Norma Legal Oficial del día 16 de octubre del año 2015 (16/10/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano / Viernes 16 de octubre de 2015

NORMAS LEGALES

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recién en ese escenario, el Jurado Nacional de Elecciones pueda convocar a las nuevas autoridades municipales para que asuman los cargos respectivos. 3. En el caso concreto, en vista de que está acreditada la causal de vacancia contemplada en el artículo 22, numeral 1, de la LOM, mediante la copia certificada del acta de defunción, corresponde declarar la vacancia de Fernando Peralta Cieza; por ello se debe acreditar en su reemplazo al candidato no proclamado que le sigue en su propia lista electoral. 4. En tal sentido, se debe cancelar la credencial otorgada a la mencionada autoridad y convocar al suplente que, de conformidad con el artículo 24 de la LOM, establece que en caso de vacancia o ausencia del alcalde lo reemplaza el teniente alcalde, que es el primer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral. En el caso del teniente alcalde, lo reemplaza el regidor hábil que sigue en su propia lista electoral y, finalmente, en caso de los regidores, los suplentes, respetando la precedencia establecida en su lista electoral, y en el supuesto de que no haya suficientes candidatos, se incorpora a los integrantes de otra lista, que deben ser los que siguen en el orden del cómputo de sufragio. 5. Por lo tanto, corresponde convocar a Kathia Vera Mejía, identificada con DNI 47840379, del Movimiento Regional Fuerza Social Cajamarca, conforme al orden de los resultados electorales remitidos por el Jurado Electoral Especial de Jaén, con ocasión de las elecciones municipales realizadas el 5 de octubre de 2014. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- APROBAR la solicitud de convocatoria de candidato no proclamado, como consecuencia de la declaratoria de vacancia de Fernando Peralta Cieza, en el cargo de regidor del Concejo Distrital de Bellavista, provincia de Jaén, departamento de Cajamarca, por la causal prevista en el artículo 22, numeral 1, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Fernando Peralta Cieza como regidor del Concejo Distrital de Bellavista, provincia de Jaén, departamento de Cajamarca, emitida con motivo de las Elecciones Municipales del año 2014. Artículo Tercero.- CONVOCAR a Kathia Vera Mejía, identificada con DNI 47840379, para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Bellavista, provincia de Jaén, departamento de Cajamarca, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2015-2018, por lo que se le otorgará la respectiva credencial que la faculte como tal. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TÁVARA CÓRDOVA FERNÁNDEZ ALARCÓN AYVAR CARRASCO RODRÍGUEZ VÉLEZ Samaniego Monzón Secretario General 1299926-7

VISTA la solicitud de convocatoria de candidato no proclamado presentada por Juan José Ludeña Orihuela, alcalde de la Municipalidad Distrital de San Ramón, provincia de Chanchamayo, departamento de Junín, debido a que se declaró la vacancia de Elvira Agripina Siu Poma, regidora de la citada entidad edil, por la causal contemplada en el artículo 22, numeral 7, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. ANTECEDENTES El 10 de agosto de 2015, el Concejo Distrital de San Ramón declaró la vacancia de Elvira Agripina Siu Poma en el cargo de regidora, por la causal contemplada en el artículo 22, numeral 7, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante LOM). Por ello, y en cumplimiento del artículo 24 de la LOM, el alcalde de la citada entidad edil solicita que se convoque al suplente que corresponda a fin de completar el Concejo Distrital de San Ramón para el periodo de gobierno 2015-2018. CONSIDERANDOS 1. De conformidad con lo establecido en el artículo 9, numeral 10, concordante con el artículo 23, de la LOM, el correspondiente concejo municipal declara la vacancia del cargo de alcalde o regidor, en sesión extraordinaria, con el voto aprobatorio de dos tercios del número legal de sus miembros, previa notificación al afectado para que ejerza su derecho de defensa. 2. En este caso, el concejo municipal declaró la vacancia de la regidora Elvira Agripina Siu Poma en la sesión extraordinaria del 10 de agosto del año en curso, formalizada en el Acuerdo de Concejo Nº 120-2015-MDSR (fojas 2 a 3), con el voto aprobatorio de seis (6) de sus miembros. Dicho acuerdo fue debidamente notificado a la autoridad afectada (fojas 6), quien no interpuso recurso impugnatorio alguno en contra del acuerdo que declaró su vacancia (fojas 11). 3. Consecuentemente, ya que se respetaron las reglas de este procedimiento, corresponde aprobar la presente solicitud; por ende, se debe cancelar la credencial otorgada a la mencionada regidora y convocar al suplente que lo reemplazará en el cargo, de conformidad con el artículo 35 de la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales (en adelante LEM), que establece que para cubrir las vacantes que se produzcan en los concejos municipales se incorpora al candidato inmediato que no hubiera sido proclamado, de acuerdo con el orden de resultados del escrutinio final, y que haya figurado en la misma lista que integró el regidor que produjo la vacante. 4. En ese sentido, en aplicación de lo establecido en el artículo 35 de la LEM, corresponde convocar al candidato no proclamado hábil, Abel Enrique Salas Mansilla, identificado con DNI 06585998, del movimiento regional Junín Emprendedores Rumbo al 21, conforme al orden de los resultados electorales remitidos por el Jurado Electoral Especial de Chanchamayo, con ocasión de las elecciones municipales de 2014. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- APROBAR la solicitud de convocatoria de candidato no proclamado, debido a que se declaró la vacancia de Elvira Agripina Siu Poma en el cargo de regidora del Concejo Distrital de San Ramón, provincia de Chanchamayo, departamento de Junín, por la causal contemplada en el artículo 22, numeral 7, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Elvira Agripina Siu Poma como regidora del Concejo Distrital de San Ramón, provincia de Chanchamayo, departamento de Junín, con motivo del proceso de elecciones municipales de 2014. Artículo Tercero.- CONVOCAR a Abel Enrique Salas Mansilla, identificado con DNI Nº 06585998, para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de San Ramón, provincia de Chanchamayo, departamento de Junín, a fin de completar el periodo de gobierno municipal

Convocan a ciudadano para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de San Ramón, provincia de Chanchamayo, departamento de Junín
RESOLUCIÓN Nº 283-A-2015-JNE Expediente Nº J-2015-00242-C01 SAN RAMÓN - CHANCHAMAYO - JUNÍN CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, veintinueve de setiembre de dos mil quince

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