Norma Legal Oficial del día 03 de octubre del año 2015 (03/10/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 80

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NORMAS LEGALES

Sábado 3 de octubre de 2015 /

El Peruano

cronograma de elección de los representantes del CCLD; Que, estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 42º , el numeral 6 del Artículo 20º y así como el artículo 44º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- CONVOCAR al proceso de Elección de los cinco (05) Representantes de la Sociedad Civil ante el Concejo de Coordinación Local Distrital de Independencia - CCLD en las fechas señaladas, cuyo acto se efectuará el Lunes 26 de Octubre del 2015, a partir de las 8:00 hasta las 16:00 horas, en el Coliseo de la Amistad Perú Japón - Distrito de Independencia;
Nº 1 2 3 4 5 6 7 8 9 ACTIVIDADES Difusión del Proceso Electoral Inscripción de Organizaciones de la Sociedad Civil y de sus Delegados Notificación de Inadmisibilidad de Inscripciones Subsanación de Inscripciones Publicación de Listado de Delegados Inscritos Impugnaciones de Inscripciones de Delegados Resolución de Impugnaciones Publicación del Padrón de candidatos - delegados Elección y Publicación de Resultados FECHA 5 y 6 de Octubre del 2015 12 y 13 de Octubre del 2015 14 de Octubre del 2015 15 y 16 de Octubre del 2015 19 de Octubre del 2015 20 de Octubre del 2015 22 de Octubre del 2015 23 de Octubre del 2015 26 de Octubre del 2015

Artículo Segundo.- PUBLÍQUESE el presente Decreto en el Diario Oficial El Peruano y el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Independencia. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Subgerencia de Imagen Institucional y Participación Vecinal y a la Subgerencia de Tecnología de la Información y la Comunicación la publicación en el portal Institucional. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. EVANS R. SIFUENTES OCAÑA Alcalde 1295076-1

MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA
Regulan el Proceso de Presupuesto Participativo correspondiente al año fiscal 2016
ORDENANZA Nº 295 La Molina, 29 de setiembre de 2015 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MOLINA VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen Conjunto N° 21-2015 de la Comisión de Administración, Administración Tributaria, Presupuesto e Informática y la Comisión de Asuntos Jurídicos, sobre proyecto de Ordenanza que regula el Proceso del Presupuesto Participativo correspondiente al Año Fiscal 2016 en el Distrito de La Molina; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Ley N° 30305, establece que las Municipalidades Provinciales

y Distritales son órganos de Gobierno Local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, los artículos 197º y 199º de la Carta Magna, en su Título IV Capítulo XIV, de la descentralización, establecen que las Municipalidades promueven, apoyan, y reglamentan la participación vecinal en el Desarrollo Local, formulan sus presupuestos con la participación vecinal en el desarrollo local, formulan y rinden cuentas de su ejecución anual bajo responsabilidad, conforme a Ley; Que, la Ley N° 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, en su Artículo 17° numeral 1) dispone que los Gobiernos Locales están obligados a promover la participación ciudadana, en la formulación, debate y concertación de sus Planes de Desarrollo y Presupuestos y en la Gestión Pública; Que, la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, en su Título Preliminar; Artículo I establece que los Gobiernos Locales son entidades básicas de la Organización Territorial del Estado y canales inmediatos de participación vecinal en los asuntos públicos, que institucionalizan y gestionan con autonomía los intereses propios de las correspondientes colectividades. A su vez; el Artículo IV, señala que los Gobiernos representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción; Que, el Artículo 53º del mismo cuerpo legal, preceptúa que las Municipalidades se rigen por Presupuestos Participativos Anuales como instrumentos de administración y gestión, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la ley de la materia, y en concordancia con los planes de desarrollo concertados de su jurisdicción; Que, la Ley Nº 28056 ­ Ley Marco del Presupuesto Participativo y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 142-2009-EF, definen y establecen pautas para la Participación Ciudadana en el proceso de toma de decisiones relativo a la asignación de los recursos públicos en los procesos de elaboración del Plan de Desarrollo Concertado y del Presupuesto Participativo; y establecen disposiciones para promover la efectiva participación de la Sociedad Civil en el proceso de Programación Participativa del Presupuesto, el cual se desarrolló en armonía con los Planes de Desarrollo Concertado de los Gobiernos Locales; Que, mediante Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01, aprobado con Resolución Directoral Nº 007-2010EF/76.01, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 10 de abril de 2010, se estableció los mecanismos y pautas para el desarrollo del proceso del Presupuesto Participativo en los Gobiernos Locales, entre otros; Que, mediante Informe N°114-2015/MDLM-GPPDI, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, señala que es necesario establecer las pautas dentro del marco normativo, que reglamente el Proceso del Presupuesto Participativo para el Año 2016 en el Distrito de La Molina, por lo cual remite a la Gerencia Municipal el proyecto de Ordenanza que regula el Proceso del Presupuesto Participativo correspondiente al año fiscal 2016; así también, el Memorandum N°396-2015MDLM-GPV emitido por la Gerencia de Participación Vecinal, emite opinión favorable para la aprobación del referido proyecto; Que, mediante Informe N° 249-2015-MDLM-GAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica luego del análisis del proyecto de Ordenanza, emite opinión legal favorable para la aprobación del proyecto de Ordenanza que regula el Proceso del Presupuesto Participativo correspondiente al Año Fiscal 2016, al encontrarse en el marco normativo regulado sobre la materia desarrollada en los considerandos precedentes y al haber sido formulado aplicando los mecanismos y pautas para el desarrollo del Presupuesto Participativo en los Gobiernos Locales, regulado en el Instructivo N°001-2010-EF/76.01; Que, con Memorando N° 574-2015-MDLM-GM, la Gerencia Municipal ratifica los informes técnicos y legales que sustentan el proyecto de Ordenanza que regula el Proceso del Presupuesto Participativo correspondiente al Año Fiscal 2016, solicitando sean puestos en consideración del Concejo Municipal para su aprobación; Estando a lo expuesto, el Dictamen Conjunto N° 212015 de la Comisión de Administración, Administración

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