vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 147-2015-MDP/C "Ordenanza que Aprueba Otorgar beneficios para el pago de multas administrativas, por carecer la licencia de edificación", hasta el 30 de setiembre del 2015. Que, mediante Informe Nº 190-2015-MDP/GAF de fecha 21 de setiembre del 2015, la Gerencia Fiscalización y Control sugiere se prorrogue el vencimiento de la Ordenanza Nº 147-2015-MDP/C de fecha 19 de mayo del 2015, hasta el 30 de octubre del 2015, para lo cual se requiere emitir el Decreto de Alcaldía correspondiente, de acuerdo a lo dispuesto en la Quinta Disposición Complementaria y Final de la referida Ordenanza. Que, de acuerdo al Artículo 42º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades (...), los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal; Que, el último párrafo del Artículo 29º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, promulgado el 22 de junio del 2013, precisa que el plazo para el pago de la deuda tributaria podrá ser prorrogado con carácter general, por la Administración Tributaria; Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el numeral 6) del Artículo 20º en concordancia con el Artículo 42º de la Ley 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR el plazo de vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 147-2015-MDP/C de fecha

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