Norma Legal Oficial del día 16 de octubre del año 2015 (16/10/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

El Peruano / Viernes 16 de octubre de 2015

NORMAS LEGALES

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d. Formular propuestas y/o participar en los proyectos de modificación de la Ordenanza Nº 021-2011-MDCLR y otras normas locales que reglamenten lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Motorizados o no Motorizados. Artículo 60.- Las sesiones ordinarias se celebran dos veces al año. Las sesiones extraordinarias serán convocadas en situaciones de emergencia. El Quórum de las sesiones es la mitad más uno de sus miembros. El presidente apertura, conduce y da por terminada las sesiones. Artículo 61.- Terminado el debate de un asunto, el presidente lo someterá a votación. Los acuerdos se toman por votación simple. En caso de empate, el presidente dirime. Artículo 5º.- Encárguese a la Gerencia Municipal, Gerencia de Seguridad Ciudadana, Sub Gerencia de Transporte y miembros de la Comisión Técnica Mixta de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Menores del distrito de Carmen de la Legua Reynoso, el cabal cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo 6º.- Encárguese a la Gerencia de Administración la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y a la Sub Gerencia de Tecnologías de la Información, la publicación del mismo en el portal institucional de la Municipalidad y en el Portal de Servicios al Ciudadano. Artículo 7º.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. RAUL JESUS ODAR CABREJOS Alcalde 1299612-1

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE URUBAMBA
Autorizan viaje de Alcalde a España, en comisión de servicios
ACUERDO DE CONCEJO MUNICIPAL Nº 193-2015-MPU Urubamba, 12 de octubre de 2015 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE URUBAMBA VISTOS: El acta de Sesión ordinaria de Concejo Municipal de fecha 12 de octubre de 2015, convocada y presidida por el señor Alcalde Ing. Humberto Huamán Auccapuma, con la asistencia del 100% de los señores regidores del Pleno, se trató sobre la invitación del Consulado de España en Perú, del 01 de octubre de 2015; y, CONSIDERANDO: Que, conforme al artículo 194º y 195 de la Constitución Política del Perú, modificado por las Leyes de Reforma Constitucional Nº 27680 y 30305 concordante con los artículos I y II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, las municipalidades son los órganos de gobierno promotores del desarrollo local, con personería jurídica de derecho público y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines, gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Autonomía que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico. Que, el numeral 11) del artículo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece que son atribuciones del Concejo Municipal autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o

representación de la municipalidad, realicen el alcalde, los regidores, el gerente municipal y cualquier otro funcionario; Que, conforme al artículo 17º de la Ley Nº 27972, los acuerdos son adoptados por mayoría calificada o mayoría simple, según lo establece la presente ley, el alcalde tiene voto dirimente en caso de empate, aparte de su voto, como miembro del concejo. Que, conforme al artículo 41º de la Ley Nº 27972, los acuerdos son decisiones que toma el Concejo referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. Que, la Ley Nº 27619 regula las autorizaciones para viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, preceptuando que estas serán autorizadas por la más alta autoridad de la respectiva entidad, así como el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, aprueba las normas reglamentarias sobre dichas autorizaciones y precisando el monto que corresponde a la escala de viáticos para los diferentes países del orbe por zonas geográficas. Que, en Sesión de Concejo Municipal de fecha ya indicada, se debatió la invitación, del señor Fernando Fernández Galán, del Consulado de España en Perú, de fecha 01 de octubre de 2015, al Ing. Humberto Huamán Auccapuma, Alcalde de la Municipalidad Provincial de Urubamba, para que en representación de la Entidad Edil, viaje a la ciudad de Mérida (España), a efecto de participar en el encuentro Empresarial Expoenergea, que se llevará a cabo del 20 al 22 de octubre del 2015 en la ciudad de Mérida (España), por lo que el Pleno del Concejo en uso de sus atribuciones por voto de la mayoría de sus miembros acuerda aprobar la autorización de viaje del Ing. Humberto Huamán Auccapuma, Alcalde de la Municipalidad Provincial de Urubamba, a la ciudad de Mérida (España), durante los días 20 al 22 de octubre del 2015, para cuyo efecto también se aprueba que la Municipalidad asuma el costo de los gastos que demande dicho viaje y por el tiempo que dure. Estando a lo expuesto y de conformidad a lo previsto por el artículo 9º numeral 27) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Pleno del Concejo Municipal con lectura y aprobación del acta, adoptó por unanimidad el siguiente: ACUERDA: Artículo Primero.- AUTORIZAR, al Ing. HUMBERTO HUAMAN AUCCAPUMA, Alcalde de la Municipalidad Provincial de Urubamba, para que en representación de esta Entidad Edil, viaje a la ciudad de Mérida - España a participar en el encuentro Empresarial Expoenergea, que se llevará a cabo del 20 al 22 de octubre del 2015, debiendo viajar el 18 y retornar el 24 de octubre del 2015. Artículo Segundo.- DISPONER que los gastos diversos que demande el viaje, estadía y retorno desde la ciudad del Cusco, Lima hasta la ciudad de Mérida - España y viceversa y otros gastos imprevistos, serán efectuados con cargo a los recursos propios por la Municipalidad Provincial de Urubamba, por los días que dure su viaje. Artículo Tercero.- Dentro de los quince días calendarios siguientes a su retorno al país el Ing. Humberto Huamán Auccapuma, Alcalde de la Municipalidad Provincial de Urubamba inmerso en el primer artículo, entregará al Concejo Municipal el informe detallado sobre los logros obtenidos durante su viaje. Artículo Cuarto.- DISPONER, que la Gerencia de Administración y Finanzas y Secretaría General tramiten la publicación del presente Acuerdo de Concejo Municipal en el Diario Oficial El Peruano, conforme a Ley. Artículo Quinto.- DISPONER que el presente Acuerdo de Concejo se ponga en conocimiento de las instancias administrativas involucradas de la Municipalidad y del interesado para su conocimiento y fines. Artículo Sexto.- Encargar a la Gerencia Municipal y demás aéreas involucradas, el fiel cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. HUMBERTO HUAMÁN AUCCAPUMA Alcalde 1299537-1

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