Norma Legal Oficial del día 03 de octubre del año 2015 (03/10/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 81

El Peruano / Sábado 3 de octubre de 2015

NORMAS LEGALES

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Tributaria, Presupuesto e Informática y la Comisión de Asuntos Jurídicos y en uso de las facultades establecidas en el numeral 8) del Artículo 9° y 40° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal por unanimidad y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, emitió la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA EL PROCESO DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO CORRESPONDIENTE AL AÑO FISCAL 2016 TÍTULO I FUNDAMENTACIÓN Y ASPECTOS GENERALES CAPÍTULO I BASE LEGAL, OBJETO, Y FINES Artículo 1°.- El presente Reglamento tiene la siguiente base legal: · Constitución Política del Perú. · Ley N° 27293 Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública. · Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización. · Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales · Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. · Ley N° 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo. · Ley N° 28522, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico en lo que resulte aplicable a su vigencia. · Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015. · Ordenanza Nº 1762-MLM, Establece Procedimientos para el Reconocimiento y Registro Municipal de Organizaciones Sociales para la Participación Vecinal en Lima Metropolitana. · D.S. Nº 102-2007-EF, Reglamento del Sistema Nacional de Inversión Pública. · Decreto Supremo N° 097-2009-EF, mediante el cual se precisa los criterios para delimitar proyectos de impacto regional, provincial y distrital en el Presupuesto Participativo. · Decreto Supremo N° 142-2009-EF, Reglamento de la Ley Marco del Presupuesto Participativo. · Decreto Supremo N° 304-2012-EF. Texto Único Ordenado de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. · Instructivo N° 001-2010-EF/76.01 Resolución Directoral N° 007-2010-EF/76.01, Instructivo para el Presupuesto Participativo Basado en Resultados. · Resolución Directoral N° 003-2011-EF/68.01, Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública. · Directiva 01-2014-CEPLAN Directiva General del Proceso de Planeamiento Estratégico-Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico / Resolución de Presidencia del Concejo Directivo N°26-2014-CEPLAN/PCD. Artículo 2°.- La presente Ordenanza tiene como objeto regular el proceso de formulación del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2016 del distrito de La Molina, y la participación de la Sociedad Civil. Artículo 3°.- La finalidad de la presente Ordenanza es generar las condiciones para promover un proceso técnico, participativo y concertado con los diferentes actores sociales del distrito, para identificar, planificar y priorizar los proyectos de inversión pública a incorporarse, por la vía participativa, al presupuesto institucional del Año Fiscal 2016. CAPÍTULO II CONSIDERACIONES GENERALES Artículo 4°.- Para efectos de la presente norma se entenderá que el proceso de formulación del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2016, estará orientado metodológicamente por las normas señaladas en el Artículo 1° de la presente Ordenanza.

Artículo 5°.- Para la aplicación de esta norma, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, es responsable de la conducción y coordinación técnica del proceso, hasta su culminación con los acuerdos priorizados, dentro del plazo establecido. Artículo 6°.- El presente Reglamento regula el Proceso de Formulación del Presupuesto Participativo 2016 (PPP 2016), el mismo que es promovido en forma concertada por la Municipalidad Distrital de La Molina, con el propósito de acordar el adecuado uso de los recursos y medios mediante la formulación y priorización de proyectos de inversión pública. Artículo 7°.- El proceso de formulación del Presupuesto Participativo 2016, se llevará a cabo bajo los principios de concertación, participación, transparencia, equidad, tolerancia, eficacia, eficiencia, inclusión, respeto a los acuerdos, atención a la población vulnerable y sostenibilidad. TÍTULO II DE LAS INSTANCIAS DE ORGANIZACIÓN Artículo 8°.- Los Agentes Participantes son quienes participan con voz y voto en los talleres y/o toma de decisiones en el Proceso del Presupuesto Participativo 2016, siendo los siguientes: El Alcalde, los Regidores, el Consejo de Coordinación Local Distrital, los representantes de Organizaciones Sociales, los representantes de Organismos e Instituciones Públicas o Privadas del distrito de La Molina debidamente identificadas y acreditadas conforme a Ley; así como el Equipo Técnico Municipal que brinda el soporte técnico del proceso y participa con voz pero sin voto. Las atribuciones y responsabilidades de los Agentes Participantes son: a) Proponer proyectos de inversión o ideas de proyecto de impacto local en el marco del Plan de Desarrollo Local Concertado 2012 - 2021, teniendo en cuenta que alcance al mayor número de beneficiarios posible. El Agente Participante que proponga el proyecto, será responsable de llenar los datos de la Ficha de Proyecto respectiva. b) El Agente Participante titular o el alterno deberá asistir de manera obligatoria y con puntualidad a la capacitación de agentes y talleres de trabajo del Proceso del Presupuesto Participativo. Participar con voz y voto en los talleres y/o toma de decisiones del Proceso del Presupuesto Participativo 2016. c) En la votación para la elección del Comité de Vigilancia y Control, podrán votar solo los Agentes Participantes titulares o, en su caso el alterno, que en representación de su Organización debidamente acreditada, haya participado en los dos (2) talleres de capacitación programados. La votación se realizará por mayoría simple. d) En la votación para la priorización de Proyectos y Formalización de Acuerdos y Compromisos, podrán votar los Agentes Participantes titulares o, en su caso el alterno que asista a los dos (2) talleres de capacitación programados y tres (3) talleres de concertación de los (4) programados. La votación se realizará por mayoría simple. e) Respetar los acuerdos adoptados en las diferentes fases del proceso. f) Suscribir las actas y demás Instrumentos que garanticen la formalidad del proceso. g) Plantear mecanismos de cofinanciamiento para la ejecución de Proyectos de inversión a través de recursos financieros, físicos y/o mano de obra. h) Participar con respeto, como oyente y como orador, evitando frases hirientes e interrupciones. Las intervenciones tendrán una duración máxima de 3 minutos, pudiendo intervenir máximo en 2 oportunidades por organización. i) Solicitar el uso de la palabra al moderador. j) Utilizar el fotocheck de forma obligatoria durante la asistencia a los talleres y capacitación del Proceso del Presupuesto Participativo 2016. Si durante los talleres algún Agente Participante incurre en las siguientes faltas: · Agresión verbal que pudiera producirse entre actores del Presupuesto Participativo 2016.

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