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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE OCTUBRE DEL AÑO 2015 (23/10/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 45

564439 NORMAS LEGALES Viernes 23 de octubre de 2015 El Peruano / ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS COMISION DE PROMOCION DEL PERU PARA LA EXPORTACION Y EL TURISMO Autorizan viaje de representante de PROMPERÚ a EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL N° 204-2015-PROMPERÚ/SG Lima, 29 de setiembre de 2015 Visto el Sustento Técnico de viaje de la Dirección de Promoción del Turismo de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ. CONSIDERANDO: Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones; Que, en cumplimiento de las actividades programadas por la Subdirección de Promoción del Turismo Receptivo de PROMPERÚ, se ha contemplado la participación en las actividades de la cadena de comercialización American Express, que incluye la participación en los eventos “Travel Leisure Business y Travel Advisory Board”, a realizarse en la ciudad de Scottsdale, Arizona, Estados Unidos de América, los días 28 y 29 de octubre de 2015, con el objetivo de promover la oferta turística del Perú en los segmentos de turismo corporativo y de reuniones, Incentivos, convenciones y eventos, a través de las diferentes plataformas de exposición que ofrecen dichos eventos; Que, es importante la participación de PROMPERÚ en dichos eventos, porque congrega agentes de viaje de la red de American Express, que permitirá brindar información actualizada sobre los destinos turísticos del segmento RICE que el Perú ofrece, así como establecer canales de comunicación directos con los ejecutivos de las empresas corporativas de viaje de este segmento, lo que permitirá mejorar nuestra estrategia y planes de trabajo en el segmento de turismo de reuniones y turismo corporativo; Que, en tal razón, la Dirección de Promoción del Turismo de PROMPERÚ ha solicitado que se autorice el viaje de la señora Sandra Patricia Gerardina Doig Alberdi, quien presta servicios en dicha entidad, a la ciudad de Scottsdale, Arizona, Estados Unidos de América, para que en representación de PROMPERÚ, desarrolle actividades vinculadas a la promoción turística del Perú en los eventos antes mencionados; Que, la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de las acciones de promoción de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad; De conformidad con la Ley N° 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modi fi catorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y la Ley Nº 30075, Ley de Fortalecimiento de la Comisión de Promoción del Perú para las Exportaciones y el Turismo; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje a la ciudad de Scottsdale, Arizona, Estados Unidos de América, de la señora Sandra Patricia Gerardina Doig Alberdi, del 27 al 29 de octubre de 2015, para que en representación de PROMPERÚ lleve a cabo diversas acciones de promoción del turismo receptivo, durante el evento mencionado en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle: Nombres y apellidosPasajes aéreos Clase Económica US $Viáticos díaN° díasTotal Viáticos Sandra Patricia Gerardina Doig Alberdi1 570,00 440,00 2 880,00 Artículo 3°.- Dentro de los quince días calendario siguientes a su retorno al país, la señora Sandra Patricia Gerardina Doig Alberdi, presentará a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERÚ, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante los eventos al que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4°.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARACELLY LACA RAMOS Secretaría General (e) 1302140-1 SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES Modifican el Reglamento de Operaciones en Rueda de Bolsa de la Bolsa de Valores de Lima RESOLUCIÓN SMV Nº 025-2015-SMV/01 Lima, 20 de octubre de 2015 VISTOS:El Expediente N° 2015029582 y el Informe Conjunto N° 835-2015-SMV/06/10/12 del 15 de octubre de 2015, emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica, la Superintendencia Adjunta de Supervisión Prudencial y la Superintendencia Adjunta de Investigación y Desarrollo, así como el proyecto de modi fi cación del Reglamento de Operaciones en Rueda de Bolsa de la Bolsa de Valores de Lima; CONSIDERANDO: Que, el artículo 145° de la Ley del Mercado de Valores, aprobado por Decreto Legislativo N° 861, señala que la Superintendencia del Mercado de Valores – SMV aprueba los estatutos de las bolsas y sus modi fi caciones; así como los reglamentos internos que dicten las bolsas y sus respectivas modi fi caciones; Que, por Resolución CONASEV N° 021-99-EF/94.10, se aprobó el Reglamento de Operaciones en Rueda de Bolsa de la Bolsa de Valores de Lima; Que, con Resolución SMV N° 007-2015-SMV/01, se modifi có el Reglamento Interno de Inscripción y Exclusión de Valores en el Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima, aprobado por Resolución SMV N° 042-2012-SMV/01, con el fi n de adecuar el Reglamento Interno a las disposiciones de la Resolución SMV N° 022-2014-SMV/01; Que, el artículo 7° de la Resolución SMV N° 007- 2015-SMV/01 estableció un plazo de noventa (90) días calendario, contados a partir de la entrada en vigencia de dicha resolución, para que la Bolsa de Valores de Lima