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564446 NORMAS LEGALES Viernes 23 de octubre de 2015 / El Peruano los órganos jurisdiccionales que se encuentran en el Distrito de Chorrillos; dicha delimitación permitirá que los señores abogados señalen su domicilio procesal dentro del perímetro del radio urbano, dando así cumplimiento a lo previsto en el inciso 2 del artículo 424° del Código Procesal Civil. En esa misma línea y con el fi n de que el acto de noti fi cación se realice de manera oportuna y e fi caz - y al amparo de lo dispuesto en la Ley Orgánica del Poder Judicial -mediante Resolución Administrativa N° 019-2011-P-CSJLIMASUR/PJ, de fecha 07 de enero de 2011, se dispuso la implementación del uso de Casillas Judiciales Gratuitas para el Distrito Judicial de Lima Sur - sin perjuicio del uso de Casillas Electrónicas -, el cual se encuentra ubicado en Jr. Bolognesi N° 161, Urb. San Gabriel - Villa María del Triunfo, y en donde en horario de 08:00 a 13:30 horas, se noti fi can las resoluciones expedidas en los procesos judiciales. El Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa en el Distrito Judicial a su cargo y dirige la política interna con el objeto de brindar un efi ciente servicio de administración de justicia en pro de los justiciables. Por tanto, estando a las consideraciones expuestas y en uso de las facultades conferidas al suscrito por los incisos 3), 4) y 9) del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- OFICIALIZAR el acuerdo de Sala Plena N° 004-2015, de fecha 01 de octubre de 2015; por la cual se aprobó la delimitación del Radio Urbano respecto de los órganos jurisdiccionales que se encuentran en el Distrito de Chorrillos (Juzgados Especializados y/o Mixtos y de Paz Letrados) conforme a la siguiente demarcación: “Comenzando en la intersección de la Calle Puccio Ulloa con la Avenida Paseo de la República, recorriéndola en dirección al Ovalo de la Curva, volteando a la izquierda por la Avenida Guardia Civil Sur doblando a la derecha por la Avenida los Faisanes, para luego voltear a la izquierda por la Avenida Guardia Peruana hasta llegar al Jirón Tolomeo, recorriéndola una cuadra con dirección al Sur hasta llegar a la Calle Ciro Alegría, continuando una cuadra a la derecha por la Avenida central girando nuevamente a la derecha para continuar con la Avenida Los Proceres hasta llegar al cruce con la Avenida 28 de Julio, recorriéndola hasta llegar a la Avenida Confraternidad empalmando con la Avenida Defensores del Morro (Antes Avenida Huaylas) continuando hasta la intersección con la Avenida Alameda Los Horizontes, recorriéndola en dirección al sur y voltear por la Avenida Alameda San Marcos recorriéndola hasta el cruce con la Avenida Santa Anita continuando con dirección al norte hasta empalmar con la Avenida Defensores del Morro (Antes Avenida Huaylas) hasta la intersección con la Calle Puccio Ulloa, y llegar al punto de origen”. Artículo Segundo.- EXHORTAR a los abogados patrocinantes de las partes procesales a que, en sus escritos de apersonamiento y de trámite del proceso, fi jen su domicilio procesal dentro del Distrito Judicial de Lima Sur, conforme a la delimitación del Radio Urbano señalada en la presente resolución, pudiendo valerse para ello de los bene fi cios que ofrece el uso de las Casillas Judiciales Gratuitas que vienen funcionando en este distrito judicial, de conformidad con lo dispuesto en la Resolución Administrativa N° 019-2011-P-CSJLIMASUR/PJ. Artículo Tercero.- PRECISAR que los órganos jurisdiccionales ubicados en la sede del distrito de Chorrillos, con competencia territorial en todo el Distrito Judicial de Lima Sur, le corresponde el radio urbano aplicable al Distrito de Villa María del Triunfo, de conformidad con lo previsto en la Resolución Administrativa N° 124-2010-P-CSJLIMASUR/PJ. Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente resolución al Señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia, Fiscalía de la Nación, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Lima Sur, Gerencia General del Poder Judicial, O fi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura, O fi cina de Administración Distrital de esta Corte Superior de Justicia, y señores Magistrados. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese PEDRO CARTOLIN PASTOR Presidente 1302579-1ORGANOS AUTONOMOS INSTITUCIONES EDUCATIVAS Autorizan viajes de representantes del INICTEL - UNI de la Universidad Nacional de Ingeniería para participar en eventos que se realizarán en Costa Rica y Brasil UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA INGENIERÍA RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 1365 Lima, 16 de octubre de 2015 Visto el Ofi cio Nº 459-2015-INICTEL-UNI-OAL de 14 de octubre de 2015, presentado por el Director Ejecutivo (e) del INICTEL-UNI; CONSIDERANDO: Que, por Informe N° 112-2015-INICTEL-UNI-DIDT de 18 de agosto de 2015, el Director de Investigación y Desarrollo Tecnológico informa que la Fundación Escuela Latinoamericana de Redes (EsLaRed) ha seleccionado al Ing. Ronald Paucar Curasma para participar en el 18° Taller sobre Tecnologías de Redes Internet para América Latina y El Caribe (WALC 2015) que se llevará a cabo del 16 al 20 de noviembre de 2015 en el Tecnológico de Costa Rica (TEC) – Centro de Transferencia Tecnológica y Educación Continua (CTEC) – San Carlos, Costa Rica; Que, asimismo, informa que la participación del Ing. Ronald Paucar Curasma cuenta con una subvención del costo de matrícula, material de apoyo, certi fi cado de asistencia, refrigerios y almuerzos; Que, por Carta s/n del 14 de julio de 2015 el Presidente del Comité Organizador Fundación EsLaRed, comunica que el Ing. Ronald Paucar Curasma, ha sido seleccionado para participar en el 18° Taller sobre Tecnologías de Redes Internet para América Latina y El Caribe (WALC 2015), concediéndosele una subvención del costo de la matrícula por US $300.00 dólares americanos, la cual incluye su participación en el Taller N° 06 de “Internet de las Cosas (IoT), material de apoyo, certi fi cado de asistencia, refrigerios y almuerzos; asimismo, en dicha comunicación se señala que la matrícula no incluye alojamiento, desayunos, cenas, traslados, ni pasajes aéreos ni terrestres; Que, mediante Informe N° 244-2015-INICTEL- UNI-OPP de 21 de setiembre de 2015, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, recomienda a la Dirección Ejecutiva autorizar la disponibilidad presupuestal hasta S/. 5,650.00 (Cinco mil seiscientos cincuenta y 00/100 nuevos soles) destinados a fi nanciar los pasajes aéreos, viáticos y seguros para la participación del Ing. Ronald Paucar Curasma, en el 18° Taller sobre Tecnologías de Redes Internet para América Latina y El Caribe (WALC 2015)”, la que se ejecutará con cargo a sus actividades programadas en su POI 2015 Meta 0017: Gestión de la Investigación Aplicada y Desarrollo Tecnológico por la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios; Que, el INICTEL-UNI, debe cubrir los gastos de la participación del, según el siguiente detalle: Pasajes aéreos y gastos de transporte Lima – Costa Rica-Lima S/. 3,500.00 Viáticos: alojamiento, ali-mentación y transporte 05 días S/. 1,950.00 Seguro de viaje 05 días S/. 200.00 Total S/. 5,650.00 Que, por Acuerdo N° 002.014.2015, adoptado en su Sesión Ordinaria N° 014-2015, el Comité Directivo del INICTEL-UNI acordó: Autorizar, el viaje en Comisión de Servicios del Ing. Ronald Paucar Curasma – Coordinador IV de I+D+i de la Dirección de Investigación y Desarrollo Tecnológico, para que participe en el 18° Taller sobre Tecnologías de Redes