Norma Legal Oficial del día 31 de octubre del año 2015 (31/10/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano / Sábado 31 de octubre de 2015

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

565279

De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 29849, que establece la eliminación progresiva del régimen especial del Decreto Legislativo Nº 1057 y otorga derechos laborales; el Decreto Legislativo N° 1167, que crea el Instituto de Gestión de Servicios de Salud y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2014-SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- DESIGNAR, a la médico cirujano Ana María Valverde Bejar como Coordinadora Técnica de la Unidad de Desarrollo de Investigación, Tecnologías y Docencia en el Instituto Nacional de Salud del Niño - San Borja del Instituto de Gestión de Servicios de Salud, cargos considerado como directivo superior de libre designación y remoción. Artículo 2.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano y en el Portal Institucional del Instituto de Gestión de Servicios de Salud: www.igss.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROBERTO ANTONIO ESPINOZA ATARAMA Jefe Institucional 1306469-3 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 609-2015/IGSS Lima, 30 de octubre de 2015 VISTO: El Expediente N° 15-023755-001, que contiene el Informe N° 583-2015-UFIyAP-ORRHH/IGSS y el Proveído N° 504-2015-ORRHH/IGSS; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1167 se creó el Instituto de Gestión de Servicios de Salud, como un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Salud, competente para la gestión, operación y articulación de las prestaciones del servicio de salud de alcance nacional pre hospitalario y prestaciones de servicios de salud hospitalarios en Institutos Especializados y Hospitales Nacionales, así como de las prestaciones de servicios de salud de los establecimientos de Lima Metropolitana y para brindar asistencia técnica en la prestación de servicios de salud hospitalarios a los Gobiernos Regionales; Que, el literal f) del artículo 11 del citado Decreto Legislativo dispone que el Jefe Institucional tiene por atribución, entre otras, designar y remover a los directivos y servidores de confianza de la entidad; Que, mediante Resolución Ministerial N° 1030-2014/ MINSA, de fecha 31 de diciembre de 2014, se aprobó la modificación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Ministerial de Salud, incluido el Hospital de Huaycán, en el cual el cargo de Director/a Adjunto/a de la Dirección del citado hospital, se encuentra calificado como de confianza; Que, se encuentra vacante el cargo de Director/a Adjunto/a de la Dirección del Hospital de Huaycán, Nivel F-2, del Instituto de Gestión de Servicios de Salud, por lo que resulta necesario designar al funcionario que ostentará dicho cargo; Que, mediante los documentos del Visto, la Oficina de Recursos Humanos del Instituto de Gestión de Servicios de Salud, emite opinión favorable y recomienda la emisión del acto resolutivo correspondiente; Con la visación de la Secretaría General, de la Directora General de la Oficina de Recursos Humanos y del Director General de la Oficina de Asesoría Jurídica del Instituto de Gestión de Servicios de Salud; y, De conformidad con la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, el Decreto Legislativo N° 1167, que crea el Instituto de Gestión de Servicios de Salud y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2014SA;

Artículo 1.- DESIGNAR a la médico cirujano Carmen Rosa Vergara López de Castro, en el cargo de Directora Adjunta de la Dirección del Hospital de Huaycán, Nivel F-2, del Instituto de Gestión de Servicios de Salud, cargo considerado como de confianza. Artículo 2.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano y en el Portal Institucional del Instituto de Gestión de Servicios de Salud: www.igss.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROBERTO ANTONIO ESPINOZA ATARAMA Jefe Institucional 1306469-4

SEGURO INTEGRAL DE SALUD
Aprueban Transferencia total para las Unidades Ejecutoras con cargo a las Fuentes de Financiamiento correspondiente al mes de octubre 2015
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 217-2015/SIS Lima, 29 de octubre de 2015 VISTOS: El Informe N°001-2015-SIS/GNF-SGLP/ PCT-MGP-MLR-PLCHP con Proveído Nº 404-2015SIS/GNF de la Gerencia de Negocios y Financiamiento sobre la Programación de las Transferencias a las Unidades Ejecutoras por los servicios que brindaron los establecimientos de salud a los asegurados del Seguro Integral de Salud, el Memorando N° 525 -2015-SIS/ OGPPDO, que contiene las Certificaciones de Crédito Presupuestario N° 1522 y 1523 emitida por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional y el Informe Nº 142-2015-SIS/OGAJ/ REMG con Proveído N° 858-2015-SIS/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, establece los principios así como los procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto a que se refiere el artículo 11 de la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, en concordancia con los artículos 77 y 78 de la Constitución Política del Perú; Que, en los numerales 12.1, 12.2 y 12.3 del artículo 12 de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, se dispone la autorización de las transferencias financieras durante el Año Fiscal 2015, entre entidades del Gobierno Nacional, entre las que está considerada el Seguro Integral de Salud, aprobándose por Resolución del Titular del Pliego, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial "El Peruano"; Que, el artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1163, Decreto Legislativo que aprueba Disposiciones para el Fortalecimiento del Seguro Integral de Salud, establece que la transferencia de fondos o pagos que efectúe el Seguro Integral de Salud requiere la suscripción obligatoria de un convenio o contrato, pudiendo tener una duración de hasta tres (3) años renovables, de igual modo, dispone que en los convenios que se suscriba con las instituciones prestadoras de servicios de salud públicas podrá establecerse diferentes modalidades o mecanismos de pago; Que, mediante Resolución Ministerial N° 991-2012/ MINSA, se aprueban los Parámetros de Negociación que serán tomados en cuenta para la celebración de los convenios entre el Seguro Integral de Salud, en su calidad de Institución Administradora de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS) y las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS) públicas;

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